Petro y su renuncia a la expropiación

Manuel Guillermo Sarmiento García
Profesor Emérito de la Universidad Externado de Colombia. Director del Departamento de Derecho del Transporte e Infraestructura de Transporte.
La semana santa y la semana de pascua se convirtieron para el candidato del Pacto Histórico en una verdadera semana de pasión. No se pueden cometer más errores juntos; primero fue la visita de su hermano Juan Fernando Petro a la cárcel la Picota a dialogar con condenados por parapolítica y corrupción, que justificó con una inexplicable y confusa teoría del “perdón social”, y después con su declaración ante un Notario en la cual renunciaba a expropiar a cualquier colombiano, en un acto de populismo electoral y sin ningún efecto jurídico ni vinculante.
Se le olvida al candidato Petro, que desde la Constitución política de 1886 se había institucionalizado la figura de la expropiación, cuyas causales se ampliaron con la reforma constitucional de 1936, que a su vez consagró el principio de la función social de la propiedad, reafirmado por el constituyente de 1991, cuya base fundamental es la prelación del interés general sobre el interés particular, pilar fundamental del Estado social de derecho que nos rige.
Cuando Petro renuncia en su declaración notarial a expropiar, lo que está haciendo es desconocer la Constitución política de Colombia, que cita y defiende permanentemente en sus discursos, creando un simple efecto electoral. Grave error para quien aspira a ser Presidente de la República, cuyo primer acto al momento de posesionarse es precisamente jurar defender y cumplir la Constitución y las leyes.
Esta absoluta falta de coherencia se explica por su desbocado deseo de llegar a la Presidencia de la República a cualquier costo, inclusive traicionando sus propios principios.
Con motivo de esta declaración del candidato Petro y así sea brevemente, resulta importante precisar el marco constitucional y legal de la expropiación, que a raíz del actual debate electoral se ha estigmatizado.
La Asamblea Nacional Constituyente que redactó la Constitución de 1991 fue la conjunción de diversas fuerzas políticas: la derecha representada por el Movimiento de Salvación Nacional liderada por Alvaro Gómez Hurtado, la izquierda representada por el M-19, liderado por Antonio Navarro Wolf y el centro representado por el partido liberal, liderado por Horacio Serpa Uribe, quienes a su vez presidieron la Asamblea como copresidentes de la misma.
El constituyente del 91 amplió el mecanismo de la expropiación con fundamento en dos principios fundamentales: la utilidad pública y el interés social, adicionando a la expropiación clásica de naturaleza judicial y previa indemnización, la expropiación administrativa y, en casos excepcionales por razones de equidad, la expropiación sin indemnización, que ya había sido consagrada en la ley de reforma urbana (Ley 9ª. de 1989) para el caso de los llamados urbanizadores “piratas” o ilegales, quienes, aprovechándose de la necesidad de vivienda de los estratos populares, les vendían predios en zonas de ladera con graves riesgos geológicos y que no cumplían con las condiciones mínimas para ser dotados de los servicios públicos básicos, desarrollos urbanos informales que lamentablemente han aumentado los cinturones de miseria que hoy rodean las grandes ciudades colombianas.
Posteriormente, mediante el acto legislativo número 01 de 1999 se reformó la Constitución, eliminándose la expropiación sin indemnización por motivos de equidad, que fue motivada por la necesidad de que Colombia se hiciera parte en los acuerdos internacionales sobre protección de las inversiones extranjeras.
Lo cierto es que hoy el mecanismo de la expropiación está vigente tanto en la Constitución como en la ley y funciona, especialmente la expropiación por vía administrativa. Sin él sería imposible adelantar las grandes obras de infraestructura: construir carreteras, puertos, aeropuertos, hidroeléctricas. Renunciar a su utilización, como lo hizo el candidato Petro, es desconocer el ordenamiento jurídico colombiano, una tremenda equivocación que seguramente va a desprestigiar su candidatura.