Alerta en el magisterio: MinTrabajo dice que reforma pensional sí aplica a docentes afiliados al Fomag
En respuesta a un derecho de petición, el Ministerio del Trabajo confirmó que la reciente reforma pensional sí afecta a los docentes afiliados al Fomag, pues no están amparados por un régimen pensional especial. Conozca a quiénes les aplicaría.

Desde que el Gobierno Nacional propuso la reforma pensional, esta no ha dejado de generar polémica, pues reduce la mesada pensional de aquellos que devengan más de 2,3 salarios mínimos mensuales.
Pues bien, ante la incertidumbre que suscitó su aplicación entre los docentes afiliados al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio (Fomag), la exministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez, aseguró en diversas ocasiones que, en principio, los docentes no se verían afectados por la reforma pensional. De acuerdo con Ramírez, a los regímenes especiales, como el del magisterio, se les garantizaría la continuidad de los derechos adquiridos.
Sin embargo, la situación podría ser distinta. Esto se debe a que el Ministerio del Trabajo indicó recientemente, en respuesta a un derecho de petición, que los regímenes especiales del magisterio dejaron de aplicarse a partir de 2010. Solo ciertos grupos, como la Fuerza Pública, el Presidente de la República y algunos docentes del Decreto 2277 que eran parte del magisterio antes de 2003, conservan un régimen especial.
Dada la situación, es fundamental que los docentes y las organizaciones gremiales sigan de cerca las actualizaciones legales y las declaraciones oficiales para comprender cómo la reforma pensional podría impactar su situación y sus derechos laborales, evitando cualquier malentendido o perjuicio en sus condiciones.

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¿Qué dice el Ministerio del Trabajo sobre la reforma pensional y el Magisterio?
La reciente respuesta del Ministerio de Trabajo sobre la reforma pensional en Colombia destaca varios puntos clave para los docentes, especialmente aquellos vinculados al servicio educativo oficial. A continuación, se presenta un resumen de lo expuesto en su comunicación:
- Régimen Pensional Especial y Exceptuado: Según el Ministerio, actualmente, solo los miembros de la Fuerza Pública y el Presidente de la República pertenecen a un régimen pensional especial o exceptuado. También se incluye a los docentes que ingresaron al servicio educativo oficial antes del 27 de junio de 2003, quienes aún se rigen por un régimen distinto al Sistema General de Pensiones. Sin embargo, los regímenes especiales o exceptuados, distintos al Sistema General, expiraron el 31 de julio de 2010.
- Aplicación de la reforma pensional a los docentes: La Ley 2381 de 2024, en su artículo 75, establece que a los docentes vinculados bajo la Ley 812 de 2003, que no se encuentren en el régimen de transición, se les aplicarán las disposiciones de esta nueva normativa. Esto implica que los docentes no acogidos al régimen de transición de la Ley 2381 estarán sujetos al Sistema General de Pensiones.
- Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio: Los docentes que se vinculen después de la entrada en vigencia de la ley 812 de 2003 estarán afiliados al Sistema General de Pensiones y se regirán por las leyes 100 de 1993 y 797 de 2003.
- Disposiciones en el Acto Legislativo 01 de 2005: Este acto derogó los regímenes pensionales especiales, lo que significa que a partir de su vigencia no se podrán establecer regímenes pensionales especiales ni exceptuados, con excepciones específicas para la Fuerza Pública y el Presidente de la República.
- Impacto de la Ley 2381 de 2024: Esta ley establece un nuevo sistema de protección social integral para la vejez, invalidez y muerte de origen común. Para los docentes y otros trabajadores, se articula un Pilar Contributivo basado en el Sistema General de Pensiones.

¿Qué docentes del magisterio se salvarían de la Reforma Pensional?
Los docentes que seguirán amparados bajo los regímenes especiales de pensión son aquellos que cumplen con los siguientes criterios:
- Docentes vinculados antes del 27 de junio de 2003:
- Mantienen los beneficios del régimen exceptuado del magisterio.
- Sus condiciones de jubilación seguirán rigiéndose por las normas previas a la reforma hasta que se extinga el régimen con la jubilación del último beneficiario.
- Siguen afiliados al FOMAG, lo que les permite conservar requisitos específicos de edad, tiempo de servicio y liquidación de pensión más favorables en comparación con el Sistema General de Pensiones.
- Docentes que ya están pensionados:
- Aquellos que ya gozan de una pensión bajo el régimen especial del magisterio no sufrirán modificaciones en su estatus, pues la reforma no tiene carácter retroactivo.
- Docentes que cumplen con el régimen de transición:
- Si un docente reúne los requisitos establecidos en el régimen de transición vigente antes de la reforma, podrá acogerse a los beneficios anteriores, dependiendo de su edad y tiempo de servicio al momento de la entrada en vigor de la Ley 2381 de 2024.
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¿Qué docentes del magisterio no se salvarían de la Reforma Pensional?
Los docentes que no están amparados por los regímenes exceptuados y, por tanto, quedan sujetos a la Reforma Pensional son:
- Docentes vinculados después del 27 de junio de 2003:
- Están regidos por el Sistema General de Pensiones, ya que su régimen exceptuado dejó de aplicarse con la entrada en vigor de la Ley 812 de 2003.
- Su pensión se calculará bajo los lineamientos de Colpensiones o fondos privados, en función del pilar contributivo definido en la Reforma Pensional.
- Docentes que no cumplen con los requisitos del régimen de transición:
- Aquellos que no alcanzaron los años de cotización o la edad mínima exigida por el régimen anterior antes de la reforma deberán acogerse a las nuevas reglas establecidas en la Ley 2381 de 2024.
- Docentes nuevos o que se vinculen en el futuro:
- Todos los docentes que ingresen al sistema educativo después de la entrada en vigencia de la reforma estarán obligatoriamente bajo el Sistema General de Pensiones, perdiendo cualquier beneficio de los regímenes anteriores.

La respuesta a este derecho de petición preocupa a los docentes del magisterio afiliados al Fomag porque dice que la Ley 2381 de 2024 que solo un grupo reducido de docentes conservará su régimen especial de pensión, mientras que la mayoría de los nuevos y actuales educadores estarán sujetos al nuevo modelo de pilares del Sistema General de Pensiones.
Esto marca un punto de inflexión en las condiciones de jubilación del magisterio, por lo que es fundamental que los docentes y sus organizaciones gremiales permanezcan atentos a cualquier actualización legislativa que pueda impactar sus derechos pensionales.