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domingo, 10 de noviembre de 2024
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Corte permite audiencias virtuales en ciertos casos a pesar de nueva ley estatutaria de la Rama Judicial

La Corte Suprema de Justicia ha decidido permitir audiencias virtuales en la Rama Judicial, comenzando con la audiencia del exgobernador de Chocó, Ariel Palacios Calderón. Esta decisión representa una excepción a la Ley 2430 de 2024, que promueve la presencialidad en los juicios penales, y apunta a que en ciertos casos se pueda mantener la virtualidad.

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La Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia ha decidido continuar con las audiencias virtuales en los juicios orales, reafirmando una decisión anterior. 

Esta medida pone de manifiesto la relevancia de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) en el sistema judicial, especialmente durante la transición legislativa que afecta a los trabajadores de la Rama Judicial, y en un contexto de búsqueda de mayor eficiencia en la administración de justicia.


La SEPI de la Corte Suprema de Justicia determinó que la audiencia de juicio oral contra el exgobernador de Chocó, Ariel Palacios Calderón, se realizará de manera virtual, tal como se había establecido previamente. 

Esta decisión se justifica por la necesidad de avanzar eficientemente en el proceso judicial, destacando las ventajas de las conexiones remotas e híbridas. A pesar de la Ley 2430 de 2024, que promueve la presencialidad en los juicios penales, se permiten excepciones en ciertos casos.

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¿Cuáles son los fundamentos que permitirían las audiencias virtuales en los juicios penales?

La Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia ha considerado que, a pesar de la Ley 2430 de 2024, que establece la obligatoriedad de la presencialidad en juicios penales, se permitirá la celebración virtual de la audiencia del exgobernador de Chocó, Ariel Palacios Calderón. 

Esta decisión se fundamenta en la continuidad de las pruebas y en la necesidad de optimizar recursos y garantizar la eficiencia en la administración de justicia, utilizando tecnologías de la información y comunicación. Esta decisión se basa en varios factores:


  1. Continuidad del proceso: La audiencia se había programado antes de la promulgación de la ley, y se había avanzado considerablemente en el proceso judicial.
  2. Logística y eficiencia: La Corte destacó que la virtualidad permite una gestión más eficiente de los recursos y facilita la participación de testigos que residen lejos de la sede judicial.
  3. Precedentes legales: La Corte ha indicado que, según el artículo 624 del Código General del Proceso, los actos procesales iniciados deben continuar bajo la normativa vigente al momento de su inicio, lo que justifica la celebración virtual en este caso.

El principio legal que sustenta esta decisión judicial establece que los juicios orales deben llevarse a cabo de manera presencial, a menos que existan razones de fuerza mayor. 

Sin embargo, si las pruebas se han admitido bajo normas que permitían la realización de los juicios en audiencias virtuales, el juicio puede continuar en ese formato hasta su conclusión. 

Esto refleja un intento de adaptar los procedimientos judiciales a las circunstancias actuales, mientras se cumplen las regulaciones pertinentes por parte de quienes trabajan en la Rama Judicial.

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¿Qué dice la Ley 2430 de 2024 sobre la presencialidad y las audiencias virtuales?

La Ley 2430 de 2024, que modifica la Ley Estatutaria de la Administración de Justicia, ha reavivado el debate sobre la presencialidad en los procesos judiciales en Colombia. 

Durante la pandemia, el Decreto 806 de 2020 permitió la implementación de la justicia virtual, logrando en meses lo que la Ley 270 de 1996 no pudo en décadas: digitalizar procesos y utilizar medios electrónicos para audiencias y procedimientos. 

Esto ha llevado a cuestionamientos sobre la efectividad y la necesidad de la presencialidad en la administración de justicia.


A pesar de su disposición hacia la presencialidad en los juicios penales, la decisión de la SEPI de la Corte Suprema de Justicia abre la posibilidad de que se continúen realizando audiencias virtuales.

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¿Cuáles son las preocupaciones de la Rama Judicial con relación a la presencialidad en la administración de justicia?

Los trabajadores de la Rama Judicial han expresado inquietudes sobre la Ley 2430 de 2024, que impone la obligatoriedad de la presencialidad en diversos procedimientos, incluidos los juicios penales. 

Esta normativa ha generado preocupaciones sobre su implementación y su impacto en el acceso a la justicia, especialmente en un contexto donde las audiencias virtuales han demostrado ser efectivas. 

La situación actual subraya la necesidad de lograr un equilibrio entre la legalidad y la eficiencia dentro de la Rama Judicial. Mientras se busca garantizar la justicia, también es fundamental optimizar los recursos y tiempos en los procesos judiciales. 

La adaptación a nuevas modalidades, como las audiencias virtuales, puede ser una solución viable que facilite la administración de justicia sin comprometer los derechos fundamentales de las partes involucradas.