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viernes, 20 de febrero de 2026
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Precisiones claves sobre continuidad de docentes provisionales en vacantes temporales y definitivas y uso del Sistema Maestro

La Circular No. 20 de 2024 dio a conocer puntos clave sobre la continuidad de docentes provisionales en vacantes temporales y definitivas. La Circular de la Secretaría de Educación de Bogotá también establece directrices para el uso del Sistema Maestro.

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El pasado 23 de agosto de 2024, la Secretaría de Educación de Bogotá expidió la Circular No. 20, un documento clave para clarificar la continuidad de los docentes provisionales en vacantes temporales y la aplicación del Sistema Maestro. 

Esta circular, dirigida a rectores, directores rurales, coordinadores, directores locales de educación, personal administrativo y la comunidad educativa en general, establece importantes lineamientos para la gestión de vacantes y la estabilidad laboral de los docentes provisionales.


La circular, emitida por el Distrito y dirigida a docentes de la capital también puede servir como guía para los docentes en otras ciudades del país. El documento aborda temas como la prórroga y conversión de vacantes temporales, así como el uso de listados de protección.

El documento surge como complemento a la Circular No. 11 de abril sobre la implementación del Sistema Maestro y responde a la Circular No. 30 del 6 de agosto de 2024, emitida por el Ministerio de Educación Nacional, sobre la estabilidad laboral de los docentes provisionales.

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¿Cuál es el alcance de la circular para garantizar la continuidad de docentes provisionales mediante las listas de protección?

La Secretaría de Educación de Bogotá ha seguido las directrices del Ministerio de Educación Nacional emitidas en 2023 y 2024 para gestionar la continuidad de los docentes provisionales. Esto se ha hecho a través de varias circulares que establecen cómo se deben usar las listas de protección, las cuales priorizan la estabilidad laboral de estos docentes.

En 2024, la Secretaría emitió una circular que indica que las vacantes definitivas y temporales deben cubrirse utilizando una plataforma llamada “Sistema Maestro” y su aplicación “Selección Docentes”. Esta plataforma será activada cuando se agoten las listas de protección de docentes provisionales, y no haya candidatos elegibles disponibles.


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¿Cuál es el alcance de la circular para garantizar la continuidad de los docentes provisionales tanto en vacantes temporales como en vacantes definitivas?

La Circular No. 20 de 2024 establece con precisión el procedimiento y el marco legal que garantizarán la continuidad de los docentes provisionales tanto en vacantes temporales como en vacantes definitivas, en los siguientes casos:

  1. Prórroga de la situación administrativa que origina la vacante temporal: Cuando se presenta una vacante temporal en una institución educativa, debido a que un docente titular se encuentra en una situación administrativa especial (como una licencia), la Secretaría de Educación de Bogotá (SED) puede nombrar a un docente provisional para ocupar ese cargo temporalmente. Este nombramiento provisional dura mientras persista la situación que originó la vacante.

Si dicha situación administrativa sigue sin resolverse, la SED prorrogará el nombramiento provisional del docente para asegurar que no haya interrupciones en la prestación del servicio educativo. Esto significa que se garantizará la continuidad de los docentes provisionales en su puesto hasta que los docentes titulares puedan regresar a su cargo o hasta que se tome una decisión definitiva.

Para que esta prórroga sea válida, debe informarse a tiempo a la SED, para que se emita el acto administrativo correspondiente. Si este acto no se emite dentro de los 15 días hábiles, la vacante deberá ser publicada nuevamente en el aplicativo “Sistema Maestro” y su aplicación “Selección Docentes”, para que otros docentes puedan postularse. Esto garantiza que la educación no se vea afectada por la falta de personal.

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  1. Conversión de la vacante temporal a vacante definitiva: Cuando un docente es nombrado de manera provisional en una vacante temporal (por ejemplo, cuando un docente titular está en licencia), y luego esa vacante se convierte en definitiva (porque el docente titular se traslada o se retira), la Secretaría de Educación puede decidir que el docente provisional permanezca en el cargo de manera definitiva.

Esto ocurre cuando no hay listas de elegibles vigentes para ocupar el puesto. Según las orientaciones del Ministerio de Educación Nacional, en tales casos, el docente provisional puede continuar en su cargo sin necesidad de un nuevo proceso de selección, asegurando así la continuidad del servicio educativo.

  1. Traslado del educador en vacante definitiva: Cuando un docente provisional ocupa una vacante definitiva y se decide trasladarlo a otra vacante definitiva que no ha sido cubierta, la Secretaría de Educación puede realizar este traslado de manera inmediata, sin necesidad de un nuevo proceso de selección. Esto es especialmente relevante cuando no existen listas de elegibles vigentes para cubrir la vacante.

Según el Decreto 1075 de 2015 y su modificación en 2017, antes de finalizar el nombramiento provisional, la Secretaría debe trasladar al docente a una nueva vacante definitiva si está disponible. Este traslado se realiza automáticamente para asegurar que el docente siga vinculado sin interrupciones, cumpliendo con los requisitos de experiencia y formación establecidos en el Manual de Funciones.

Importancia del Sistema Maestro

La circular también reafirma la importancia del Sistema Maestro, regulado por la Resolución No. 03593 de marzo de 2024 del Ministerio de Educación Nacional. Este sistema es esencial para la cobertura de vacantes definitivas o de planta temporal, y su correcto funcionamiento es muy importante para garantizar la estabilidad laboral de los docentes.


La Secretaría de Educación ha establecido un procedimiento claro para gestionar las vacantes temporales y definitivas que se generen a lo largo del año 2024 o hasta el agotamiento de los listados de protección. Una vez que estos listados se agoten, se solicitará al Ministerio de Educación Nacional la habilitación del Sistema Maestro y la reactivación del aplicativo “Selección Docentes” para la provisión de nuevas vacantes.