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sábado, 27 de diciembre de 2025
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¿Qué pasa con el aumento salarial de los docentes universitarios en 2024?

Se acerca el pago de febrero y los profesores de las universidades públicas se preguntan por el aumento salarial de 2024. Falta el decreto presidencial que autoriza el pago.

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El valor del punto salarial en 2024 para profesores universitarios de universidades públicas está calculado en $20.895. Sin embargo, este valor no se ha hecho efectivo en sus nóminas pues la Presidencia de la República no ha expedido los decretos para el aumento salarial de los empleados públicos del orden nacional.

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Factores que determinan el aumento salarial de los docentes universitarios

El DANE hizo público el dato de la inflación de 2023, fijándola en 9,28%. Este es el dato clave para calcular el aumento salarial de los docentes universitarios y de los demás funcionarios públicos. 

Al dato de la inflación se suma el Acuerdo Colectivo entre el Gobierno Nacional y las centrales obreras. Para 2024 el aumento salarial se pactó en IPC más el 1.6%.

Por lo que se prevé que el valor del punto salarial en las universidades públicas se incremente en un 10.88% respecto de 2023, pasando de $18.845 a $20.895.

Mientras no se expidan los nuevos decretos de aumento salarial de empleados públicos y la nómina de los docentes de universidades públicas sigue regido por el antiguo Decreto (Decreto 0885 de 2023). 

Los docentes deben estar atentos  a que una vez sean expidan los decretos, se realice el pago retroactivo de los valores pendientes de los meses de enero, febrero y hasta que se efectúe el reajuste.


¿Cómo operan los puntos salariales para los profesores de universidades públicas?

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Vale la pena recordar que el régimen salarial de los profesores de instituciones de educación superior públicas está establecido en el Decreto 1279 de 2002.

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Este Decreto establece un sistema de puntos salariales, cuya sumatoria equivale a la remuneración mensual de los docentes de planta en las universidades estatales.

Dichos puntos se obtienen de las siguientes variables:

  1. La formación universitaria en pregrado. Con un puntaje máximo de 178, a excepción de medicina y composición musical que tienen 183 puntos.
  2. La categoría dentro del escalafón docente. El profesor debe ser clasificado en alguna de las cuatro categorías: Auxiliar, asistente, asociado o titular. Cada ascenso en la carrera docente también implica una asignación adicional de puntaje.
  3. La experiencia calificada, cuyo puntaje depende de la categoría en el escalafón docente.
  4. La productividad académica. El número de puntos que se pueden asignar depende del tipo de producto académico (artículos de revista, libros, obras artísticas, entre otros).

En todo caso, el Decreto 1279 establece los topes máximos de reconocimientos de puntos salariales,  por ejemplo, sobre la productividad académica se establecen los siguientes según la categoría:

  • Profesor Auxiliar: 80 puntos.
  • Profesor Asistente: 160 puntos
  • Profesor Asociado: 320 puntos
  • Profesor Titular: 540 puntos
  • Instructor Asociado: 110 puntos

Con estos criterios, los docentes de planta de las universidades públicas tienen dos formas de movilidad en sus ingresos: 1. Por la obtención de nuevos puntos y 2. Por el incremento del valor del punto salarial conforme a lo establecido por el Gobierno Nacional. 

Para la primera forma, las universidades públicas cuentan con un  Comité Interno de Asignación y Reconocimiento de Puntaje – CIARP, que analiza las solicitudes de los docentes y determina el porcentaje correspondiente con base en el Decreto 1279 de 2002.


Sobre la segunda forma, vale precisar que ha dependido del incremento salarial pactado anualmente para los empleados públicos en la negociación colectiva con las centrales obreras.

El resultado actual de la negociaciones con las Centrales Obreras es el Decreto 0885 del 2 de junio de 2023, expedido por el Gobierno Nacional.

Este Decreto estableció el valor del punto salarial en $18.845, ordenando el pago retroactivo desde el 01 de enero de ese mismo año. Una medida similar sobre la retroactividad debe realizarse en 2024.

Vale la pena precisar que el mismo Decreto 1279 de 2002 ha señalado que no aplica para docentes provisionales y docentes de cátedra. Sin embargo, la Universidad de Cartagena y la Universidad de Caldas, han señalado en derechos de pPetición presentados por este medio de comunicación que utilizan los mismos criterios para calcular el aumento salarial de los docentes provisionales y de cátedra.