Reforma pensional abre nuevas oportunidades de negocio para los fondos privados de pensiones: Porvenir
La reforma pensional fue sancionada por el Gobierno Nacional el pasado 16 de julio, y comenzará a regir a partir del 1 de julio de 2025.
Objeto de gran controversia por su contenido y por la manera como fue aprobada, la reforma pensional se aplicará a los hombres que, al 1 de julio de 2024, no hayan completado 900 semanas de cotización y a las mujeres que, a esa misma fecha, no tengan 750 semanas.
Mientras que quienes no logren adquirir el derecho a pensionarse se beneficiarán con ayudas monetarias que no alcanzan a ser una pensión por ser inferiores al salario mínimo, quienes coticen por más 2,3 salarios mínimos verán reducido el monto que recibirán cada mes, en comparación con lo que habrían recibido en el régimen de prima media actual.
Le puede interesar: Calculadora de la reforma pensional 2024: estime si perderá plata y cuánto aproximadamente
En entrevista exclusiva con Más Colombia, María Lorena Botero, gerente de Beneficios Pensionales en la Administradora de Pensiones y Cesantías Porvenir, analizó los cambios.
Puede ver la entrevista en el video que aparece en la parte superior de la página.
En términos generales, ¿cómo quedarán los fondos privados con esta reforma pensional? ¿se verán beneficiados o afectados?
Lo mejor de esta reforma pensional es que es un complemento. Ya no vamos a competir sino que nos vamos a complementar. Los fondos privados nos quedamos con todos los afiliados al régimen de transición y los que ya administramos. Porvenir cuenta hoy con 160.000 pensionados que tenemos que seguir atendiendo y 600.000 afiliados en el régimen de transición; ellos seguirán siendo nuestros clientes porque no les aplica la nueva ley.
Algo muy bueno para los fondos es que nos habilita nuevos negocios con los que hoy no contábamos, como por ejemplo lo de licencias modulares y con ello ingresar al mercado de valores. Además, podemos ser fiduciaria. Es decir, se nos abren nuevas oportunidades de negocio con las que no contábamos.
Es una reforma que podemos aprovechar muchísimo para fortalecernos; hay una oportunidad muy importante. Lo único diferente es que el flujo de las cotizaciones nuevas va a llegar a Colpensiones: En Porvenir estamos muy contentos con esta reforma pensional.
¿Qué impacto tendrá la reforma pensional en el número de afiliados en los fondos privados?
El 80% de la población colombiana cotiza por debajo de dos salarios mínimos, lo que significa que Colpensiones recibirá un mayor flujo de ingresos. Sin embargo, los fondos privados seguirán administrando los ahorros existentes y aquellos que no están cubiertos por la nueva ley.
Es un complemento porque antes competían. Es un complemento entre el régimen de prima media (RPM) de Colpensiones y el Régimen de Ahorro Individual (RAIS), como se denomina el de los fondos, que seguimos administrando todo el stock de las personas que entran en la nueva ley porque los saldos se quedan en Porvenir.
Además, seguimos administrando los dineros de las personas que están en el régimen de transición, que son aquellas a las que no les aplica la nueva ley y siguen cobijadas por la Ley 100 del 93.
¿Qué va a pasar con los dineros que los colombianos ya tienen ahorrados en los fondos privados?
Con la nueva ley, los ahorros en los fondos privados se mantendrán en la cuenta individual de la persona generando rendimientos hasta que acceda al beneficio pensional, ya sea una pensión o una renta vitalicia del pilar semicontributivo.
La reforma flexibilizó un poco los traslados para aquellos que quedaron en el régimen de transición. Imaginemos una persona que tiene 60 años y hoy está en Porvenir o en otro fondo privado. No se pasó a Colpensiones, pero estuvo en Colpensiones un tiempo. ¿Podrá hacer ese traslado con la nueva ley?
Sí, puede hacerlo. Se abre una nueva oportunidad de traslado, como se le ha llamado, para hombres con 900 semanas cotizadas y mujeres con 750 semanas, que estén a menos de 10 años de la edad de pensión.
Este proceso incluye una doble asesoría y tienen hasta julio del 2026 para decidir.
- Oportunidad de traslado: Hombres con 900 semanas y mujeres con 750 semanas, a menos de 10 años de la edad de pensión.
- Régimen de transición: Hombres con 900 semanas y mujeres con 750 semanas al 1 de julio del 2025.
- Aplicación de la nueva ley: Personas con menos de 750 semanas (mujeres) y 900 semanas (hombres) al 1 de julio del 2025.
El primer grupo puede hacer un traslado con doble asesoría hasta julio del 2026. El segundo grupo sigue bajo la ley actual y debe tomar una doble asesoría a 11 años de la edad de pensión. El tercer grupo está sujeto a la nueva ley, donde Colpensiones pagará la pensión combinando ahorros en fondos privados y Colpensiones.
Lea también: ¡Pilas! Así puede salvar semanas de cotización para entrar en el régimen de transición de la reforma pensional
¿Puede contranos brevemente cómo quedó el sistema de pilares?
La nueva ley funciona sobre un sistema de pilares:
- Pilar solidario: está dirigido a los colombianos con pérdida de la capacidad laboral, con discapacidad y adultos mayores (mujeres desde los 60 años y hombres desde los 65 años) en situación de pobreza extrema, pobreza y vulnerabilidad, de acuerdo con la focalización que establezca el Gobierno Nacional.
Es un programa similar a Colombia Mayor, que cubrirá a personas adultas otorgándoles una renta de 223.000 pesos, una cifra superior a los 85.000 pesos que hoy se entrega cada dos meses. Esta suma ($223.000) será actualizada los años siguientes, con base en el aumento del Índice de Precios al Consumidor (IPC).
Ninguna persona podrá ser beneficiaria simultáneamente del pilar solidario y de Colombia Mayor. Ambos seguirán siendo programas de transferencias monetarias, con criterios de entrada y salida. Los montos entregados a los beneficiarios de Colombia Mayor no se constituyen como pensión. - Pilar semicontributivo: está dirigido a personas que no cumplen los requisitos para recibir una pensión.
Esta población va a tener la oportunidad de recibir una renta vitalicia de hasta el 80% del salario mínimo legal vigente, calculada en función de lo aportado tanto en Colpensiones como en un fondo privado.
Recordemos que acá no se recibirá un pago único de indemnización sustitutiva. Las personas recibirán una renta vitalicia de por vida, y esto es bueno porque, por ejemplo, cuando se hacía una devolución de saldos de $20 millones, ya al otro día no se tenía ese dinero porque se volvía plata de bolsillo. - Pilar contributivo: este pilar se aplica a las personas que cotizan a la seguridad social y tienen derecho a la pensión. Aquí hay un cambio importante: las cotizaciones por los primeros 2,3 salarios mínimos irán a Colpensiones y el excedente irá a una administradora como Porvenir.
Se debe resaltar que, en este pilar, todos los colombianos podrán recibir el mismo subsidio para su pensión, sin modificar la edad de la misma (62 años para hombres y 57 años para mujeres). Este pilar también incluye la opción de hacer aportes voluntarios para incrementar la pensión futura.
¿En el pilar semicontributivo se le entregarán esos dineros ahorrados a la gente o se le van a dividir en pequeños montos cada mes?
Cuando los hombres lleguen a los 65 años y las mujeres a los 60 años y no cumplan con los requisitos para pensionarse, los montos ahorrados en Colpensiones y en los fondos privados se sumarán y eso es lo que va a determinar una renta vitalicia que se le va a dar a la persona de por vida.
Eso se vuelve un pago vitalicio hasta que la persona fallezca. No será un pago único como hacíamos antes, sino que ese ahorro se volverá un pago vitalicio.
¿Qué pasa con los BEPS (Beneficios Económicos Periódicos)? ¿desaparecen, se van a ir o se fusionan?
Los BEPS están contemplados dentro del pilar semicontributivo, es decir que con los BEPS se busca beneficiar a las personas que cumplieron la edad para pensionarse, pero no completaron las semanas requeridas para recibir una pensión.
Es decir, hombres con 65 años o más y mujeres mayores de 60 años que hayan cotizado entre 300 y 999 semanas. Lo que cambia acá es que ahora el subsidio será del 30% en lugar del 20% por cada aporte y con eso le definen también una renta vitalicia hasta que fallezca.
Actualmente, los trabajadores informales pueden acceder a los Beneficios Económicos Periódicos (BEPS) de Colpensiones para ahorrar, según sus posibilidades, por lo que también serían contemplados en el pilar semicontributivo.
¿De dónde va a salir la plata para financiar todos estos subsidios y estos pilares?
Los pilares contributivo y semicontributivo se financiarán con las mismas cotizaciones de las personas que están afiliadas al sistema general de pensiones.
El pilar solidario, por su parte, sí saldrá del presupuesto general de la nación, porque allí están las personas en condición de vulnerabilidad y pobreza extrema que nunca han cotizado al sistema.
Analistas han dicho que la reforma pensional no es sostenible en el largo plazo, e incluso la ministra del Trabajo señaló que en 15 años será necesario hacerle ajustes a la ley. ¿Cuál es el punto de vista de ustedes?
Colombia necesitaba una reforma pensional y se lograron muchas cosas buenas. Aunque más adelante se necesitarán cambios paramétricos, es importante implementar y operar bajo la nueva ley para ver los efectos a futuro.
Recordemos que en otros países se cotiza por 40 años; en Colombia se requieren solo 26 para acceder a una pensión. También en otras naciones la cotización es del 28%, mientras que en Colombia es solo del 16% para tener una pensión.
Creemos que más adelante sí tendrá que haber unos cambios paramétricos, como dice la Ministra del Trabajo, pero creemos que hay que ir paso a paso sobre todo en la expectativa de vida de las personas que en el mundo viene aumentando. Se trabaja menos tiempo pero se vive más, por eso digo que debe haber, más adelante, unos cambios paramétricos.
Como fondo privado, ¿ven necesario que haya aumentos en la edad de pensión?
Todavía no estamos en esas discusiones. Primero debemos implementar la reforma pensional y empezar a ver los efectos a futuro. No es una conversación que hoy esté sobre la mesa en Porvenir.