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viernes, 29 de marzo de 2024
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Colombia podría acceder a fondo mundial de recursos genéticos vegetales

Veinte años después de su adopción por la FAO, en 2001, Colombia somete el Tratado internacional sobre recursos fitogenéticos a segundo debate en el Senado.
Semillas, Maíz,

El 28 de septiembre de 2021, la comisión segunda del Senado de la República aprobó en primer debate, y con diez votos, el Proyecto de Ley 176, por medio del cual “se aprueba el tratado internacional sobre los recursos fitogenéticos para la alimentación y la agricultura”. Diego González, secretario de dicha Comisión, anunció la realización del segundo debate, aunque hasta el momento se desconoce la fecha. 

Según el informe de la primera ponencia, los recursos fitogenéticos son “materias primas genéticamente diversas, de origen vegetal, que permiten el mejoramiento de la calidad y la productividad de los cultivos”. Estos desempeñan un papel importante en “la versatilidad de la producción agrícola mundial” y en hacer “más eficiente [la] adaptación a los constantes y cada vez más abruptos cambios climáticos”. 


¿En qué consiste el Tratado internacional?

Adoptado en 2001, el Tratado da acceso a “un fondo mundial fácilmente accesible de recursos genéticos que está disponible de forma gratuita para los usuarios potenciales” en las naciones que lo hayan ratificado (FAO). La FAO explica que este fondo reúne materiales genéticos de los 64 cultivos “más importantes”, que en conjunto “representan el 80% de los alimentos que provienen de las plantas”. De esta manera, podrán ser utilizados “para fines de investigación, mejora y capacitación en alimentación y agricultura”.

Adicionalmente, el Tratado tiene el objetivo de “garantizar que los usuarios compartan los beneficios que obtienen de los germoplasmas utilizados en la mejora de las plantas o en la biotecnología con las regiones de donde son originarios” (FAO). Por esta razón, los destinatarios de los recursos genéticos no pueden reclamar derechos de propiedad intelectual sobre los mismos.

Por último, el artículo 9 del Tratado reconoce la “enorme contribución” de los agricultores del mundo en la diversidad de los cultivos que alimentan el mundo y otorga derechos al agricultor. Así, dispone que “la responsabilidad para hacer realidad los Derechos del agricultor” con respecto a los recursos fitogenéticos “incumbe a los gobiernos nacionales”. Por lo tanto, resalta que los Estados deberán “adoptar las medidas pertinentes para proteger y promover los Derechos del agricultor”. El Tratado hace un particular énfasis en la “protección de los conocimientos tradicionales de interés para los recursos fitogenéticos”, “el derecho a participar equitativamente en la distribución de los beneficios que deriven” de la utilización de estos recursos y el “derecho a participar en la adopción de decisiones, a nivel nacional, sobre asuntos relativos a la conservación y utilización sostenible” de los mismos.​​

¿Por qué es importante la ratificación del Tratado internacional ?


El informe de la ponencia señala que, ante la pérdida acelerada de la diversidad de los cultivos agrícolas, el intercambio de recursos fitogenéticos “es clave para el sostenimiento y fortalecimiento de la seguridad alimentaria global”.

En el caso particular de Colombia, el informe resalta que “la conservación y uso sostenible de los recursos fitogenéticos para la alimentación y la agricultura es fundamental para garantizar la alimentación actual y futura de manera sostenible”. Hace énfasis en que nuestro país es altamente dependiente de “materiales que tienen su origen en regiones remotas”. El informe menciona, por ejemplo, el origen africano del café y de la palma de aceite, así como la proveniencia del arroz del sudeste Asiático y África. 

De ratificarse este Tratado, Colombia podría “recibir múltiples materiales para la mejora de importantes cultivos”, como arroz, maíz, trigo, sorgo, avena, papa, girasol, zanahoria y fresa, entre otros. Estos provienen “de 147 países y de centros internacionales” y “equivalen a 2,3 millones de materiales conservados en bancos de semillas en todo el mundo”.

¿Qué sigue?

El pasado 28 de septiembre de 2021, los senadores de la Comisión segunda aprobaron el Tratado en primer debate, de cuatro que necesita la iniciativa para ser aprobada por el Legislativo. Además, para que un Tratado internacional tenga validez, el derecho colombiano exige que cuente con el aval de los tres poderes del poder público. Ello implica que, después de su aprobación por parte del Congreso de la República, la Corte Constitucional debe evaluar su exequibilidad, es decir, si se ajusta a la Constitución. De ser así, pasa a sanción presidencial.