¿Qué hacer con los beneficios tributarios y el impuesto de renta a las empresas? Observatorio Fiscal de la Javeriana responde
Por beneficios tributarios, no se paga la tarifa del impuesto de renta a las empresas que dice la norma. La directora de Tributación del Observatorio Fiscal de la Javeriana nos explicó qué son los beneficios tributarios y por qué es difícil reducirlos o eliminarlos. Entrevista.

El presidente de la República, Gustavo Petro, mencionó hace poco la necesidad de reducir el impuesto de renta de las empresas y de aumentar el de las personas naturales. Mientras que en el promedio de países de la OCDE las personas naturales aportaban el 70% del impuesto de renta total en 2021, en Colombia esa proporción está invertida en contra de las empresas.
Pero hablar de reducir el impuesto de renta a las empresas implica plantear otro tema. El ministro de Hacienda, Ricardo Bonilla, afirmó que la idea es bajar la tarifa nominal del 35% al 30%. Sin embargo, un reciente estudio del Observatorio Fiscal de la Javeriana demostró que en algunas actividades económicas lo que pagan las empresas en realidad (tasa efectiva) no llega ni al 15%.
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Además, el propio Ministerio de Hacienda ha señalado que las grandes empresas tienen las tasas efectivas de tributación más bajas. Es decir, son las que más reciben beneficios tributarios, mientras las Mipymes (micro, pequeñas y medianas empresas) pagan proporcionalmente más impuestos.
Para tratar estos temas, Más Colombia habló con Liliana Heredia, profesora de la Pontificia Universidad Javeriana de Cali y directora de Tributación del Observatorio Fiscal de la Javeriana.
¿Qué explica las diferencias tan importantes entre la Tarifa Nominal y la Tarifa Efectiva del impuesto de renta de las empresas?
Esto se debe a que la normativa contempla una serie de beneficios tributarios: rentas exentas, ingresos que no son sujetos a gravamen, deducciones especiales, descuentos tributarios.
Un ejemplo de esos beneficios son las rentas exentas de la economía naranja, que siguen vigentes para las empresas que lograron acogerse. También hay rentas exentas por producción de energía eólica.
En deducciones especiales, por ejemplo, si contratas personas que son viudas de miembros de las Fuerzas Armadas que fallecieron en combate, entonces la deducción no es del 100% sino del 200%. O si haces mantenimiento a propiedades que son patrimonio, aunque no tenga nada que ver con la actividad, hay una deducción especial.
Otro ejemplo es el descuento tributario de reducción del IVA en la adquisición e importación de activos productivos. Ese tipo de cosas son las que hacen que la tarifa efectiva baje y no sea igual a la tarifa nominal del impuesto de renta de las empresas.
¿Cuáles son los criterios técnicos para otorgar esos beneficios tributarios?
Esa es la gran pregunta y es una de las preocupaciones que han tenido distintos organismos. De hecho, hay un informe del Banco Mundial de 2012 que le sugiere a Colombia evaluar los beneficios tributarios.
Creo que esto es importante tenerlo claro: no es que los beneficios sean malos en sí mismos, pero se necesita una evaluación técnica de por qué crear un beneficio. Además, en política pública es fundamental hacer la evaluación posterior, para validar si todavía se justifica mantener un beneficio tributario. Pero eso no se está haciendo.
¿En materia tributaria qué hacemos? Se crea un beneficio y luego se modifica, pero no hay un soporte técnico para eso. Ahí es donde está el inconveniente: no es claro por qué se crean los beneficios tributarios y no es claro por qué se mantienen en el tiempo.

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En el actual panorama de Colombia, ¿es realista pensar en eliminar los beneficios tributarios?
La eliminación como tal de los beneficios tributarios va a tener dificultades normativas, por un lado, y políticas, por el otro. El primer elemento es de voluntad política. Hay sectores que tienen muy buen lobby en el legislativo y va a ser muy difícil desmontarles los beneficios tributarios.
También hay dificultades normativas porque los beneficios tributarios ya adquiridos son difíciles de quitar. Ya vimos el año pasado el fallo de la Corte Constitucional de mantener una tarifa menor para las zonas francas. No es tan fácil de quitar porque los cambios empiezan a regir hacia adelante, pero los beneficios ya están adquiridos por varios años.
Aquí vale la pena mencionar que, en el año 2022, con la Ley 2277, si bien no se eliminaron los beneficios tributarios, sí se redujeron por dos vías: primero, con la tasa de tributación depurada, que es un mecanismo para que las empresas paguen por lo menos un 15% de tasa efectiva; segundo, limitar algunos de esos beneficios tributarios al 3% de la renta líquida.
El segundo gran tema para hablar es el de tarifas diferenciales del impuesto de renta a las empresas. ¿Qué opinan en el Observatorio de ese tema?
Hemos tenido algunas opiniones divididas. Y hemos transitado por momentos a favor y en contra de la tarifa diferencial del impuesto de renta a las empresas. ¿Desde qué perspectiva sería un no a la tarifa diferencial? Por temas de simplicidad del sistema. Siempre hemos dicho desde el Observatorio que el sistema es complejo. Introducir más tarifas iría en contravía de simplificar el sistema.
A pesar de esa procura nuestra de proponer simplicidad en el sistema, en un análisis encontramos que existe una brecha muy grande entre los ingresos y activos de las pymes y los de las empresas grandes.
Esto conduciría a pensar que tener tarifas diferenciadas no se va a convertir en un desincentivo para que las empresas quieran crecer, porque todavía tienen muchísimo margen para ese crecimiento.
Un ejercicio que debemos hacer es evaluar la experiencia de países que tienen tarifa diferencial para el impuesto de renta a las empresas. Francia, Bélgica, Polonia y Portugal son algunos ejemplos de países que tienen tarifas reducidas para las pequeñas empresas.
¿Las tarifas diferenciales para el impuesto de renta a las empresas incentivaría el fraccionamiento de las empresas?
En Colombia tenemos algunas experiencias no gratas de normativas que son creadas para promover la formalidad, pero que algunas empresas han usado de mala forma. Es posible que algunas empresas busquen maneras de tener una tasa efectiva menor. Por ejemplo, escindiendo patrimonio para crear empresas más pequeñas.
En el 2010 ya pasó que empresas grandes aprovecharon los incentivos tributarios, creados con el fin de formalizar las Mipymes, para crear empresas pequeñas y reducir su carga impositiva. Lamentablemente, nuestra cultura tributaria no es la mejor.