¿Cuándo y quiénes reciben la prima de junio 2025? Resuelva aquí sus dudas
Cada semestre, las primas de servicio generan dudas entre empleadores y trabajadores. Lea cuándo se debe pagar, quiénes la reciben, cómo calcularla y posibles sanciones si no se paga la prima de junio 2025.
Con la llegada del sexto mes del año, miles de trabajadores en Colombia esperan el cumplimiento del pago de la prima de junio 2025, una de las obligaciones laborales más importantes. Esta prestación social, equivalente a 15 días de salario por cada semestre trabajado, tiene como fecha límite de pago el 30 de junio, de acuerdo con lo estipulado por el artículo 306 del Código Sustantivo del Trabajo (CST).

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¿Cuándo se debe pagar la prima de junio 2025?
La prima de junio 2025 debe ser pagada por los empleadores a más tardar el 30 de junio de cada año. Esta obligación se repite en diciembre, con una segunda cuota pagadera antes del día 20 de ese mes. El pago corresponde a la mitad de un salario mensual por cada año completo laborado, distribuido en dos partes anuales.
El Ministerio del Trabajo ha recordado que el no pago oportuno de la prima de junio puede conllevar sanciones, que incluyen intereses moratorios e investigaciones administrativas.
¿Quiénes deben recibir la prima de junio 2025?
El artículo 306 del CST establece claramente quiénes tienen derecho a esta prestación. La prima de junio 2025 debe pagarse a todos los trabajadores vinculados mediante un contrato laboral, sin importar si su jornada es completa, parcial o por días, siempre que exista una relación subordinada.
Tienen derecho al pago:
- Trabajadores con contrato a término fijo, indefinido o por obra o labor.
- Trabajadores de tiempo completo, medio tiempo o por días.
- Empleados del servicio doméstico, choferes familiares, jardineros y cuidadores con vínculo laboral.
- Trabajadores de fincas con contrato de trabajo.
No tienen derecho:
- Contratistas por prestación de servicios.
- Trabajadores independientes sin contrato laboral.
- Personas con contrato de aprendizaje.
- Empleados con salario integral.

¿Cómo se calcula la prima de junio 2025?
El cálculo de la prima de junio 2025 se realiza en proporción al tiempo efectivamente trabajado en el semestre. Para calcularla se aplica la siguiente fórmula:
Prima = (Salario mensual + Auxilio de transporte) × Días trabajados / 360
Ejemplo:
Un trabajador que devenga el salario mínimo legal de 2025 ($1.423.500) y recibe auxilio de transporte ($200.000), con 180 días trabajados durante el semestre, recibirá una prima así:
- ($1.623.500 × 180) / 360 = $811.750
Este valor aplica si trabajó todos los días del semestre. Si el ingreso fue posterior a enero, se calcula proporcionalmente a los días trabajados.
También, es importante que tenga en cuenta:
- La base de cálculo es el salario al momento de liquidar la prima.
- Se incluyen prestaciones pactadas que hagan parte del salario.
- No se deben contar como salario las bonificaciones no salariales ni los viáticos ocasionales.
En caso de empleados por días, se suma el total devengado en el semestre y se aplica la fórmula para obtener la prima correspondiente.
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¿Qué debe hacer si no le pagan la prima de junio 2025?
El no pago de la prima de junio 2025 constituye una infracción legal y puede ser denunciado. Los pasos recomendados para el trabajador son:
- Buscar un acuerdo con el empleador. se sugiere intentar una conciliación directa como primer paso.
- Acudir al Ministerio del Trabajo. se puede presentar una queja ante la Inspección de Trabajo, presencialmente o por canales en línea.
- Solicitar conciliación. si no hay inspector disponible, puede acudir a la Defensoría del Pueblo, el Personero Municipal o consultorios jurídicos.
- Presentar demanda judicial. si las instancias anteriores no resuelven la situación, se puede acudir a un juez laboral del lugar donde se prestó el servicio.

En todos los casos, la empresa podría ser sancionada con multas de hasta 5.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes si se comprueba el incumplimiento. Además, deberá pagar intereses moratorios, según lo establece el artículo 65 del CST.
El pago de la prima de junio 2025 es una obligación legal que deben cumplir los empleadores del sector privado en Colombia. Abarca a todos los trabajadores con contrato laboral vigente, sin importar su modalidad de vinculación.