La CRC propone que Caracol y RCN autoricen o prohíban su señal en la TV por cable: el 47 % de los hogares tiene suscripción
Hoy no cambia el acceso de los suscriptores a los canales abiertos. Colombia tiene hasta el 25 de noviembre para cumplir el fallo que originó la propuesta.
La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC), que regula la televisión y las telecomunicaciones, publicó en su comunicado del 5 de octubre de 2026 un proyecto con el que los canales abiertos podrían autorizar o prohibir que la televisión por suscripción retransmita su señal. Busca cumplir un fallo del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina (TJCA), la corte que interpreta las normas comunes de los países andinos.
Los operadores seguirían obligados a entregar esos canales sin costo a sus suscriptores. Sin embargo, la entidad advierte que la falta de acuerdo podría afectar su permanencia en las parrillas, las listas de señales disponibles.
Los comentarios se recibirán hasta el 20 de octubre y Colombia debe cumplir el fallo antes del 25 de noviembre. La propuesta todavía no es una resolución expedida.
¿Me pueden quitar Caracol y RCN del cable?
Hoy nada cambia para quien recibe Caracol, RCN u otros canales abiertos por televisión paga. El proyecto conservaría la entrega sin cobro adicional; nadie ha anunciado retiros ni aumentos de tarifas, y el riesgo descrito no equivale a una salida automática.
La falta de acuerdo podría “incidir en la inclusión o continuidad de las señales abiertas en las parrillas”. Así lo advierte la Comisión de Regulación de Comunicaciones en el documento soporte del proyecto 2000-41-7-22, del 5 de octubre de 2026, que presenta esos efectos como riesgos, no como consecuencias automáticas.
El texto no define qué ocurriría si un canal y un operador no logran un acuerdo. Según el comunicado de la CRC, el 47 % de los hogares tenía televisión por suscripción en 2025.
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¿Qué cambia con la propuesta de la CRC?
Los canales abiertos tendrían el derecho exclusivo de decidir si permiten la retransmisión de sus emisiones. El proyecto de resolución de la Comisión de Regulación de Comunicaciones, publicado el 5 de octubre de 2026, dice que pueden “autorizar o prohibir la retransmisión de sus emisiones por cualquier medio o procedimiento”.
La obligación de distribuir sin costo los canales nacionales y regionales permanecería vigente. Los locales entrarían según la capacidad técnica. Si una empresa ofrece un canal nacional en alta definición (HD), formato de imagen con mayor resolución, tendría que ofrecer todos los nacionales así; los regionales irían en todas las parrillas.
La resolución regiría desde su publicación en el Diario Oficial. Derogaría la Resolución 2291 de 2014, la Circular 10 de 2015 y el artículo 3 de la Resolución 1022 de 2017, todos de la extinta Autoridad Nacional de Televisión (ANTV).
Las observaciones deben enviarse a [email protected] dentro del plazo abierto. Ese correo recibe los comentarios sobre el texto propuesto.
¿Qué dijo el Tribunal Andino?
El Tribunal Andino concluyó el 25 de agosto que Colombia incumplió una norma regional de derechos de autor. La sentencia resolvió dos procesos iniciados en 2018 por Caracol Televisión y RCN Televisión: la Ley 680 de 2001 no elimina el control de los canales sobre la retransmisión.
La Decisión 351 de 1993 es el régimen común de derecho de autor de la Comunidad Andina. Reconoce a los canales un derecho sobre su señal, llamado derecho conexo: según la CRC, el canal puede autorizar gratis su retransmisión por cable o satélite, cobrar por ella o impedirla.
Lo contrario a la norma regional era imponer la gratuidad, no que las partes la acordaran. El fallo encontró contrarias a ese régimen varias medidas administrativas y la sentencia del Tribunal Superior de Bogotá del 28 de marzo de 2017.
Colombia recibió la notificación el 27 de agosto y obtuvo un máximo de 90 días para cumplir. Ese vencimiento explica la urgencia del trámite regulatorio.
¿Por qué pelean los canales y los cableoperadores desde 2014?
La disputa empezó en 2014, cuando los canales privados nacionales retiraron su señal en alta definición de los sistemas de suscripción. Canales y operadores llevaron posiciones opuestas ante la autoridad de televisión, que ordenó mantener las condiciones y estableció que el consentimiento no podía negarse por razones de pago.
Caracol y RCN demandaron en mayo de 2014 a varios operadores por competencia desleal. La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), autoridad que protege la competencia, les dio la razón el 1 de septiembre de 2016 y ordenó no retransmitir sin autorización.
El Tribunal Superior de Bogotá revocó esa decisión y ordenó permitir la retransmisión sin cobro. En 2017, ambos canales llevaron el reclamo a la Comunidad Andina.
La CRC afirma que no puede modificar la sentencia judicial del tribunal bogotano. Su competencia se limita a normas heredadas de la antigua autoridad. El análisis regulatorio advierte que eventuales cobros podrían elevar costos de negociación y operación, con mayor incidencia en operadores pequeños.
¿Cómo ver los canales nacionales sin cable?
La televisión digital terrestre permite ver canales nacionales sin cable, suscripción ni cuotas mensuales. La sección de preguntas frecuentes de TDT para todos, sitio oficial de la televisión digital terrestre (TDT) en Colombia, explica que la señal abierta gratuita se recibe con antena.
Según la CRC, la TDT cubre al 89 % de la población con la televisión privada y al 94 % con la pública. En 2025, el 25,8 % de los hogares utilizó este sistema; cerca de nueve de cada diez están en zona de cobertura.
Se necesita una antena y un televisor compatible con DVB-T2, el estándar técnico usado para recibir TDT en Colombia. Si el equipo no lo incorpora, también hace falta un decodificador; ambos se consiguen en almacenes de cadena y tiendas de tecnología, y su precio depende de la marca y del almacén.