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miércoles, 4 de febrero de 2026
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¿Qué podría pasar si el CNE decide que Iván Cepeda no puede estar en la consulta?

El CNE aún no define si Iván Cepeda podrá estar en la consulta del 8 de marzo, tras empates y cambios de conjueces. El candidato dice que, si lo excluyen, irá directamente a la primera vuelta.

El CNE aún no define si Iván Cepeda podrá estar en la consulta del 8 de marzo, tras empates y cambios de conjueces.

El Consejo Nacional Electoral (CNE) mantiene en suspenso la participación de Iván Cepeda en la consulta del Frente por la Vida del próximo 8 de marzo, luego de que el organismo no lograra una decisión definitiva y tuviera que cambiar a los conjueces encargados de desempatar el caso, tras declararse impedidos.

El futuro de la consulta interpartidista quedó en vilo después de que el magistrado Altus Baquero (Partido Liberal) cambiara su voto en el CNE, evitando que se consolidara la mayoría necesaria para negar la inscripción de Iván Cepeda y forzando un resultado que obligó a llevar el caso a conjueces.


Magistrado Cristian Ricardo Quiroz Romero en rueda de prensa
El futuro de la consulta interpartidista quedó en vilo después de que el magistrado Altus Baquero (Partido Liberal) cambiara su voto en el CNE.

Alejandro Felipe Sánchez Cerón (Centro Democrático) se declaró impedido por haber sido abogado de Álvaro Uribe en el caso de falsos testigos, en el que Iván Cepeda es víctima acreditada, y el otro conjuez se ausentó por motivos de salud.

Como resultado, el conjuez que ahora deberá dirimir el caso es Alberto Rojas Ríos (Partido Liberal), con Gustavo Martín Coral (Colombia Justa Libres) como conjuez suplente y Holman Ibáñez (Alianza Verde) como conjuez remanente.

La función de los conjueces será desempatar la votación sobre la ponencia que, hasta ahora, avala la participación de Iván Cepeda en la consulta del 8 de marzo. Si Rojas Ríos respalda esa ponencia, la votación quedaría 5-5 y Coral tendría la decisión final, pues se necesitan 6 votos.

En paralelo, también se conoció que tres magistrados del CNE habrían presentado una ponencia para permitir la participación del exalcalde de Medellín, Daniel Quintero, en la consulta, lo que volvió a poner ese caso sobre la mesa, aunque se trata de un expediente distinto al de Cepeda.

El presidente Gustavo Petro se pronunció en respaldo a la participación de Iván Cepeda en la consulta
El presidente Gustavo Petro se pronunció en respaldo a la participación de Iván Cepeda en la consulta

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Ante este escenario, Iván Cepeda, luego de haber anunciado que pelearía su derecho a participar por la vía judicial, afirmó que si el CNE le impide competir en la consulta, irá directamente a la primera vuelta presidencial.


El presidente Gustavo Petro se pronunció en respaldo de Cepeda y señaló que una eventual exclusión del candidato sería un golpe a las garantías libres y democráticas del país.

¿Puede Iván Cepeda inscribirse y aparecer en el tarjetón del 8 de marzo?

Por ahora, no hay una decisión final. El CNE discutió el caso, pero no alcanzó los seis votos requeridos para definir si Iván Cepeda está habilitado para aparecer en el tarjetón de la consulta interpartidista del Frente por la Vida. El empate llevó el expediente a conjueces, cuyo pronunciamiento sigue pendiente.

El origen del debate está en la consulta del 26 de octubre de 2025, en la que Cepeda participó y resultó ganador. La controversia se centra en si ese ejercicio fue interpartidista o partidista (interno), una diferencia determinante para su elegibilidad en marzo.

¿Cuál es la base jurídica de la duda sobre su participación?

La discusión se sustenta en la Ley 1475 de 2011, que prohíbe a un precandidato presidencial participar en dos consultas interpartidistas.

Quienes consideran que Cepeda no puede competir sostienen que la consulta de octubre tuvo características interpartidistas, en un momento en el que el Pacto Histórico aún no estaba constituido como partido unitario, por lo que el candidato ya habría agotado ese mecanismo.

La discusión se sustenta en la Ley 1475 de 2011, que prohíbe a un precandidato presidencial participar en dos consultas interpartidistas.
La discusión se sustenta en la Ley 1475 de 2011, que prohíbe a un precandidato presidencial participar en dos consultas interpartidistas.

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¿Qué argumento usan quienes dicen que sí puede participar?

La defensa de Iván Cepeda sostiene que la consulta del 26 de octubre fue interna, lo que permitiría que la del 8 de marzo sea interpartidista sin violar la ley.


Bajo esa interpretación, no existiría incompatibilidad legal. Además, si Cepeda gana nuevamente, podría acceder a la doble reposición de votos, es decir, financiación estatal por los sufragios obtenidos en ambas consultas, un punto que también ha generado debate político y jurídico.

El antecedente institucional que rodea el caso Daniel Quintero

La discusión sobre la eventual habilitación de Daniel Quintero se produce pese a que existe un antecedente institucional relevante: en un oficio del 29 de octubre de 2025, el propio Consejo Nacional Electoral trasladó a la Registraduría Nacional la competencia para decidir sobre la inscripción de candidaturas derivadas de consultas.

La Registraduría ya se pronunció. El pasado 27 de enero determinó que Daniel Quintero estaba inhabilitado por haber perdido la consulta del Pacto Histórico en octubre. Aun así, la presentación de una nueva ponencia en el CNE volvió a abrir el debate.

¿Qué ha dicho Iván Cepeda sobre la controversia?

Iván Cepeda y su movimiento han defendido que actuaron dentro de un marco legal claro y han calificado como “inaudito” que, a pocas semanas de la consulta, aún se discuta su elegibilidad.

El candidato ha reiterado que, además de acudir a instancias judiciales si es excluido, no renunciará a su aspiración presidencial y competirá en la primera vuelta si no se le permite participar en la consulta.

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