Estas son las nuevas primas, horas extras, auxilios y el salario docente 2025, según los decretos salariales
Con los decretos salariales expedidos, no solo se confirmó el salario docente 2025 con sus respectiva tabla salarial docente, sino también las primas, auxilios y el valor de las horas extras. Entérese aquí.
Ya puede conocer el salario docente 2025. El Gobierno Nacional oficializó el aumento salarial para los docentes y directivos docentes del sector público en Colombia para el año 2025, mediante el Decreto 0596 de 2025. El incremento acordado asciende al 7% sobre la asignación básica mensual, con efectos retroactivos desde el 1° de enero de 2025.
Este ajuste resulta de la negociación colectiva entre el Ministerio de Educación y las organizaciones sindicales del magisterio, que acordaron un aumento equivalente al Índice de Precios al Consumidor (IPC) certificado por el DANE para 2024, que fue de 5.2%, más un 1.8% adicional, como mejora real del salario frente al costo de vida.
A continuación, le contamos cómo quedaron las primas y las horas extras para el magisterio colombiano. Asimismo, presentamos la tabla del salario docente 2025, en la que podrá consultar su asignación básica para este 2025.

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Estas son las primas y auxilios que tendrán los docentes en 2025
Además del aumento salarial directo, el decreto contempla una amplia serie de beneficios, primas y bonificaciones, muchos de ellos condicionados al cargo, la antigüedad, el tipo de jornada y el lugar de prestación del servicio.
Bonificación incorporada: Se mantiene la bonificación reconocida en el Decreto 307 de 2024 como parte de la asignación básica mensual para docentes de ambos regímenes, no escalafonados, e instructores de los INEM o ITA.
Asignaciones adicionales para directivos: Los rectores y coordinadores reciben entre un 10% y 35% adicional sobre su salario base, dependiendo del cargo. También se contempla un reconocimiento especial para directivos que gestionan más de una jornada escolar (hasta 30%) o que implementan la Jornada Única en al menos el 60% de su estudiantado (25% adicional).
Reconocimiento por gestión: Para rectores y directores rurales que cumplan indicadores de permanencia y calidad, se otorga un reconocimiento adicional equivalente a la última asignación básica mensual del año. No constituye factor salarial.
Prima de alimentación: Se asigna una prima mensual de $98.931 para quienes devenguen hasta $3.012.857. No aplica en vacaciones, licencias o cuando se provea el servicio directamente.
Auxilio de transporte: Aplicable para quienes devenguen hasta dos salarios mínimos, en la forma establecida para empleados públicos.
Auxilio de movilización: Docentes en departamentos creados por el artículo 309 de la Constitución o zonas rurales de difícil acceso reciben $56.430 mensuales durante el calendario escolar.
Asignación adicional por antigüedad y nivel: Los docentes de preescolar vinculados antes del 23 de febrero de 1984 reciben un 15% adicional mientras permanezcan en ese nivel educativo.
Prima académica: Se mantiene para instructores de INEM e ITA que ya la percibían, con un valor mensual de $500.
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Así quedó el valor horas extras para el salario docente 2025
En el Artículo 10 del Decreto 0596 de 2025 se establece un valor específico para las horas extras de 60 minutos, que varía según el escalafón. Este beneficio solo procede si hay autorización y disponibilidad presupuestal y no aplica para rectores o directores rurales.
El valor de las horas extras es el que se fija a continuación, dependiendo del correspondiente grado en el escalafón:
| Grado Escalafón | Valor Horas Extras |
| A, B, 1, 2, 3, 4 y 5 | $ 12.737 |
| 6, 7 y 8 | $ 17.068 |
| 9, 10 y 11 | $ 17.617 |
| 12, 13 y 14 | $ 21.026 |
El valor de las horas extras ara docentes no escalafonados:
| Título | Valor Horas Extras |
| Bachiller | $ 12.737 |
| Técnico Profesional o Tecnólogo | $ 12.737 |
| Profesional Universitario | $ 17.068 |

Salario docente 2025: así queda la tabla salarial para los docentes en 2025
Salario docente 2025 para aquellos que se rigen por el Decreto Ley 1278 de 2002:
Para los docentes y directivos docentes regidos por el Decreto Ley 1278 de 2002, la nueva asignación básica mensual varía según el grado del escalafón (1, 2 o 3) y el nivel de formación (Normalista Superior, Licenciado, Especialista, Magíster o Doctor). Estas tablas salariales incorporan la bonificación establecida en el Decreto 307 de 2024.
| Grado escalafón | Título | Nivel Salarial | Asignación Básica Mensual | |||
| 1 | Normalista Superior o Tecnólogo en Educación | A | $ 2.795.766 | |||
| B | $ 3.563.814 | |||||
| C | $ 4.594.016 | |||||
| D | $ 5.695.093 | |||||
| Grado escalafón | Título | Nivel Salarial | Sin Especialización | Con Especialización | Maestría | Doctorado |
| 2 | Licenciado o Profesional no Licenciado | A | $ 3.518.668 | $ 3.824.552 | $ 4.046.466 | $ 4.574.265 |
| B | $ 4.597.575 | $ 4.886.435 | $ 5.287.211 | $ 5.976.848 | ||
| C | $ 5.369.901 | $ 6.053.652 | $ 6.175.384 | $ 6.980.867 | ||
| D | $ 6.417.027 | $ 7.164.089 | $ 7.379.571 | $ 8.342.124 | ||
| 3 | Licenciado o Profesional no Licenciado con Maestría o Doctorado | A | $ 5.889.081 | $ 7.812.322 | ||
| B | $ 6.972.898 | $ 9.164.072 | ||||
| C | $ 8.012.291 | $ 10.537.414 | ||||
| D | $ 9.992.384 | $ 13.293.724 | ||||
El valor de la horas extras docente según el decreto para los docentes regidos por el Decreto Ley 1278 de 2002 se pagarán así:
| Título | Grado Escalafón | Nivel Salarial | Valor Horas Extras | |
| Normalista Superior o Tecnólogo en Educación | 1 | A | $ 14.596 | |
| B | $ 19.224 | |||
| C | $ 19.987 | |||
| D | $ 24.778 | |||
| Sin Especialización | Con Posgrado | |||
| Licenciado o Profesional no Licenciado | 2 | A | $ 19.589 | $ 19.967 |
| B | $ 20.002 | $ 21.255 | ||
| C | $ 23.362 | $ 27.036 | ||
| D | $ 27.916 | $ 31.158 | ||
| Maestría | Doctorado | |||
| Licenciado o Profesional con Maestría o Doctorado | 3 | A | $ 25.620 | $ 33.977 |
| B | $ 30.331 | $ 39.887 | ||
| C | $ 37.510 | $ 51.202 | ||
| D | $ 43.457 | $ 57.813 | ||

Salario docente 2025 para aquellos que se rigen por el Decreto Ley 2277 de 1979:
En el caso de los docentes regidos por el Decreto Ley 2277 de 1979, también se fija la nueva asignación básica mensual según el grado del escalafón nacional:
| Grado Escalafón | Asignación Básica Mensual |
| A | $ 1.658.249 |
| B | $ 1.836.973 |
| 1 | $ 2.058.693 |
| 2 | $ 2.133.974 |
| 3 | $ 2.264.552 |
| 4 | $ 2.353.946 |
| 5 | $ 2.502.415 |
| 6 | $ 2.647.042 |
| 7 | $ 2.962.361 |
| 8 | $ 3.253.965 |
| 9 | $ 3.604.716 |
| 10 | $ 3.946.900 |
| 11 | $ 4.506.804 |
| 12 | $ 5.361.107 |
| 13 | $ 5.934.335 |
| 14 | $ 6.758.592 |
Para educadores estatales no escalafonados nombrados antes del régimen del Decreto 1278, con diferenciación por nivel educativo acreditado (Bachiller, Técnico, Tecnólogo, Profesional):
| Título | Asignación Básica Mensual |
| Bachiller | $ 1.535.183 |
| Técnico Profesional o Tecnólogo | $ 2.032.211 |
| Profesional Universitario | $ 2.483.187 |
Los instructores de los INEM (Institutos Nacionales de Educación Media) y los ITA (Institutos Técnico Industriales) no escalafonado y vinculado antes del 1 de enero de 1984, tendrá la siguiente asignación básica mensual para 2025:
| Asignación Básica Mensual | |
| I, II y A | $ 3.417.176 |
| III y B | $ 2.938.103 |
| IV y C | $ 2.766.028 |