¡Atención! Reforma pensional 2023 fue radicada hoy en el Congreso: estos son los puntos claves
El gobierno nacional radicó hoy la reforma pensional 2023. Estos son los puntos más importantes.

El día de hoy, fue radicado en el Congreso de la República el proyecto de ley de reforma pensional que lidera el gobierno nacional.
La reforma busca establecer el Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, mediante un sistema de cuatro pilares: el Pilar Solidario, el Pilar Semicontributivo, el Pilar Contributivo y el Pilar de Ahorro Voluntario.
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Como lineamientos generales, se mantendrá la edad de jubilación tanto de hombres como de mujeres, ya no se podrá elegir libremente si se cotiza en Colpensiones o en los fondos privados de pensiones, los adultos mayores de 65 años que situación de vulnerabilidad, pobreza o pobreza extrema recibirán una Renta Básica Solidaria y quienes tengan ingresos de más de 4 salarios mínimos ya no aportarán el 16% de su Ingreso Base de Cotización sino entre el 18% y el 19%.
A continuación, le contamos brevemente en qué consisten estos puntos.
Edad de jubilación
La reforma pensional no cambia este punto. De aprobarse como fue radicada, la edad mínima de jubilación de los hombres seguirá siendo de 62 años y la de las mujeres de 57 años.
Reforma pensional 2023: no se podrá elegir entre Colpensiones y los fondos privados
De aprobarse como fue radicado el proyecto, los afiliados ya no podrán elegir libremente si cotizar en el régimen de prima media, administrado por Colpensiones, o en el régimen de Ahorro Individual, administrado por los fondos privados de pensiones.
En cambio, lo que sucederá es que las cotizaciones que realicen hasta por tres salarios mínimos legales vigentes irán al componente de prima media, y las que realicen por encima de ese monto irán al componente complementario de ahorro individual. Los cotizantes podrán escoger y trasladarse libremente de entidades administradoras cada seis meses “y entre los Fondos de Pensiones gestionados por ellas según la regulación aplicable para el efecto”.
Así, si por ejemplo un ciudadano tiene ingresos por cinco salarios mínimos, las cotizaciones que haga por los primeros tres irán a Colpensiones y las que haga por los otros dos irán a los fondos privados.
Y, cuando llegue la hora de pensionarse, recibirá una única pensión de vejez. Al respecto, el literal e del Artículo 19 afirma lo siguiente:
“El monto de la Pensión Integral de Vejez estará conformado por una única pensión reconocida y pagada en el Componente de Prima Media por parte de la administradora del componente COLPENSIONES más el valor de la prestación determinada en el componente Complementario de Ahorro Individual”.
Habrá Renta Básica Solidaria
El Ministerio del Trabajo estima que cerca de 2,5 millones de colombianos mayores de 65 años no han adquirido el derecho a pensionarse y tienen ingresos insuficientes para costear su vejez.
La reforma pensional contempla entregarles a los colombianos que se encuentren “en condición de pobreza extrema, pobreza y vulnerabilidad, conforme a la focalización que establezca el gobierno nacional”, una Renta Básica Solidaria.
De acuerdo con el texto radicado, esta corresponderá como mínimo a la línea de pobreza extrema que se certifique para el año 2024, y se actualizará anualmente, a partir del primero de enero, de acuerdo con la variación en el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del año inmediatamente anterior.
Si bien se trata de un avance en la protección de la vejez, se estima que el monto será inferior al que el gobierno había ofrecido inicialmente, que era de $500.000, teniendo en cuenta que la línea de pobreza extrema en 2021 fue de $161.069.
Porcentaje de cotización aumentará para quienes tengan ingresos de 4 salarios mínimos o más
Actualmente, los afiliados al sistema de pensiones deben aportar el 16% de su Ingreso Base de Cotización. Con la reforma pensional, este porcentaje —que será cubierto en un 75% por el empleador y en un 25% por el empleado— no cambiará para quienes tengan ingresos inferiores a 4 salarios mínimos legales vigentes. Quienes ganen más que esto, sin embargo, verán incrementado el porcentaje que deben cotizar cada mes, el cual será cubierto en la misma proporción por el empleador y el empleado.
En efecto, de aprobarse el proyecto de ley como fue radicado, los cotizantes con ingresos iguales o superiores a los 4 salarios mínimos tendrán que hacer un aporte adicional, que se destinará al Fondo de Solidaridad Pensional. Este aporte adicional, que va del 2% al 3%, se incrementa progresivamente de acuerdo con los ingresos.
Entre quienes tengan ingresos entre 4 y 16 salarios mínimos, el porcentaje adicional será de 2%, para una cotización del 18% del Ingreso Base de Cotización. De esta manera, y en pesos de 2023, una persona que tenga ingresos mensuales por $4.640.000 y otra que los tenga por $18.560.000 deberán aportar el 18% de su Ingreso Base de Cotización.
Aquellos que tengan ingresos de 16 a 17 salarios mínimos deberán aportar un 18,2% del Ingreso Base de Cotización. Este porcentaje aumentará al 18,3% para los cotizantes con ingresos de 17 a 18 salarios mínimos. Los que tengan ingresos de 18 a 19 salarios mínimos deberán aportar un 18,6%; los que devenguen entre 19 y 20 salarios mínimos un 18,8% y quienes tengan ingresos superiores a 20 salarios mínimos deberán realizar un 19%.
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