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sábado, 9 de mayo de 2026
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Impuesto de renta: pymes y empresas más grandes serían equivalentes

A diferencia de la propuesta de reforma tributaria que el Gobierno retiró hace unos meses, la que presentó el 20 de julio no contempla tarifas diferenciales en el impuesto de renta para pequeñas y medianas empresas (Pymes).
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La semana pasada el Ministerio de Hacienda (MinHacienda) radicó ante el Congreso de la República la nueva propuesta de Reforma Tributaria, conocida como Proyecto de Inversión Social. Su propósito es recaudar 15,2 billones de pesos que, según el Ministerio, serán destinados a la reactivación económica, la recuperación del empleo, la protección de los más vulnerables y el cumplimiento de las obligaciones fiscales del país. Como el Gobierno prometió, esta nueva propuesta no incluye ninguna modificación al Impuesto de Valor Agregado (IVA), a los salarios ni, en general, a la tributación de las personas naturales. El 69% del recaudo será aportado por las empresas y el 31% restante provendrá de una serie de medidas de austeridad del gasto público y contra la evasión.

La propuesta contempla un aumento del 31% al 35% en la tarifa del Impuesto sobre la Renta de todas las empresas, con lo cual se desmonta el proceso de reducción de la tarifa que comenzó en 2019. En el documento de presentación de la reforma, MinHacienda señaló que, incluso con este incremento, la tarifa sería menor a la de 2018. Ese año el impuesto de renta fue del 33%, pero las empresas con utilidades anuales superiores a los 800 millones de pesos debieron pagar una sobretasa de 4 puntos porcentuales. 


La entidad explicó al respecto que, si se acogen todas las disposiciones de la propuesta de Inversión Social, las obligaciones tributarias de las empresas con utilidades superiores a los 800 millones de pesos anuales, que ascendieron al 72,9% en 2018, se reducirían en 4,3 puntos porcentuales para 2022. Por su parte, la tributación de las empresas con utilidades menores a los 800 millones —que en 2018 no estaban sujetas a pagar la sobretasa del 4% en el impuesto sobre la renta— disminuiría 2,6 puntos porcentuales para 2022

La nueva propuesta de reforma tributaria no mantuvo las tarifas diferenciales del impuesto de renta para pequeñas y medianas empresas (Pymes) que estaban contempladas en la propuesta que retiró el Gobierno hace unos meses. Según MinHacienda, un análisis de la tarifa efectiva de la tributación —que, además del impuesto sobre la renta, incluye otras cargas tributarias y contribuciones— «confirma que de implementarse las medidas de este proyecto de ley, la estructura tributaria para empresas sería más competitiva que en 2018». No obstante, la Asociación Colombiana de las Micro, Medianas y Pequeñas Empresas (Acopi) ha señalado en varias ocasiones la importancia de que las empresas tengan una tarifa diferencial según su tamaño, de forma que las pequeñas y medianas, que han sido las más afectadas por la pandemia y el paro nacional, se puedan recuperar.

El Gobierno aclaró que este incremento de la tarifa al 35% no aplicaría a ninguna microempresa ni a las pequeñas empresas que estén sujetas al régimen simple de tributación. Según el Decreto 957 de 2019, las empresas que se encuentran cobijadas por el régimen simple son aquellas cuyos ingresos brutos anuales —sin descontar impuestos y deducciones— no superan las 80.000 Unidades de Valor Tributario (UVT), equivalentes a 2.905 millones de pesos (a precios de 2021). De esta manera, las empresas que tendrían que pagar un impuesto de renta de 35% serían aquellas con ingresos anuales superiores a las 80.000 UVT (una parte de las pequeñas, todas las medianas y las grandes). 

Para Luis Carlos Reyes, director del Observatorio Fiscal de la Universidad Javeriana, una tarifa del 35% en el impuesto sobre la renta de las empresas no es idónea. A su juicio, «el problema de subir uniformemente la tarifa nominal al 35% es que esta podría pegarle más duro a las pequeñas y medianas, pues la mayoría de empresas grandes cuentan con exenciones y beneficios tributarios, lo que reduce su tarifa efectiva». Esto supone un retroceso frente a la propuesta de reforma tributaria anterior, que contemplaba tarifas diferenciales del 27% para empresas con utilidades anuales inferiores a los 500 millones de pesos y del 33% para las demás, y que adicionalmente eliminaba beneficios tributarios a los sectores financiero, de la construcción y de suministro de electricidad, vapor y aire acondicionado, entre otros, afirmó Reyes.

El director del Observatorio indicó que sería conveniente discutir en el debate legislativo alternativas a la tarifa del impuesto sobre la renta de las personas jurídicas planteada por el Gobierno. En la propuesta de reforma tributaria de la Red de Trabajo Fiscal, de la cual Reyes hace parte, se proponía una reducción de la tarifa al 24% para las pequeñas y medianas empresas, que sería financiada con la eliminación de beneficios tributarios. De hecho, según las estimaciones de la Red, la eliminación de estos permitiría recaudar cerca de 8,2 billones de pesos. 


En lo que respecta a la progresividad de la medida —es decir, a su capacidad para gravar a quienes tienen más recursos—, la propuesta no lo es a nivel de empresas, pues las pequeñas y medianas tendrán que asumir la misma tarifa que las grandes y, además, estas últimas mantendrán las exenciones otorgadas en años anteriores. 

No obstante, de acuerdo con el informe del Observatorio, la medida sí es progresiva a nivel de personas naturales. Los análisis económicos, incluso en países con alta movilidad de capital como Estados Unidos, concluyen que el aumento de los impuestos a las empresas tiene como efecto la reducción de los ingresos de sus dueños y no de los trabajadores. «No hay evidencia de que en Colombia los aumentos de impuestos al capital reduzcan la inversión en capital físico. Si bien esta es un área que amerita más investigación, no hay razón para suponer que esta reforma tributaria tenga efectos negativos importantes sobre los trabajadores», consignó el informe. La situación es que, en el caso de las pequeñas y medianas empresas, sus dueños difícilmente pueden incluirse en el segmento de las personas naturales con mayores ingresos.