¿Censura o equilibrio? Lo que de verdad decidió el Consejo de Estado sobre las alocuciones presidenciales
Andrés Pachón
Abogado investigador, magíster en Derecho Público con experiencia en litigio estratégico. Medio ambiente, derechos y desarrollo. Twitter: @AndresPachonTor
En la discusión pública de los últimos días el presidente Gustavo Petro se ha empeñado en instalar una falsa disyuntiva: “o me dejan hablar sin límites, o me están censurando”.
Ha acusado a los medios privados, a la oligarquía, a Trump, a la CRC y a la Justicia de no querer dejarlo hablar, porque su palabra es verbo y “trasciende” al punto de hacerlo “inolvidable”, histórico…
Pero lo cierto es que el presidente Petro ha tenido más difusión y visibilidad que todos sus antecesores. Su exposición mediática es extraordinaria y omnipresente. Sus historias de amor, su infancia, Kant, Hegel, Freud.
Sobreexposición y monopolio del debate público
Es el propio Presidente quien ha intentado de mil maneras acaparar la discusión pública. Televisando y encadenando a todos los canales de Colombia para transmitir en directo sus consejos de ministros. Convirtiendo todo el aparato de comunicaciones del Estado en una bodega pública, replicadora de los relatos del presidente. Convirtiendo a Señal Colombia, la insignia de nuestros medios públicos, en un informativo gobiernista. Y acudiendo sin recato a las alocuciones presidenciales para retransmitir sus discursos grandilocuentes y barrocos.
Y como ya lo volvió costumbre, cualquier poder que se atreva a ponerle un límite al Presidente, por institucional y legítimo que sea, es tildado de golpista, de censor y de ser parte de quienes no quieren dejarlo gobernar. Según su lógica, que lo haya elegido el pueblo lo convierte en todopoderoso e incontrovertible.

Petro se suma a las protestas de “No Kings”, pero se cree uno
Recientemente el Consejo de Estado, al fallar una tutela, le impuso límites a las alocuciones presidenciales. La respuesta del Presidente fue la misma de siempre: gritó “golpe de Estado”, denunció “censura” y puso a sus bodegas públicas y privadas, pagadas con recursos públicos, a denunciar el atropello.
Solicitó alocución y se la negaron, y entonces salió con entrevista en horario triple A con Hollman Morris. Y al día siguiente salió en alocución, y luego una nueva entrevista de 3 horas con Daniel Coronell.
Cada alocución o entrevista genera días enteros de memes, de controversia, de reels, de discusión pública, hasta la siguiente alocución, entrevista o consejo de ministros. Y así llevamos 3 años de reality show, en el que una declaración impresentable es tapada por la siguiente, en una espiral inagotable que prioriza el espectáculo sobre el debate sustantivo.
Lo qué decidió el Consejo de Estado
En su fallo el Consejo de Estado no amordazó al Presidente; le recordó —con reglas claras— que la comunicación oficial por televisión abierta usa espectro público y, por tanto, tiene límites democráticos. La decisión ordena a la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) expedir, antes del 31 de diciembre, lineamientos que garanticen pluralismo e imparcialidad en las alocuciones.
Para entender el trasfondo, hay que volver a la Sentencia C-1172 de 2001 de la Corte Constitucional. Allí se retiró la expresión “y sin ninguna limitación” y se condicionó el “en cualquier momento” de la Ley 182 de 1995, precisamente porque en un Estado Social de Derecho ninguna autoridad tiene facultades ilimitadas.
Esa sentencia sigue siendo la brújula: el Presidente puede dirigirse al país, sí, pero con criterios de necesidad y razonabilidad. No hay cheques en blanco para interrumpir la programación cuando se quiera, por el tema que sea y por el tiempo que sea.
¿Qué agrega el Consejo de Estado ahora? Tres cosas muy sencillas de explicar y muy potentes para el ciudadano:
- La alocución debe estar justificada por una urgencia real.
- No puede convertirse en recurso habitual o recurrente.
- Debe tener límites temáticos y temporales, incluyendo la hora de inicio y de fin, con el detalle del asunto ante la CRC y sin duraciones excesivas.
El corazón de la decisión es proteger nuestro derecho a informarnos con múltiples voces, evitando que la pantalla única de la televisión abierta —que usa espectro público— quede monopolizada por un solo emisor.
La TV pública no es del gobierno de turno, es de la ciudadanía
A esto se suma un principio que a veces olvidamos: la televisión pública no es un megáfono de gobierno. Su naturaleza es social, cultural, educativa y plural. Cuando se usan los medios públicos como “tarima” para hablar de lo divino y lo humano, día de por medio y a la hora de mayor audiencia, se deforma el servicio público y se estrecha el debate.
Sé que la narrativa de la “censura” es seductora. Pero esas afirmaciones se caen cuando se contrastan con el contenido de las decisiones: nadie ha prohibido que el Presidente hable; lo que se exige es que no use sin controles la franja de televisión abierta para monopolizar el debate, y que justifique por qué interrumpe la programación y por cuánto tiempo.
Decirle no a una alocución que no cumple los criterios no es censura previa: es aplicar la regla para todos, incluido el más poderoso.
Regular no es censurar y el Estado de Derecho implica tener límites
En Colombia regulamos toda actividad que usa espectro público (radio, TV, telecomunicaciones) porque ese recurso es escaso y de todos. Por eso existen reglas de contenidos protegidos, franjas horarias, publicidad política, etc.
Nadie grita “censura” cuando se le exige a un canal cumplir con franjas familiares o con cuotas de producción nacional; ¿por qué sí cuando al más alto cargo se le pide urgencia, excepcionalidad y límite para una alocución? Es necesario proteger el pluralismo informativo.
Conclusión
No es un golpe de Estado ni una mordaza. Es la aplicación, tardía pero necesaria, de un principio constitucional básico: el poder habla, sí, pero también escucha y se limita. No es censura, Presidente: se llama democracia y equilibrio de poderes.
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