Superar los límites de velocidad y manejar sin pase o con tragos podría llevarlo a la cárcel: polémico proyecto de ley
En el Congreso de la República se está debatiendo un polémico proyecto de ley, que pone en el ojo del huracán los límites de velocidad y podría mandar a muchos a la cárcel.
Aunque el proyecto tendría como finalidad fortalecer la seguridad vial y reducir los accidentes de tránsito ocurridos por exceder los límites de velocidad o por manejar bajo los efectos del alcohol o las sustancias psicoactivas, las modificaciones propuestas al Código Nacional de Tránsito han despertado toda suerte de reacciones controversiales.
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Cárcel para los que superen los límites de velocidad
El proyecto, que está siendo discutido en el Congreso de la República, es impulsado por el exsenador Roy Barreras y ha recibido el apoyo de varios congresistas, a pesar de ser considerado extremo por muchos internautas.
De manera simplificada, lo que el proyecto busca es promover políticas que permitan salvaguardar los derechos fundamentales de los ciudadanos en el marco de las problemáticas de movilidad que protagoniza el país.
En el proyecto se puede leer: “Conducir un vehículo automotor o motocicleta a una velocidad de treinta (30) kilómetros por hora o más, por encima de la velocidad máxima permitida en el sitio de ocurrencia del hecho, incurrirá en prisión de tres (3) a seis (6) meses y multa de trece (13) a setenta y cinco (75) salarios mínimos, legales, mensuales vigentes”.
No portar la licencia o manejar con tragos también daría cárcel
Además de los límites de velocidad, el proyecto de ley también contempla medidas privativas de la libertad para aquellos que conduzcan bajo los efectos del alcohol o de sustancias psicoactivas, e incluso para quienes conduzcan sin portar la licencia de conducción.
El nuevo proyecto de Ley propone que, quienes cometan estas infracciones, enfrenten sanciones penales de reclusión que oscilan entre tres y seis meses y multas que van desde 13 a 75 salarios mínimos vigentes.
La sanción aplica para conductores tanto de motocicleta como de vehículo y comprende las infracciones de desacato a los límites de velocidad, manejo en estado de ebriedad o bajo efectos de psicoactivos y manejo sin portar licencia de conducción.
Cabe aclarar que, actualmente, el Código Nacional de Tránsito no contempla la privación de la libertad como sanción cuando se superan los límites de velocidad o se conduce un vehículo bajo los efectos del alcohol. En estas circunstancias, el Código establece medidas administrativas que terminan en la retención del vehículo.
En cuanto a manejar sin tener consigo la licencia de conducción, actualmente tiene como consecuencia el pago de multa. De aprobarse el proyecto de ley como está planteado, esta sanción sería reemplazada por el encarcelamiento de tres a seis meses, además de las correspondientes sanciones pecuniarias.
¿La cárcel es la solución?
El propósito fundamental de esta reforma legal es incrementar la seguridad vial en el país, aunque su enfoque punitivo ha generado diversas opiniones en la comunidad y en los círculos legislativos.
La discusión es clara: ¿proponer cárcel para conductores que superen los límites de velocidad es una medida oportuna? El intenso debate gira en torno a varios puntos. Uno de ellos consiste en que, para muchos, el carácter penal de la sanción propuesta para los conductores que desacaten los límites de velocidad, no porten su licencia o manejen con tragos configura una medida excesiva.
Otro punto es la polémica por la posible implementación de sanciones que no serían consecuentes con la falta en la que incurran los conductores. Por ejemplo, quienes conduzcan sin pase tendrían la misma sanción que quienes lo hagan bajos los efectos de sustancias psicoactivas.
Asimismo, se discute si se trata de una medida viable y pertinente en el marco del hacinamiento de las cárceles colombianas.
Otro de los puntos tiene que ver con la polémica sobre si un endurecimiento tan fuerte de las penas se podría convertir en un aliciente para el intento de soborno de agentes de tránsito y la implementación de otras prácticas ilegales, con miras a evadir la sanción.
Desde la otra orilla, hay quienes destacan la importancia de incrementar la seguridad vial en el país, pues las cifras son preocupantes. De acuerdo con el Observatorio de Movilidad de Bogotá, solo en la fría capital, entre enero y abril se registraron 7.017 lesionados por siniestros automovilísticos.
Opiniones divididas
En el Congreso, y desde luego en la opinión pública, las opiniones se dividen entre los que piden severidad en casos en los que, por ejemplo, superar los límites de velocidad ponga en riesgo la vida de transeúntes, y los que consideran que las medidas son desproporcionadas o inviables.
Desde luego, el proyecto contempla otras modificaciones que no se limitan a la sanción penal. Dentro de las reformas propuestas se abordan asuntos referentes a la seguridad vial, como el uso del cinturón de seguridad, el transporte de menores en vehículos, las normativas en torno a la expedición de licencias de conducción y los límites de velocidad para vehículos como patinetas o bicicletas eléctricas.
Sin embargo, la pena de cárcel para quienes superen los límites de velocidad, no porten la licencia de conducción o conduzcan bajo los efectos del alcohol ha sido la medida más controversial y, por lo tanto, la que ha tenido mayor visibilidad.
Actualmente, el proyecto de ley propuesta se encuentra ya en su segunda etapa, pues la plenaria del Senado discutió el proyecto el pasado 15 de agosto.
Se trata, desde luego, de un proyecto que ya despertó la expectativa de los ciudadanos colombianos.
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