MinEnergía dejará a las térmicas comprar combustible a varios mayoristas si peligra la luz de los hogares: comentarios hasta el 19
La excepción solo operaría si peligra la confiabilidad eléctrica. Los embalses estaban al 79 % el 15 de septiembre, pero los aportes siguen bajos.

Las plantas térmicas podrán comprarles combustible a varios distribuidores mayoristas cuando esté en riesgo el suministro eléctrico, si prospera el borrador que el Ministerio de Minas y Energía publicó el 16 de septiembre de 2026. El proyecto de decreto modificaría el Decreto 1073 de 2015 y no rige todavía.
Una planta térmica produce electricidad al quemar combustibles líquidos derivados del petróleo, como aceite combustible para motores (ACPM), fuel oil o nafta. Un distribuidor mayorista los suministra a gran escala. La propuesta busca ampliar las alternativas de abastecimiento ante una contingencia justificada.
Confiabilidad significa que el sistema pueda atender la demanda eléctrica de manera continua. El periodo de riesgo de desabastecimiento es una alerta preventiva ante una posible insuficiencia futura. Colombia está en esa fase, pero no hay racionamiento ni una orden para apagar las térmicas.
¿Qué cambia con el borrador y por qué ahora?
La regla vigente obliga al gran consumidor con instalación fija, quien usa para sí más de 20.000 galones mensuales en promedio, a abastecerse de un solo mayorista. Desde 420.000 galones de ACPM al mes, o si usa fuel oil o nafta, también puede acudir a un importador o refinador.
El texto nuevo dice que las plantas “podrán adquirir combustibles de diferentes distribuidores mayoristas” cuando exista fuerza mayor, caso fortuito o un hecho de terceros previamente justificado. La fuerza mayor es un suceso externo que impide cumplir. La excepción solo se abriría si esa situación pone en riesgo el suministro eléctrico confiable.
La Dirección de Hidrocarburos verificaría los soportes y autorizaría cada operación en el Sistema de Información de Combustibles (SICOM), registro que controla estas transacciones. SICOM tendría que habilitar la compra a más de un mayorista antes de que pueda realizarse.
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La memoria justificativa del Ministerio de Minas y Energía, publicada el 16 de septiembre, señala que la Asociación Colombiana del Petróleo y Gas (ACP) pidió la habilitación el 17 de junio. Las térmicas y los mayoristas también plantearon esa flexibilidad en mesas de seguimiento.
El Centro Nacional de Despacho (CND), operador que decide qué plantas generan, reportó aportes hídricos por debajo de los de 2015-2016 desde junio. Esa comparación corresponde a la hidrología más crítica registrada hasta la fecha, mientras aumenta la dependencia de la generación térmica.
La Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG), regulador del sector, fijó una generación térmica mínima en la Resolución 101 127 de 2026. La Circular 343 activó ese mecanismo desde el 7 de septiembre, como Más Colombia explicó en su nota del 6 de septiembre.
El comunicado del Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales (IDEAM), del 10 de septiembre, calculó una probabilidad superior al 90 % de un Niño muy fuerte entre finales de 2026 y comienzos de 2027. La probabilidad de que sea el más intenso desde 1950 es del 75 %.
| Aspecto | Decreto 1073 vigente | Borrador de MinEnergía |
|---|---|---|
| A quién aplica | Gran consumidor con instalación fija | Plantas térmicas que usan combustibles líquidos y están autorizadas como grandes consumidores con instalación fija |
| A cuántos mayoristas puede comprar | A uno solo | A varios |
| Cuándo | En su abastecimiento ordinario | Ante fuerza mayor, caso fortuito o hechos de terceros justificados que arriesguen la confiabilidad |
| Quién autoriza | La operación sigue la regla general | La Dirección de Hidrocarburos, mediante SICOM |
| Desde cuándo rige | Ya está vigente | Desde el día siguiente a su publicación oficial, si el texto se adopta |
¿Se va a apagar la luz en Colombia?
No hay una decisión oficial de cortar el servicio. XM, la entidad que opera el sistema eléctrico, ubicó los embalses en 79,36 % al cierre de agosto en su comunicado del 16 de septiembre; al 15 de septiembre estaban en 79 %. El borrador amplía proveedores de combustible, pero no crea energía nueva.
¿Cuánto costaría un apagón?
La infografía de la Asociación Colombiana de Generadores de Energía (Acolgen), de noviembre de 2025, cita un estudio del Banco de Bogotá de mayo de 2024. La estimación de $175.000 millones a $204.000 millones diarios corresponde a una hora diaria de racionamiento, no al costo de un apagón total.
¿Cambia mi factura de energía?
El cambio propuesto no fija cobros, subsidios ni componentes tarifarios. Tampoco impone compras adicionales: abre una alternativa si se acredita la contingencia y la autoridad permite la transacción. Este borrador no cambia por sí mismo la factura ni compromete recursos del Presupuesto General de la Nación.
La factura la mueven otras decisiones: las metas de ahorro de la CREG, en la nota de Más Colombia del 10 de septiembre, y la caja del Caribe, con el giro de $300.000 millones al fondo que sostiene a Air-e. Esas decisiones son distintas de esta flexibilización de proveedores.
¿Cómo y hasta cuándo se puede opinar?
Las observaciones se reciben hasta el sábado 19 de septiembre de 2026 en la página del foro de participación ciudadana abierta por MinEnergía el 16 de septiembre. También puede descargarse el formulario y enviarse a pciudadana@minenergia.gov.co. El plazo excepcional para comentar es de tres días calendario.
La urgencia se sustenta en la duración imprevisible de El Niño y la inminencia del riesgo para el servicio. La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), autoridad nacional de competencia y protección al consumidor, no recibirá el informe habitual. La excepción ante la SIC se justifica como una medida transitoria para garantizar el suministro.
El texto todavía puede cambiar después de los comentarios y requiere firma. El Diario Oficial es el registro donde se publican las normas para que produzcan efectos. Si se adopta, la modificación empezaría a regir al día siguiente de esa publicación.