Trabajadores de la salud tendrán duro golpe con la reforma pensional 2024
Con los cambios que trae la Reforma Pensional 2024 que se aprobó en el Senado se reducirán significativamente las pensiones de miles de trabajadores de la salud. Estas son las cuentas.
La reforma pensional 2024 ya fue aprobada en la plenaria del Senado. Apenas están conociéndose las primeras reacciones, pero ya está claro que lo aprobado les dará un duro golpe a las pensiones de la mayoría de los trabajadores de la salud, quienes recibirán una pensión mensual más baja de la que recibirían con el régimen actual.
La noticia llega como un balde de agua fría para estos trabajadores, que han visto desde hace años cómo sus salarios caen, a pesar de ser esenciales para la sociedad y de haber hecho grandes esfuerzos para formarse como profesionales en disciplinas caracterizadas por sus altas exigencias.
Solo quedarán excluidos los trabajadores cobijados por el régimen de transición estipulado en la reforma pensional 2024, es decir, los hombres que cuenten con al menos 900 semanas cotizadas y las mujeres que tengan mínimo 750 semanas cotizadas, contadas hasta el 1 de julio de 2025.
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¿Por qué la reforma pensional 2024 les bajará la pensión a miles de trabajadores de la salud?
La reforma pensional no contempla aumentar la edad de pensión ni el mínimo de semanas que debe cotizar una persona para acceder a una pensión de vejez. Sin embargo, sí propone crear un límite a las cotizaciones en Colpensiones. Para ello, crea un umbral que define hasta qué parte de los ingresos se puede cotizar en Colpensiones y, por encima de ese monto, los colombianos tendrán que cotizar en los fondos privados de pensiones.
Para lograr las mayorías en el Senado, el Gobierno Nacional acordó con el Partido Liberal que preside César Gaviria reducir a 2,3 salarios mínimos mensuales el umbral de cotización en Colpensiones.
Luego de que se aprobara este umbral en el Senado, el presidente Petro, a través de una alocución, le pidió a la Cámara de Representantes aprobar un umbral de 4 salarios mínimos mensuales. Las declaraciones han generado incertidumbre. Sin embargo, dado que el umbral aprobado hasta el momento es el de 2,3 salarios mínimos mensuales, es el que tenemos en cuenta en este artículo.

El tema del umbral parece técnico, pero tiene consecuencias directas en el dinero que recibirán cada mes los pensionados. Esto se debe a que la tasa de reemplazo, que define qué porcentaje del Ingreso Base de Liquidación (IBL) recibe cada mes el pensionado, es significativamente menor en el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS) que administran los fondos privados que en el Régimen de Prima Media que administra Colpensiones.
A su vez, el Ingreso Base de Liquidación (IBL) se refiere al promedio de los ingresos de los últimos 10 años de trabajo o de toda la vida laboral, según lo que le resulte más beneficioso al cotizante.
En el caso de Colpensiones, la tasa de reemplazo comienza entre el 55% y el 65%, según los ingresos. Por ejemplo, una persona que cotizó sobre un salario mínimo inicia con una tasa de reemplazo de 65%, mientras que quien cotizó sobre 25 salarios mínimos inicia con una tasa de 55%.
Si la persona cotizó más de 1.300 semanas, la tasa de reemplazo aumenta en 1,5% con cada paquete de 50 semanas adicionales que haya cotizado. La ley determina que la tasa de reemplazo puede subir hasta el 80%.
Por su parte, en el Régimen de Ahorro Individual no existe una tasa de reemplazo definida, dado que las pensiones dependen de los ahorros individuales más los rendimientos o pérdidas que sufran sus ahorros mientras cotiza.
Sin embargo, en la práctica la tasa de reemplazo en los fondos privados es mucho menor a la de Colpensiones y ronda el 35%, según cálculos de Fedesarrollo. De hecho, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) informó que en enero de 2024 se situó en un 28%. Así lo explican Nicolás Yemail, líder de la unidad de consultoría de Scola Abogados S.A.S. y experto en seguridad social, y María Alejandra Lara Lizcano, abogada de la misma firma.
Esto significa que una parte significativa de los trabajadores de la salud recibirán una mesada proporcionalmente menor por los ingresos superiores a 2,3 salarios mínimos mensuales con la reforma pensional 2024.
Los primeros 2,3 salarios mínimos mensuales de ingresos tendrían una tasa de reemplazo de entre el 55% y 80% del IBL, según el número de semanas cotizadas.
En contraste, por los ingresos que superen los 2,3 salarios mínimos mensuales la tasa de reemplazo rondará el 35%, dependiendo de lo que logren ahorrar en los fondos privados de pensiones más los rendimientos o menos las pérdidas.
Pensemos, por ejemplo, en un trabajador de la salud que haya tenido unos ingresos promedio de 10 salarios mínimos mensuales durante los últimos 10 años de vida laboral y que haya cotizado el mínimo legal de 1.300 semanas.
Con el régimen actual, accedería en Colpensiones a una tasa de reemplazo del 60,50% y recibiría cada mes una pensión de $7.865.000.
En contraste, con la reforma pensional 2024, y suponiendo una tasa de reemplazo de los fondos privados del 35%, el mismo trabajador recibirá una pensión de $5.312.450 mensuales, es decir, $2.552.550 menos de lo que recibiría con el régimen actual.
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¿Con cuánta plata se pensionará usted cada mes?
En la siguiente tabla, usted podrá estimar cómo le quedará su pensión con el régimen actual, cuánto recibirá con la reforma pensional 2024 en un escenario en el que los fondos privados pensionan a sus afiliados con el equivalente a una tasa de reemplazo del 35% y cuánto dinero dejaría de recibir cada mes. Se asume que se cotizó el mínimo de 1.300 semanas.
| Salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMMLV) | Tasa de reemplazo en Colpensiones | Estimación del dinero que recibiría la persona con el régimen actual | Estimación del dinero que recibirá la persona cada mes con la reforma pensional | Estimación del dinero que se dejará de recibir cada mes con la reforma pensional |
| 1 | 65,00% | 1.300.000 | 1.300.000 | 0 |
| 2 | 64,50% | 1.677.000 | 1.677.000 | 0 |
| 2,3 | 64,35% | 1.924.065 | 1.924.065 | 0 |
| 3 | 64,00% | 2.496.000 | 2.232.100 | -263.900 |
| 4 | 63,50% | 3.302.000 | 2.672.150 | -629.850 |
| 5 | 63,00% | 4.095.000 | 3.112.200 | -982.800 |
| 6 | 62,50% | 4.875.000 | 3.552.250 | -1.322.750 |
| 7 | 62,00% | 5.642.000 | 3.992.300 | -1.649.700 |
| 8 | 61,50% | 6.396.000 | 4.432.350 | -1.963.650 |
| 9 | 61,00% | 7.137.000 | 4.872.400 | -2.264.600 |
| 10 | 60,50% | 7.865.000 | 5.312.450 | -2.552.550 |
| 11 | 60,00% | 8.580.000 | 5.752.500 | -2.827.500 |
| 12 | 59,50% | 9.282.000 | 6.192.550 | -3.089.450 |
| 13 | 59,00% | 9.971.000 | 6.632.600 | -3.338.400 |
| 14 | 58,50% | 10.647.000 | 7.072.650 | -3.574.350 |
| 15 | 58,00% | 11.310.000 | 7.512.700 | -3.797.300 |
| 16 | 57,50% | 11.960.000 | 7.952.750 | -4.007.250 |
| 17 | 57,00% | 12.597.000 | 8.392.800 | -4.204.200 |
| 18 | 56,50% | 13.221.000 | 8.832.850 | -4.388.150 |
| 19 | 56,00% | 13.832.000 | 9.272.900 | -4.559.100 |
| 20 | 55,50% | 14.430.000 | 9.712.950 | -4.717.050 |
| 21 | 55,00% | 15.015.000 | 10.153.000 | -4.862.000 |
| 22 | 55,00% | 15.730.000 | 10.608.000 | -5.122.000 |
| 23 | 55,00% | 16.445.000 | 11.063.000 | -5.382.000 |
| 24 | 55,00% | 17.160.000 | 11.518.000 | -5.642.000 |
| 25 | 55,00% | 17.875.000 | 11.973.000 | -5.902.000 |
Reforma pensional 2024: trabajadores de la salud
Por factores como su nivel de formación académica y experiencia, así como por la responsabilidad de sus cargos, buena parte de los trabajadores de la salud reciben ingresos superiores a los 2,3 salarios mínimos mensuales ($2.990.000 de hoy).
La siguiente tabla del salario promedio, basada en información publicada por el portal CompuTrabajo, permite tener un estimado de los salarios en distintas áreas de la salud.
| Trabajo de la salud | Media salarial |
| Nefrólogo | $ 14.278.680 |
| Oftalmólogo/a | $ 8.393.083 |
| Internista | $ 7.765.824 |
| Especialista en medicina familiar | $ 7.681.181 |
| Ortopedista | $ 7.367.489 |
| Psiquiatra | $ 7.122.927 |
| Médico especialista | $ 6.903.006 |
| Pediatra | $ 6.808.463 |
| Médico/a familiar | $ 6.790.981 |
| Ginecólogo/a | $ 6.719.909 |
| Director médico | $ 6.160.609 |
| Médico/a coordinador | $ 5.269.994 |
| Médico/a laboral | $ 5.073.074 |
| Médico/a ocupacional | $ 5.053.059 |
| Auditor médico | $ 4.901.311 |
| Médico/a de urgencias | $ 3.951.549 |
| Médico/a de hospitalización | $ 3.874.992 |
| Médico/a de turno | $ 3.848.258 |
| Médico/a domiciliario/a | $ 3.599.399 |
| Médico/a general | $ 3.456.890 |
| Optómetra | $ 3.191.861 |
| Ortodoncista | $ 2.646.003 |
| Enfermero/a | $ 2.475.287 |
| Nutricionista | $ 2.233.827 |
| Bacteriólogo/a | $ 2.162.003 |
| Odontólogo/a | $ 2.037.599 |
| Fisioterapeuta | $ 2.015.381 |
| Terapeuta ocupacional | $ 1.997.826 |
| Técnico en laboratorio | $ 1.721.871 |