Reforma pensional: MinTrabajo hizo aclaración sobre la mesada adicional de diciembre para todos los pensionados

Contrario a la información que circula de manera informal en redes sociales, la reforma pensional no afectará de ninguna manera la mesada adicional de diciembre de los pensionados. El Ministerio del Trabajo aclaró a los pensionados que la prestación se mantendrá sin ninguna alteración.
Así lo señaló el viceministro de Empleo y Pensiones, Iván Jaramillo, en su cuenta de Twitter. Con su pronunciamiento se confirma que la mesada adicional, que tradicionalmente se otorga en diciembre a los pensionados de Colombia, se mantendrá sin alteraciones para los beneficiarios.
Es decir que el monto que los pensionados esperan recibir en diciembre no se verá afectado ni modificado por la implementación de la reforma pensional.
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Reforma pensional: ¿No más mesada adicional decembrina?
La confusión se creó por la difusión de varios mensajes falsos a través de diversas plataformas de redes sociales, en los que se informaba que el proyecto de ley de la reforma pensional eliminará la mesada adicional que los pensionados en Colombia tradicionalmente reciben al finalizar el año.
El viceministro de Empleo y Pensiones, Iván Jaramillo, asegura que el proyecto de ley contempla la mesada decembrina y se acoge a ella sin alterarla de ninguna forma. De modo que los pensionados seguirán recibiendo el monto como de costumbre.
Jaramillo hace además una invitación a usar los recursos informativos disponibles en el sitio oficial del Ministerio del Trabajo para acceder a la información oficial de la reforma pensional –que por supuesto incluye todo lo referente a la mesada de diciembre–, con el objetivo de evitar que la ciudadanía sea víctima de noticias falsas.
El Viceministro de Empleo y Pensiones también afirmó que el proyecto de ley aprobado por la Comisión Séptima del Senado de la República contempla de forma precisa la concesión de este beneficio.
Conforme las declaraciones de Iván Jaramillo, el artículo 89 del proyecto de Ley de la reforma pensional expresa:
“ARTÍCULO 89. MESADA ADICIONAL. Los pensionados por vejez o jubilación, invalidez y sustitución o sobrevivencia continuarán recibiendo cada año, junto con la mesada del mes de noviembre, en la primera quincena del mes de diciembre, el valor correspondiente a una mensualidad adicional a su pensión”.
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La reforma pensional en 10 puntos
Estos son algunos de los puntos clave que usted debe tener en mente sobre la reforma pensional. Tenga en cuenta que esta información proviene del sitio oficial del Ministerio del Trabajo y, por lo tanto, está respaldada por el documento oficial del proyecto de Ley.
- La reforma pensional apunta a un cambio estructural con el fin de ampliar la cobertura.
- Contempla una renta básica para los adultos mayores que no reciben pensión.
- Se amplía la inclusión en el sistema de pensiones para asegurar que todas las personas tengan acceso a un beneficio para su jubilación.
- Mantiene las edades de pensión, es decir, 57 años para mujeres y 62 años para hombres.
- Opta por destinar los fondos de Colpensiones al ahorro con el propósito de asegurar el cumplimiento de los pagos de las pensiones.
- Para quienes ya están en el sistema, la reforma pensional no altera las condiciones previas.
- Incorpora una perspectiva de género con la que reduce en 50 semanas los requisitos para acceder a la pensión por cada hijo criado por una mujer. Esto en casos de máximo 3 hijos.
- Se fortalecerá la jubilación para beneficiarios en situación de discapacidad.
- Los cambios estructurales buscan fortalecer a Colpensiones. Además, demuestran solidaridad hacia los adultos mayores que se encuentran en situación de alta vulnerabilidad.
- Los contribuyentes que deseen aumentar su pensión tienen la opción de efectuar ahorros voluntarios.
Si tiene dudas respecto a los pormenores de la reforma pensional, puede consultar la información oficial en la página de internet del Ministerio del Trabajo o leer el proyecto de ley en este enlace.
Finalmente, tenga en cuenta que el Ministerio del Trabajo no hace envíos masivos de información a través de canales de difusión de WhatsApp ni otras redes sociales. Antes de compartir información, no olvide verificar la veracidad consultando en el sitio oficial de MinTrabajo.
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