Corte tumba la exigencia de 1.300 semanas para pensión de mujeres en Colombia
En la mañana de este martes, la Corte Constitucional de Colombia dio a conocer la noticia sobre la inexequibilidad de la exigencia de cotización de 1.300 semanas para pensión de mujeres en Colombia, toda vez que la norma actual desconoce las inequidades que padecen las mujeres en el mercado laboral por asuntos de discriminación, por desempeñar trabajos no remunerados en el cuidado, por la informalidad y la falta de autonomía en la sociedad.
“Factores como la informalidad, la discriminación en el ámbito laboral y la invisibilidad del trabajo no remunerado en la economía del cuidado, que mayoritariamente es ejercido por las mujeres, ocasionan una deficiencia estructural que impide realizar adecuadas condiciones de justicia material para aquellas”, señala el comunicado de prensa de la entidad.
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El proceso desarrollado por la Sala Plena de la Corte Constitucional comenzó tras “una demanda en contra de un apartado del artículo 9° de la Ley 797 de 2003” (Por la cual se reforman algunas disposiciones del sistema general de pensiones previsto en la Ley 100 de 1993), explica el comunicado.
En ella, el demandante aseguró que “la norma desconocía el derecho de las mujeres a obtener una protección especial en el ámbito de la seguridad social, para garantizarles la igualdad material en el acceso a la pensión de vejez”.
Frente a esta demanda, la Corte insistió en el “principio de igualdad y los derechos fundamentales a la seguridad social y a la pensión” de la jurisprudencia, con el que pudo asegurar el derecho que tienen las mujeres a tener una protección especial en materia laboral y en el sistema de seguridad social integral en la vejez.
De acuerdo con el comunicado de prensa, la Corte Constitucional analizó las medidas implementadas por Colombia y el mundo para reducir la brecha que existe entre mujeres y hombres en materia de protección social y el aseguramiento en la vejez, pues los avances que se han realizado en esta vía han sido insuficientes para “para garantizar condiciones de autonomía de las mujeres, particularmente quienes son adultas mayores o están en la tercera edad”.
La decisión considera improcedente la exigencia de cotizar 1.300 semanas para pensión de mujeres en Colombia
Si bien la norma vigente establece como uno de los requisitos para recibir la mesada pensional una edad diferencial entre hombres y mujeres, de 57 años para mujeres y 62 años para hombres, no reduce la brecha que separa a hombres y mujeres en términos de equidad, pues la norma exige por igual una cotización mínima de 1.300 semanas para pensión de mujeres en Colombia, así como para la de los hombres.
“La diferencia en la edad pensional, que ha sido el esquema tradicionalmente usado por el régimen jurídico en el país, hoy en día resulta insuficiente de cara a profundizar la aplicación del mandato constitucional por superar la discriminación por razones del género e, inclusive, se desactiva al exigírsele a las mujeres la misma densidad cotizacional que a los hombres, en menos tiempo”, señala el comunicado de prensa de la Corte Constitucional.
Sin embargo, dicho pronunciamiento puede poner en aprietos la estabilidad financiera del país, por lo que la Corte Constitucional establece un tiempo determinado para que el Congreso de la República y el Gobierno Nacional adopten medidas que garanticen el derecho a la pensión de mujeres en Colombia en condiciones de equidad, en especial de aquellas mujeres cabezas de familia.
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Las mujeres en Colombia podrán pensionarse con una cotización mínima de 1.000 semanas
Además, y con el fin de que la medida no genere mucho traumatismo en las finanzas públicas, la Corte Constitucional dictó que desde el 1 de enero de 2026 se deben comenzar a aplicar las medidas que adopten el Congreso y el Gobierno Nacional, tendientes a acabar con la brecha de sexo y a garantizar la pensión de mujeres en Colombia.
Ahora bien, si para esa fecha las autoridades no han ejecutado un régimen que les permita a las mujeres acceder a su mesada pensional en condiciones de equidad, la Corte se adelantó y sentenció que, a partir del 2026, las semanas de cotización para mujeres disminuirán de manera progresiva. Así, para el 1° de enero de 2026 el número de semanas se reducirá en 50 semanas, el 1° de enero de 2027 disminuirá en 25 semanas y así hasta llegar a las 1.000 semanas de cotización.
Con este pronunciamiento, la Corte Constitucional garantiza que, en menos de 3 años, la exigencia de las 1300 semanas para pensión de mujeres en Colombia pierda eficacia y que en once años todas las mujeres puedan acceder a la mesada pensional tras cotizar 1.000 semanas.
Finalmente, la Corte Constitucional incitó al Ejecutivo y al Congreso de la República a completar la decisión adoptada por el poder Judicial con programas que busquen cerrar la brecha en equidad de género, con especial atención a la economía del cuidado para proteger socialmente a las personas que ejercen estas labores:
“Ante la evidencia de barreras y obstáculos para que las mujeres accedan y se mantengan en el mercado laboral y puedan garantizar su derecho pensional, así como las condiciones de inequidad que experimentan las mujeres en la economía del cuidado, la informalidad, la vulnerabilidad y la exclusión, se exhortó al Congreso y al Ejecutivo para que adopten políticas y programas complementarios a la política pública pensional, que contribuyan a cerrar la brecha en la equidad de género, en especial, en lo referente al reconocimiento de la economía del cuidado y a la necesidad de proteger socialmente a quienes la ejercen”, enfatiza el comunicado.
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