¿Trabajar para la competencia? exempleados podrían hacerlo en Estados Unidos si se aprueba cambio a la ley
Ayer, la Comisión Federal de Comercio de los Estados Unidos (FTP por sus siglas en inglés), agencia independiente encargada de velar por los derechos de los consumidores y la eliminación de prácticas que atenten contra la libre competencia, presentó una propuesta normativa que busca evitar que las compañías limiten la capacidad de sus empleados para trabajar con sus competidores al término de una relación laboral.
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Específicamente, la propuesta busca eliminar de los contratos laborales las llamadas “cláusulas de no competencia”, que impiden al trabajador, una vez terminado su contrato, desempeñar labores en empresas que compiten directamente con la compañía de la que se retiró o emprender en el mismo campo, usualmente dentro de un área geográfica específica y por un tiempo que puede ser de meses o incluso años.
¿Cuáles son las implicaciones de estas cláusulas?
Algunos estudios encuentran que este tipo de arreglos generan sueldos artificialmente bajos, pues el cambio de trabajo es una de las formas más usuales para obtener proyección personal y aumentos salariales.
También hay evidencia de que estos acuerdos sirven para proteger a las firmas establecidas frente a la “amenaza” de las start-ups, lo cual impacta negativamente la productividad de la economía, pues hacen más ineficientes los emparejamientos entre empleados y empleadores.
Por otra parte, algunos defensores de las cláusulas de no competencia en Estados Unidos aseguran que los empleados tienen en la actualidad la suficiente libertad para negociar contratos laborales en los que se compense la restricción de movilidad que implican las cláusulas, y agregan que con ellas los empresarios se sienten más seguros de invertir en la capacitación de sus empleados y son más proclives a la innovación, de cara a retener el talento.
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Aunque el efecto neto de la medida está por verse, la FTC estima que la nueva reglamentación podría generar un incremento en los salarios que se pagan en el país alrededor de 300 mil millones de dólares al año. Esto se debe, en parte, a que la medida no solo cubre a los asalariados, sino también a independientes, pasantes y trabajadores voluntarios, y a que este tipo de cláusulas afectan a entre el 20% y el 45% de los trabajadores estadounidenses en el sector privado, según reportó el diario The New York Times.
¿Qué pasa en Colombia?
En el país, este tipo de arreglos, que reciben el nombre de “cláusulas de no concurrencia”, están prohibidos por el artículo 44 del Código Sustantivo del Trabajo.
Hasta 1973, las personas que empleaban a trabajadores técnicos, industriales o agrícolas podían hacerlos firmar este tipo de cláusulas que les prohibía trabajar para la competencia por un año luego de terminado el contrato que tuvieran vigente. A cambio, el empleador debía pagar una indemnización de mínimo la mitad del salario.
Cabe mencionar que la prohibición es expresa solo para los contratos laborales, es decir, los que se rigen por el Código Sustantivo del Trabajo. Para contratos de prestación de servicios, que son de carácter civil, estas cláusulas no están prohibidas por la ley.
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