Deudores del Estado: qué implica estar en el boletín
martes, 1 de septiembre de 2026
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Casi un millón de deudores y $165,64 billones en mora con el Estado: figurar en esa lista no impide contratar con él

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El registro suma 996.611 deudores y una cartera de $165,64 billones, pero no bloquea por sí solo la contratación pública ni la posesión en un cargo.

Archivador metálico de una oficina pública con cajones entreabiertos y carpetas bajo luz natural lateral

El listado de obligaciones vencidas con el Estado reúne 996.611 deudores, entre personas naturales y jurídicas, y una cartera morosa, obligaciones vencidas pendientes de pago a entidades públicas, de unos $165,64 billones.

Las cifras provienen de un análisis de la Contraloría General de la República, organismo que vigila el uso de recursos públicos, publicado el 21 de agosto de 2026. Los datos tienen corte al 31 de mayo de 2026; por tanto, no corresponden a una medición publicada hoy.

Estar reportado no impide por sí solo contratar con el Estado ni tomar posesión de un cargo público. La Corte Constitucional retiró esas prohibiciones del orden jurídico en 2005.

Quien quiera comprobar su situación puede consultar el registro en línea. Si ya pagó o pactó el pago, debe acreditar el trámite ante la entidad que lo reportó para que esta gestione el retiro.

¿Qué es el Boletín de Deudores Morosos del Estado?

El Boletín de Deudores Morosos del Estado (BDME), registro consolidado de obligaciones vencidas con el Estado, reúne reportes enviados por entidades públicas. Lo administra la Contaduría General de la Nación, entidad que consolida la información contable pública, con datos de personas naturales y jurídicas que cumplen los requisitos legales.

El boletín fue creado por la Ley 716 de 2001. Las entidades transmiten la información mediante CHIP, sistema para enviar información financiera pública, y la Contaduría construye el registro.

La obligación de reportar está prevista en la Ley 1066 de 2006. Los órganos de control fiscal, incluida la Contraloría, deben verificar su cumplimiento.

¿Cómo saber si estoy reportado?

La consulta es individual y se realiza con el número de identificación en el aplicativo del boletín de la Contaduría. Primero hay que registrarse y obtener una contraseña; después es posible descargar el certificado y conocer cuál entidad pública hizo el reporte.

  • Ingrese al aplicativo y complete el registro.
  • Obtenga la contraseña e inicie sesión.
  • Consulte con el número de identificación.
  • Descargue el certificado e identifique la entidad que reportó.

La consulta permite ubicar el origen del registro. Ese dato es necesario porque cualquier solicitud de retiro debe dirigirse a la entidad reportante, no directamente a la Contaduría.

¿Qué pasa si estoy en el boletín?

Estar en el boletín no impide contratar con el Estado ni posesionarse en un cargo público. Esa prohibición fue declarada inexequible, retirada del orden jurídico por contrariar la Constitución, en 2005. La única consecuencia vigente es una restricción para celebrar un nuevo acuerdo de pago, convenio para cancelar una deuda en plazos, en un caso específico.

La Sentencia C-1083 de 2005 de la Corte Constitucional tumbó las dos prohibiciones que contenía la Ley 901 de 2004. Por eso, el simple reporte no funciona como una inhabilidad general para contratar o ejercer un cargo público.

La consecuencia que sí permanece está en la Ley 1066 de 2006: una entidad debe abstenerse de celebrar un nuevo acuerdo de pago con quien aparezca reportado por incumplir acuerdos anteriores.

La restricción se mantiene hasta que la persona o empresa subsane el incumplimiento y la Contaduría expida la certificación correspondiente.

¿Cómo salgo del boletín?

Después de pagar o suscribir un acuerdo de pago, el interesado debe acreditarlo ante la entidad que lo reportó y pedirle el retiro. No basta con realizar el pago: esa entidad, y no el ciudadano ante la Contaduría, debe actualizar de inmediato la información a través del sistema CHIP.

El primer paso práctico es identificar en el certificado cuál entidad originó el reporte. Luego se presentan ante ella los soportes del pago o del acuerdo suscrito y se solicita la actualización.

La información oficial de la Contaduría sobre el boletín explica tanto la consulta como el trámite. La salida depende de que la entidad reportante procese el retiro en el sistema.

¿Qué deudas entran y desde qué monto?

Entran obligaciones superiores, no iguales, a cinco salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV), referencia anual usada para fijar cuantías, y con más de seis meses de mora. También se identifica a quien incumplió un acuerdo de pago. No se informa aquí una equivalencia exacta en pesos para 2026.

Pueden incluirse impuestos, multas, sanciones, créditos educativos del ICETEX y cuotas partes pensionales. Sin embargo, no entran automáticamente por el nombre de la deuda: deben constituir cuentas o préstamos por cobrar a favor de una entidad pública y cumplir la cuantía y el tiempo de mora exigidos.

El valor total tampoco significa que toda la deuda pueda recuperarse. Parte de la cartera puede estar prescrita o ser incobrable, y el análisis plantea la necesidad de depurarla.

¿Qué encontró la Contraloría en este análisis?

La Contraloría encontró que 20 entidades concentran unos $135,8 billones, cerca del 82 % de la cartera registrada. También cruzó el boletín con bases de pagos y contratación pública. Esos cruces constituyen una alerta para verificar, no un hallazgo fiscal, una imputación ni una acusación de ilegalidad.


Entre diciembre de 2025 y mayo de 2026, 13.282 deudores reportados recibieron unos $124,9 billones mediante SIIF Nación, sistema de pagos del Estado, mientras registraban deudas cercanas a $20,9 billones. El cruce no demuestra que esas personas o empresas hayan actuado ilegalmente.

En SECOP, sistema donde se registra la contratación pública, aparecieron 20.238 deudores que celebraron contratos por unos $16,3 billones y tenían obligaciones pendientes cercanas a $11,8 billones. Esto es consistente con que el reporte no impide contratar.

El análisis también comparó 6.398 entidades estatales identificadas por el Departamento Administrativo de la Función Pública. Desde 2019, 2.545 han reportado cartera al boletín, el 39,78 %, mientras 3.853, el 60,22 %, no registran reporte.

La ausencia de reporte no prueba que esas 3.853 entidades hayan incumplido. La Contraloría todavía verificará si no tienen cartera por reportar o si omitieron la obligación legal.

Fuentes oficiales

Contraloría General de la República: análisis del boletín

Corte Constitucional: Sentencia C-1083 de 2005

Ley 1066 de 2006

Contaduría General de la Nación: información sobre el boletín