Profesores recibirán prima de servicios docentes 2025: cómo se calcula, cuándo pagan y quiénes califican
La prima de servicios docentes 2025 es un derecho prestacional que representa un importante alivio económico a mitad de año para los educadores del sector oficial.
Sin embargo, no todos los docentes acceden a este beneficio en su totalidad, ya que su reconocimiento depende de varios factores, como el tiempo laborado, el tiempo que se lleven la Entidad Territorial Certificada (ETC) que los vincula y su situación contractual al 30 de junio del año en curso.
Este pago adicional es el resultado de los acuerdos alcanzados entre Fecode y el Gobierno, lo que la convierte en uno de los logros más significativos del gremio en los últimos años.
A continuación, le contamos en qué consiste esta prima de servicios docentes 2025, cuándo la pagan, cómo se calcula, quiénes tienen derecho a recibirla, en qué casos los educadores reciben un pago parcial proporcional y qué pasa con la prima cuando el docente se ha trasladado a de una entidad territorial certificada a otra.
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¿Qué es la prima de servicios docentes 2025?
La prima de servicios es una prestación económica con la que el Estado reconoce el trabajo prestado por los docentes durante el año calendario. En 2025, esta prima continúa vigente con las condiciones estipuladas en el Decreto 1545 de 2013, y equivale a quince (15) días de remuneración mensual del docente o directivo docente, con base en la asignación salarial vigente al 30 de junio del respectivo año.
Esto quiere decir que, al corte del primer semestre del año, se calcula el valor correspondiente a la mitad de un mes de salario (15 días) y se paga como un reconocimiento adicional al ingreso mensual.

¿Cuándo pagan la prima de servicios docentes 2025?
La prima de servicios debe ser pagada a más tardar dentro de los primeros quince (15) días del mes de julio, lo que garantiza que los educadores la reciban al inicio del segundo semestre del año.
Este plazo aplica tanto para docentes como para directivos docentes del sector oficial, siempre que cumplan con los requisitos establecidos.
¿Cómo se calcula la prima de servicios docentes 2025?
Esta prima equivale a 15 días de salario mensual, calculados sobre la asignación básica mensual vigente al 30 de junio de 2025. Para calcular el monto aproximado se debe usar la siguiente fórmula:
Prima de servicios docentes 2025 = (Salario mensual / 30) × 15
Salario mensual: Es la asignación básica mensual que devenga el docente o directivo docente a 30 de junio del respectivo año.
30 días: Se toma como base el mes estándar de 30 días, ya que así se calcula la proporción diaria del salario.
15 días: La prima equivale a 15 días de salario, es decir, medio mes.
¿Quiénes tienen derecho a recibir la prima de servicios docentes 2025?
La normativa es clara en señalar que tienen derecho a la prima de servicios los docentes y directivos docentes que hayan laborado de manera continua durante un año completo, es decir, desde el 1 de julio del año anterior hasta el 30 de junio del presente año. En estos casos, se reconoce el valor completo de la prima correspondiente a 15 días de salario.

¿En qué casos puede darse el pago proporcional de la prima de servicios docentes 2025?
El decreto también contempla la posibilidad de pago proporcional para aquellos trabajadores del sector educativo que no hayan laborado el año completo.
En este caso, según el Decreto 1545 de 2013, el requisito mínimo para tener derecho al pago proporcional de la prima es haber trabajado al menos 6 meses continuos o discontinuos dentro del mismo año fiscal, y en la misma Entidad Territorial Certificada en Educación.
Esto incluye tanto a quienes se encuentren activos, como a quienes se hayan retirado del servicio antes de junio, siempre y cuando cumplan con ese tiempo mínimo de vinculación.
En caso de que un docente haya sido trasladado de una entidad territorial a otra, cada secretaría debe asumir el pago proporcional al tiempo efectivamente laborado bajo su jurisdicción.
¿Qué pasa con la prima de servicios docentes 2025 en caso de traslados entre entidades territoriales?
Otra situación que contempla la norma es la de los traslados entre diferentes Entidades Territoriales Certificadas (ETC). En estos casos, cuando un docente ha sido trasladado de una ETC a otra durante el año fiscal, el pago de la prima de servicios será asumido de manera proporcional por cada entidad, en función del tiempo trabajado en cada una.
Por ejemplo, si un docente laboró cuatro meses en una ETC y ocho meses en otra, ambas entidades deberán coordinarse para realizar el pago correspondiente, cada una según su proporción.
Este mecanismo busca garantizar la equidad y el reconocimiento pleno del tiempo de servicio, sin que el traslado ocasione una pérdida o afectación en el derecho a recibir la prima.

Normativa de la prima de servicios docentes 2025
El Decreto 1545 de 2013 es una norma expedida por el Gobierno Nacional de Colombia que reglamenta el pago de la prima de servicios para los docentes y directivos docentes estatales del sector educativo oficial.
El decreto establece que la prima de servicios equivale a 15 días de la asignación básica mensual, calculada sobre el salario devengado al 30 de junio de cada año, y debe ser pagada dentro de los primeros quince días del mes de julio.
También contempla el reconocimiento proporcional del pago en casos de retiro, traslados o cuando no se haya laborado el año completo, siempre que se haya trabajado al menos seis meses en la misma entidad territorial certificada.
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