Agentes de tránsito no lo pueden multar si le “falta” algún implemento al botiquín: así funciona el kit de carretera, según la ley
Muchos conductores creen conocer la norma, pero no todos saben qué puede o no exigir un agente sobre el kit de carretera.

El kit de carretera es un elemento obligatorio para todos los vehículos que circulan en Colombia. Este conjunto de herramientas y accesorios está destinado a prevenir emergencias y garantizar la seguridad vial, pero su aplicación y las sanciones por no portarlo generan confusión frecuente entre los conductores.

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La infracción y la sanción
La falta del kit de carretera completo puede generar una multa correspondiente a la infracción C11 que se refiere a carecer del equipo de prevención y seguridad. Esta sanción equivale a 15 salarios mínimos legales diarios vigentes (SMLDV). En 2025, el valor se calcula en $711.750.
Aun así, el Ministerio de Transporte aclara que esta sanción aplica solo cuando el conductor no porta el equipo completo. No puede imponerse un comparendo por elementos faltantes o vencidos dentro del botiquín de primeros auxilios, por ejemplo, si le falta una gasa, algodón o un analgésico, ya que la norma no detalla el contenido exacto de este.
El Acuerdo 051 de 1993 establece unos mínimos recomendados —como antisépticos, gasas, algodón y vendas—, pero no tener uno de ellos no es motivo de multa. Las autoridades de tránsito no están facultadas para revisar ni sancionar el contenido interno del botiquín si este está presente dentro del vehículo.

Entonces, ¿qué debe incluir el kit de carretera?
De acuerdo con el artículo 30 del Código Nacional de Tránsito (Ley 769 de 2002), el kit de carretera debe estar presente en todos los vehículos. Según el Ministerio de Transporte, los elementos mínimos exigidos son:
- Dos señales reflectivas de carretera (en forma de triángulo).
- Un extintor.
- Un botiquín de primeros auxilios.
- Una linterna.
- Herramientas básicas (alicates, destornilladores y llaves).
- Un gato con capacidad para elevar el vehículo y una cruceta.
- Una llanta de repuesto.
- Dos tacos para bloquear el vehículo.
Estos implementos son parte del equipo de prevención y seguridad, y su ausencia puede derivar en una sanción establecida en el Código de Tránsito.
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¿Qué ocurre con las motocicletas que tienen baúl?
En el caso de las motocicletas, la aplicación del kit de carretera es diferente. Por las dimensiones y características de estos vehículos, no es posible portar todos los elementos exigidos para un automóvil. Aunque, si una moto cuenta con baúl, el Ministerio de Transporte ha indicado que los agentes pueden exigir ciertos implementos básicos.
Los motociclistas con baúl deberían portar, al menos:
- Un pequeño botiquín de primeros auxilios.
- Una linterna.
- Herramientas mínimas.
- Señales reflectivas plegables.
Esto responde a la interpretación del Ministerio, que considera que, al existir espacio adicional, es posible llevar parte del kit de carretera. En caso contrario, las autoridades no pueden imponer una multa si el vehículo no tiene la capacidad física para transportarlo.

¿A qué tienen derecho los conductores?
Ante un comparendo por no portar alguno de los elementos del kit de carretera, el conductor puede ejercer su derecho a la defensa. El Ministerio de Transporte ha reiterado que los agentes no pueden sancionar por la falta de un producto específico dentro del botiquín ni por artículos vencidos.
Además, cualquier sanción impuesta debe corresponder estrictamente a la falta del equipo completo y no a la interpretación del contenido. Los conductores pueden acudir al proceso de contravención para solicitar la revisión del caso.
Tanto conductores de automóviles como motociclistas deben conocer las normas para evitar multas injustificadas y garantizar que su equipo de seguridad cumpla con los lineamientos del Código Nacional de Tránsito.
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