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domingo, 22 de febrero de 2026
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¿Debe realizar el pago del ICA? Conozca el paso a paso para pagar y que no sea un moroso

El plazo para el pago del ICA correspondiente al segundo bimestre de 2025 vence pronto. Conozca cómo pagarlo para que no sea un moroso.

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La Secretaría Distrital de Hacienda recordó que el pago del ICA del segundo bimestre de 2025 vence este viernes 13 de junio. Este impuesto aplica a quienes realizan actividades industriales, comerciales o de servicios en Bogotá, y debe cubrir el período marzo-abril.

La entidad advierte que no cumplir a tiempo con la declaración y pago del ICA puede generar sanciones e intereses, por lo que recomienda hacer el trámite pronto y solo por canales virtuales oficiales.


Conozca qué debe hacer para que no se atrase y verifique si aplica para usted o no.

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¿Cómo hacer el pago del ICA en línea?

Para realizar el pago del impuesto, los contribuyentes deben seguir los siguientes pasos:

  1. Ingrese al sitio oficial de la Secretaría de Hacienda.
  2. Haga clic en el botón “Pagos Bogotá” que aparece en la página principal.
  3. Seleccione la opción “ICA – ReteICA”.
  4. Siga las instrucciones para realizar la declaración y el pago del ICA de forma electrónica.
  5. Finalice el proceso con el comprobante de pago descargable desde la misma plataforma.

Al completar el procedimiento, se enviará una notificación al correo electrónico registrado del contribuyente desde la dirección @ocimail.shd.gov.co. Esta confirmación servirá como constancia de cumplimiento dentro del sistema tributario distrital.

Para evitar fraudes y costos indebidos, la SDH hizo un llamado enfático a no acudir a intermediarios y a realizar todas las gestiones a través de los canales autorizados. El uso de portales no oficiales puede ser un riesgo para la información personal y financiera de los contribuyentes.


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¿Quiénes deben realizar el pago del ICA? Conozca si le aplica

La Secretaría Distrital de Hacienda (SDH) recordó que no todos los contribuyentes están obligados al pago del ICA, pero sí quienes cumplen ciertos criterios relacionados con su nivel de ingresos o impuesto declarado.

Aquí le explicamos de forma clara a quiénes les corresponde:

  • Quienes hayan tenido un impuesto a cargo superior a 391 UVT en 2024 (más de $18.402.415).
  • Contribuyentes que reportaron ingresos netos mayores a 43.498 UVT entre marzo y abril de 2025 (más de 2.166 millones) deben pagar adicionalmente una Sobretasa Bomberil del 1 %.
  • El plazo máximo para cumplir con esta obligación es el 13 de junio de 2025.
  • El trámite debe hacerse exclusivamente en la web oficial de la SDH.
  • Existe también la opción de hacer un aporte voluntario de hasta el 10 % del valor del impuesto, destinado a becas universitarias a través de Atenea.

Verifique si cumple con estos criterios y no deje pasar la fecha límite.

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Atención al ciudadano

La entidad dispuso de diversos medios de atención para resolver inquietudes relacionadas con el pago del ICA, entre ellos:

  • Página web oficial de la Secretaría de Hacienda.
  • Puntos de Atención Especializada en Usaquén y Plaza de las Américas.
  • Red CADE en ocho puntos estratégicos de la ciudad.

También se puede acceder a asesorías presenciales para orientación sobre el proceso, siempre bajo la condición de realizar el pago en línea, tal como lo exige la normativa actual.

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Recomendaciones finales

El director de impuestos de la SDH, Pablo Verástegui, reiteró la importancia de cumplir con el pago del ICA en el plazo establecido para evitar sanciones. Aunque el sistema es digital, el contribuyente es responsable de verificar que el proceso se haya completado correctamente y que su declaración haya sido enviada.


Con la fecha de vencimiento del pago del ICA fijada para el 13 de junio, la administración distrital recuerda que no habrá prórroga y que los recargos por mora se calcularán de forma automática una vez superado el límite legal. La entidad insistió en que la obligación fiscal debe atenderse sin dilación, a través de medios verificados y dentro del calendario oficial.