Colpensiones recibirá la cotización de los trabajadores hasta 2,3 salarios mínimos: el umbral equivale hoy a $4.027.081
Si gana más del umbral, solo el aporte sobre el excedente irá a una cuenta individual; el nuevo sistema pensional comenzará el 1 de abril de 2027.
Desde el 1 de abril de 2027, lo que usted gane decidirá a dónde irá su cotización obligatoria para pensión. Hasta 2,3 salarios mínimos irá completa a Colpensiones; si gana más, el aporte se dividirá.
Eso no borra el ahorro que ya tenga en un fondo privado. Ese dinero y sus rendimientos se conservan y se incorporarán al cálculo de la prestación.
Tampoco hay un trámite general que deba completar antes de abril de 2027. Quienes estén afiliados y no queden en el régimen de transición entrarán automáticamente al nuevo sistema.
¿Qué cambia según lo que yo gano?
Si gana hasta 2,3 salarios mínimos, toda su cotización obligatoria irá a Colpensiones. Si gana más, el aporte sobre los primeros 2,3 salarios irá allí y únicamente el correspondiente al excedente, hasta 25 salarios mínimos, irá a una cuenta individual administrada por una entidad autorizada y vigilada.
La prima media es un fondo común administrado por Colpensiones con el que se pagan las pensiones. Una cuenta individual, en cambio, guarda el ahorro y los rendimientos que corresponden a cada afiliado.
| Si usted gana… | A dónde va su cotización |
|---|---|
| Hasta 2,3 salarios mínimos | Toda la cotización obligatoria va al componente de prima media de Colpensiones. |
| Más de 2,3 salarios mínimos | El aporte sobre los primeros 2,3 salarios mínimos va a Colpensiones y el del excedente, hasta 25 salarios mínimos, va a una cuenta individual. |
La cuenta individual del nuevo esquema será manejada por una Administradora del Componente Complementario de Ahorro Individual (ACCAI), entidad autorizada y vigilada por la Superintendencia Financiera, que supervisa el sistema financiero colombiano.
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¿Cuánto es 2,3 salarios mínimos en pesos?
Con el salario mínimo de 2026, fijado en $1.750.905, los 2,3 salarios equivalen a $4.027.081,50. Esa cifra solo sirve como referencia para este año: en abril de 2027 regirá el salario mínimo de 2027 y el valor del umbral deberá calcularse con ese nuevo monto.
Por eso, $4.027.081 no debe leerse como un tope fijo para 2027. La regla legal es 2,3 salarios mínimos, no una suma permanente en pesos.
¿Pierdo la plata que ya tengo ahorrada en mi fondo?
No. Los recursos que ya tenga en una cuenta individual y los rendimientos que hayan generado se conservan. Aunque desde abril de 2027 toda o parte de su nueva cotización vaya a Colpensiones según su salario, ese ahorro existente no desaparece y se incorporará al cálculo de su prestación.
El cambio define el destino de las nuevas cotizaciones obligatorias dentro del sistema. No autoriza a borrar el saldo acumulado por el afiliado.
¿Me van a dar dos pensiones?
No. Al momento de pensionarse se reconocerá una sola pensión, incluso si por ganar más de 2,3 salarios mínimos sus aportes se repartieron entre Colpensiones y una cuenta individual. Los dos componentes se integrarán para calcular y pagar esa única prestación, según las reglas del nuevo sistema.
La división ocurre durante la cotización: una parte puede ir al fondo común y otra a la cuenta individual. No convierte el resultado final en dos pensiones separadas.
¿A quién no le aplica la reforma?
Seguirán por completo bajo las reglas de la Ley 100 de 1993 quienes, al entrar en vigencia el nuevo sistema, tengan al menos 750 semanas cotizadas si son mujeres o 900 si son hombres. Es el régimen de transición, que protege a quienes ya están más cerca de pensionarse.
Los pilares contributivo y semicontributivo tampoco se aplican a afiliados de regímenes especiales o exceptuados, ni a quienes ya obtuvieron una pensión o prestación.
¿Cambia la edad para pensionarme?
No. La reforma mantiene la edad de pensión en 57 años para las mujeres y 62 años para los hombres. Llegar a esa edad, sin embargo, no basta por sí solo: también hay que cumplir la cantidad de semanas exigida, salvo las reglas que cobijen a cada persona.
El cambio para las mujeres está en la reducción gradual de semanas, no en la edad.
¿Cuántas semanas necesito ahora?
Los hombres necesitarán 1.300 semanas. Para las mujeres, el requisito será de 1.225 semanas en 2027 y bajará 25 cada año: 1.200 en 2028 y así sucesivamente hasta llegar a 1.000 semanas en 2036, de acuerdo con el calendario establecido por la ley.
El beneficio adicional de 50 semanas por hijo no puede darse por vigente. Está en el artículo 36, uno de los que la Corte Constitucional devolvió a la Cámara de Representantes.
¿Si ya estoy pensionado me bajan la mesada?
No. La reforma no recalcula ni reduce la mesada de quien ya obtuvo una pensión. Los pensionados por vejez o invalidez están excluidos de los pilares contributivo y semicontributivo del nuevo sistema, y sus derechos pensionales adquiridos continúan protegidos por la Constitución.
En otras palabras, el reparto de nuevas cotizaciones según el salario no se aplica para cambiar una pensión ya reconocida.
¿Tengo que hacer algún trámite antes de abril de 2027?
No existe un trámite general obligatorio antes del 1 de abril de 2027. Las personas ya afiliadas que no estén cubiertas por el régimen de transición serán incorporadas automáticamente al nuevo sistema, sin llenar un formulario nuevo ni pagar a un intermediario para conservar sus derechos.
Quienes no escogieron una ACCAI dentro del plazo fueron asignados de manera aleatoria. Los afiliados a un fondo privado tampoco tenían que afiliarse otra vez.
Revisar la historia laboral sí es aconsejable, pero no exige entregar claves ni pagar intermediarios.
¿Todavía me puedo trasladar de fondo?
La ventana extraordinaria de traslado ya terminó: cerró el 16 de julio de 2026 y exigía doble asesoría. Ese plazo es distinto de la entrada automática al nuevo sistema, por lo que su vencimiento no crea un trámite pendiente ni obliga a pagar para afiliarse de nuevo.
La fecha clave para el arranque del sistema es el 1 de abril de 2027, pero no funciona como una nueva oportunidad general de traslado.
¿Y si no alcanzo a pensionarme?
Quien llegue a 60 años si es mujer o a 65 si es hombre, no logre pensionarse y haya cotizado entre 300 y 999 semanas podrá entrar al pilar semicontributivo. Para los hombres, desde 2036, este cobijará a quienes tengan menos de 1.300 semanas.
El pilar semicontributivo entrega una renta vitalicia, no una pensión. No se hereda y su valor no puede superar el 80 % de un salario mínimo.
Si la persona también cumple las condiciones del pilar solidario, recibirá esa renta y la semicontributiva se calculará con las cotizaciones actualizadas por el Índice de Precios al Consumidor (IPC), que mide la variación de precios, más el saldo individual.
Si no cumple las condiciones del solidario, a las cotizaciones actualizadas por el IPC se agrega un 3 % efectivo anual, un subsidio del 20 % para hombres o del 30 % para mujeres y el saldo individual.
El pilar solidario tampoco es una pensión. Está dirigido a colombianos sin pensión, residentes durante los diez años anteriores y focalizados en pobreza extrema, pobreza o vulnerabilidad: mujeres desde los 60 años y hombres desde los 65.
También cubre, si cumplen las condiciones legales, a mujeres desde los 50 años y hombres desde los 55 con una pérdida de capacidad laboral de al menos 50 %, además de cuidadores. Su valor de 2027 todavía no puede fijarse en pesos.
¿La reforma ya está en firme?
La mayor parte de la ley superó la revisión de los vicios de procedimiento estudiados y comenzará a regir el 1 de abril de 2027, pero no todos sus artículos están en firme. Además, la Corte Constitucional todavía debe resolver las demandas de fondo contra la reforma.
La Sentencia C-264 de 2026, adoptada el 25 de agosto, devolvió a la Cámara los artículos 14, 36 y 93, apartes de los artículos 11, 19, 23, 63, 84 y 92, y una proposición de artículo nuevo.
La Cámara debe subsanar esos puntos y la Corte tendrá que revisar la corrección. Quien quiera ampliar qué decidió exactamente la Corte Constitucional sobre la reforma puede consultar el análisis de Más Colombia.