Devolución del IVA: Prosperidad Social dio más plazo para cobrar el dinero
Prosperidad Social dio a conocer el pasado lunes, 4 de septiembre, qué más de 2 millones de hogares beneficiarios en Colombia recibirían un alivio económico a través del programa de Devolución del IVA. Este anuncio se produjo como parte de los esfuerzos para mitigar el impacto del Impuesto al Valor Agregado en las familias más vulnerables del país.
Prosperidad Social asignó una inversión de 534.000 millones de pesos para financiar la devolución del IVA, que abarca los ciclos 1, 2 y 3 del año 2023, así como los pagos pendientes correspondientes al ciclo de diciembre de 2022.
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Cada beneficiario debía recibir un monto acumulado de 267.000 pesos, correspondientes a 89.000 pesos por cada ciclo de 2023, el cual debía ser reclamado en el lugar asignado entre el 4 y el 24 de septiembre.
Sin embargo, no todas las familias alcanzaron a cobrar su transferencia. Ante este panorama, Prosperidad Social anunció que amplió la fecha hasta el 29 de septiembre, y enfatizó que esta es su última oportunidad para reclamar la devolución del IVA.
Para asegurar que estos recursos lleguen a los hogares más pobres y vulnerables del país, Prosperidad Social llevó a cabo una depuración de sus bases de datos. Además, habilitó una herramienta en línea, el buscador https://devolucioniva.prosperidadsocial.gov.co/, que les permite a los interesados verificar si son beneficiarios de los ciclos de pago.
Un dato importante es que cerca de 700.000 nuevos beneficiarios de la devolución del IVA se suman a este programa de apoyo económico, en un esfuerzo por ampliar el alcance y llegar a más familias necesitadas.
Sin embargo, los hogares que tenían pagos reprogramados de 2022 y que no cobren la transferencia dentro del nuevo periodo establecido perderán la oportunidad de recibir estos recursos en el futuro. Así lo hizo saber Prosperidad Social.
En colaboración con el operador de pago SuperGIROS y sus aliados, se han habilitado 22.000 puntos en todo el territorio colombiano para facilitar la entrega de la devolución del IVA. Los beneficiarios recibirán notificaciones a través de mensajes de texto, informándoles sobre la disponibilidad de los fondos y cómo acceder a ellos.
Lo que debe saber de la Devolución del IVA
Este programa no requiere inscripción por parte de los ciudadanos, pues la participación se determina a través de la focalización que utiliza la información del Sisbén IV.
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Por lo tanto, es fundamental que los hogares mantengan actualizada su información en el municipio en el cual residen para asegurarse de que puedan acceder a estos beneficios.
Razones por las que su hogar puede ser “no elegible”
Prosperidad Social ha dicho que, al momento de determinar quiénes recibirán los recursos de la devolución del IVA en cada ciclo operativo, serán excluidos aquellos hogares que presenten alguna de las siguientes razones:
1. Evidencia de fallecimiento de la persona titular del hogar, según la información de la Registraduría Nacional del Estado Civil.
2. Inconsistencias en la documentación de identidad de la persona titular del hogar.
3. No retiro de la transferencia o rechazo de la acreditación en tres (3) o más ciclos operativos de pago consecutivos.
4. Duplicidad de registros de hogares en el sistema de información del Programa o en las bases de focalización.
5. Participación simultánea en otros programas sociales cuyas regulaciones impidan la elegibilidad para el programa Compensación de IVA.
6. Informes de condiciones socioeconómicas que, siguiendo las directrices de la Guía Operativa del programa, indiquen que el hogar no se encuentra en situación de pobreza o vulnerabilidad.
Los hogares identificados como no elegibles no serán incluidos en la lista definitiva de beneficiarios durante la liquidación del respectivo ciclo operativo.
Otras causas de exclusión del listado de hogares focalizados del programa
Los siguientes factores llevan a la exclusión de los hogares del listado de hogares focalizados del programa, de manera que no son considerados como posibles beneficiarios de la devolución del IVA:
1. Hogares que, mediante la notificación de novedades, manifiesten a Prosperidad Social su decisión de no continuar como beneficiarios o posibles beneficiarios del programa.
2. Hogares unipersonales cuyo titular haya sido reportado como fallecido en tres validaciones consecutivas.
3. Hogares que no cumplan con los criterios de focalización necesarios para ser considerados posibles beneficiarios del programa.