Así quedaron los salarios de empleados públicos en Colombia con el acuerdo entre Gobierno y Centrales Obreras
Ayer se conoció el Decreto 0905 de 2023, a través del cual el Gobierno Nacional reglamentó el aumento de los salarios de los empleados públicos para 2023. El documento establece el incremento de 1,5% más IPC para 2023. Este fue acordado entre las Centrales Obreras y el gobierno nacional, con lo que el aumento nominal quedó en 14,62%.
Así quedaron los salarios de los empleados públicos de ministerios y otras entidades nacionales
La tabla de asignaciones básicas mensuales, publicada en el Decreto, fija las escalas de los salarios de empleados públicos de los “Ministerios, Departamentos Administrativos, Superintendencias, Unidades Administrativas Especiales, Establecimientos Públicos, Corporaciones Autónomas Regionales y de Desarrollo Sostenible, Empresas Sociales del Estado, Empresas Industriales y Comerciales del Estado, Sociedades de Economía Mixta sometidas al régimen de dichas empresas, demás instituciones públicas de la rama ejecutiva nacional y entidades en liquidación del orden nacional”, como se lee en el Decreto.
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Así, pues, las asignaciones básicas mensuales están especificadas según el nivel del cargo (directivo, asesor, profesional técnico y asistencial) y el grado, que va desde 1 hasta el 28.
Los grados salariales responden a las diferentes exigencias del cargo ocupado y desempeñado solo por empleados públicos, por lo que los sueldos de los trabajadores vinculados mediante contrato de prestación de servicios no son contemplados en la tabla.
Además de la asignación básica, los empleados públicos también tienen derecho a otros incentivos económicos según el nivel de formación y el cargo desempeñado, entre estos se destaca la prima técnica, la prima por dirección, prima de riesgo, la bonificación por servicios prestados y la prima de navidad [Ver artículo: Así quedaron las primas y bonificaciones con el aumento salarial para empleados públicos 2023].
Asimismo, el Decreto contempla un auxilio de transporte; el pago por horas extras, o por trabajo ocasional en días domingos o festivos, para los empleados en los niveles Técnico, hasta el grado 9, y Asistencial hasta el grado 19.
Por su parte, los funcionarios de niveles más altos como secretarios ejecutivos de ministros, viceministros, directores, entre otros, tendrán derecho a devengar horas extras, dominicales o en días festivos siempre y cuando sean jornadas superiores a las 44 horas semanales.

Sueldos de directivos públicos
En el nivel Directivo, un funcionario puede devengar un ingreso básico mensual mínimo cercano a los 4 millones de pesos y máximo de 18 millones.
Así pues, los funcionarios en grado 1, el de menor remuneración, perciben un ingreso de $4.169.929. Este monto se incrementa en casi 500 mil pesos para el nivel directivo del grado 2 y, a medida que el grado es mayor, también lo es el salario.
Para directivos de grado 10 el ingreso mensual está en $6.765.549, para un grado 20 en $10.908.015 y para el grado 28 en $18.226.195.
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Ingresos de los Asesores
Para el caso de los servidores públicos en el nivel de Asesor, los ingresos oscilan entre los 4 millones de pesos y los 14 millones quinientos, desde el grado uno hasta el 18.
En el grado uno de Asesor, el ingreso básico mensual es de $4.069.597. En el grado 10 el ingreso es de $8.476.054, mientras que en el nivel 18 el ingreso es del orden de $14.568.772.
Ingresos para el nivel profesional
Por su parte, los salarios de los empleados públicos del nivel profesional están establecidos desde los 2 millones de pesos y hasta los diez millones, en un rango que va desde el grado 1 hasta el 24.
De esta forma, el profesional que tiene los ingresos más bajos percibe mensualmente una suma de $2.457.013, monto que se incrementa en más de un millón de pesos en el nivel 10, con un ingreso de $3.887.848, mientras que el profesional de grado 24 percibe ingresos de $10.177.460.
Nivel Técnico y nivel Asistencial
De acuerdo con lo estipulado en la tabla, los salarios más bajos de los empleados públicos que desempeñen sus funciones en estas entidades son de 1.160.000. Este lo perciben los funcionarios en el grado 2 del nivel Técnico y el grado 5 del nivel Asistencial.
En lo correspondiente al nivel Técnico, los grados van desde el 2 hasta el 18, y en el nivel Asistencial desde el 5 hasta el 26. De esta forma, el funcionario técnico en un grado 10 tendrá ingresos de $2.197.857 y el del grado más alto $3.772.850.
Por su parte, para el nivel Asistencial de grado 10 el ingreso mensual básico es de $1.595.122, para el grado 20 es de $2.324.600 y el de mayor grado es de $3.735415.
El Decreto señala que, si bien las entidades pueden vincular a trabajadores de medio tiempo (4 horas diarias), ningún servidor público en estas condiciones podrá tener ingresos básicos mensuales inferiores a los $1.060.000 del grado 2 del Técnico y del grado 5 del Asistencial.
Finalmente, el Decreto 0905 de 2023 exceptúa a los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores, los docentes de la Rama Ejecutiva que se rijan por normas especiales, el personal de las Fuerzas Militares y del Ministerio de Defensa que no se rigen por el Decreto 1042 de 1978, empleados de la Policía Nacional, el personal carcelario y penitenciario así como otras entidades que cuentan con sistemas especiales de remuneración.
Para consultar el Decreto 0905 puede ingresar aquí.
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