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jueves, 28 de marzo de 2024
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Intríngulis de la autodeterminación de género

Diva Criado, Columnista, Más Colombia

Diva Criado

Abogada y periodista, Master en Gestión Pública de la Universidad Pompeu Fabra de Barcelona. Coordinadora de la Sección de derechos humanos, redactora y editora de la Agencia de Noticias La Independent de España.

Debo estar haciéndome mayor, porque hay cosas que me resultan difíciles de entender. Lides que se resisten, obligándome a desaprender. La aprobación de leyes en varios países provoca debates en la calle, en redes sociales y en grupos feministas.

El punto discordante es la autodeterminación de género. Apunta a que una persona no necesite más que su voluntad para ser reconocida por su género consentido. Muchos países contemplan leyes de igualdad LGTBI, Ley Trans, Libertad Sexual, binarios, etcétera. En España sirvió para reformar el Código Penal en materia de delitos sexuales. 


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Pero el choque de la Libertad Sexual, conocida como “solo sí es sí”, tiene al feminismo radical enfurecido. Alegan —y con razón— que el cambio, “autodeterminación de género” por “declaración de voluntad”, carente de un informe profesional documentado, arriesga derechos adquiridos en la lucha feminista.

Que, al no indicar la categoría “sexo” al nacer mujer o varón, un hombre puede acudir al registro, así, sin más, y cambiarse el nombre después de haber cometido un delito. De hecho, ocurre con más frecuencia de lo que se piensa.

En diciembre, una Ley trans parecida a la española fue aprobada por el Parlamento escosés, enfrentando a Inglaterra y Escocia. La ley rebaja la transición de 18 a 16 años, suprime la exigencia de un diagnóstico médico psiquiátrico y reduce el término de dos años a solo tres meses. Rishi Sunak vetó la Ley, porque compromete la “protección a la ley de igualdad de Gran Bretaña”.

Creo que respetar las diferencias es importante, pero en términos políticos las cuestiones mayoritarias deben salvaguardarse. Es necesario proteger la seguridad de las mujeres. No me imagino un baño de niñas o cárceles de mujeres donde entren como mujeres hombres que han decidido autoidentificarse como tales. 

No me refiero a las personas transexuales que hacen bien las cosas; sino a aquellos que, de la noche a la mañana, deciden hormonarse, operarse y, en nombre de la autodeterminación, se cambian el nombre según su conveniencia.  


Las leyes deben ser estrictas en este sentido. La autodeterminación de género no puede ser el único requisito, un trampolín sin filtro, ni garantías. Con la edad pasa igual; qué razonamiento tiene un menor para saber que tiene disforia de género. 

Hace unos días, el caso de Isla Bryson, antes Adam Graham, sacudió a UK. Cambió de sexo mientras esperaba el juicio por violación a dos mujeres, en Clydebank (2016) y Glasgow (2019). 

Durante el juicio testificó que supo que era mujer a los cuatro años, pero fue hasta los 29 (2021) que decidió hormonarse, operarse y cambiar de nombre. Versión que la ex esposa y su entorno califican de “farsa para engañar a las autoridades”. 

Claramente él o ella buscaba una rebaja de condena o ingresar a una cárcel de mujeres, cosa que consiguió por unas horas, hasta que el revuelo mediático hizo que la trasladaran a una cárcel de hombres, después de ser sentenciada a ocho años de prisión.

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