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Con cambios al FOMAG, ¿salud, pensiones y cesantías del magisterio funcionarán parecido a la Ley 100?

Hay temor ante la posibilidad de que el FOMAG y el régimen especial del magisterio desaparezcan o cambien significativamente. Esto es lo que se vislumbra para las pensiones, las cesantías y el servicio de salud.
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Luego de que el presidente, Gustavo Petro, suspendiera la licitación para escoger los prestadores de salud para el Magisterio y decretara la prórroga por seis meses con los contratistas actuales, han surgido dudas sobre el futuro del FOMAG, el cual garantiza el régimen especial del sector en salud, pensiones y cesantías. 

En su cuenta de X (antes Twitter), el presidente Gustavo Petro reveló su intención de implementar el concepto de “libre elección” en la escogencia del operador de salud para los maestros de Colombia. Para ello, el Presidente ha propuesto un nuevo modelo de salud, basado en la afiliación individual. 

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Este enfoque, que ya fue considerado durante gobiernos anteriores con fuertes críticas por parte de FECODE, implicaría algún tipo de medida similar o al amparo de la Ley 100 de 1993.  

Entre los maestros y sus representantes sindicales hay zozobra ante la incertidumbre por el futuro del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio – FOMAG y de las prestaciones sociales correspondientes al servicio de salud, a las pensiones y a las cesantías. 

Fecode sigue en estado de alerta sobre el futuro del FOMAG. Así lo hizo saber en un vídeo publicado el 24 de octubre en la noche, inmediatamente después de la reunión de la Mesa Técnica sobre el modelo de atención en salud para los y las docentes, en la que participaron el Comité Ejecutivo de FECODE y los Ministerios de Educación, Hacienda (con funciones presidenciales), Trabajo y Salud y Protección Social.

¿Cuál es la perspectiva si se define acabar con el régimen especial del magisterio?

FOMAG: ¿hacia dónde va el nuevo modelo?

En un comunicado de prensa, publicado el pasado domingo, 22 de octubre, Fecode advirtió lo siguiente: 

“Nos preocupan sobremanera los comentarios sobre la posibilidad de pasar las cesantías y las pensiones del magisterio al Fondo Nacional del Ahorro y a Colpensiones respectivamente y desde ya anunciamos que de ser cierto no lo compartiremos”.

Ante un panorama de este tipo, habría varios escenarios, dependiendo de si se aprueban o no la reforma pensional y la reforma a la salud. Le contamos cuáles son. 

Sistema de salud: la propuesta de la “libre elección” con afiliación individual

El concepto de “libre elección” propuesto por Petro plantea un serio desafío al régimen especial del magisterio. Esto se debe a que, bajo este concepto, cada docente sería tratado como un individuo frente a la entidad, lo que marcaría un cambio significativo en la dinámica entre los educadores y los proveedores de los servicios de salud.

Con esta lógica, la salud pasaría a ser un producto ofertado a clientes individuales, de manera similar a lo que ocurre hoy con los usuarios de las EPS en el marco de la Ley 100. 

Fecode ha insistido en la defensa del régimen especial de salud y ha rechazado el nuevo modelo de afiliación individual propuesto por el Presidente, por considerar no solo que es importante la unidad gremial a la hora de negociar temas relacionados con la salud de los maestros y sus familias, sino que las condiciones del servicio sufrirían una desmejora sustancial. 

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Actualmente, los maestros no deben pagar copagos o cuotas moderadoras por tratamientos médicos. Además, tienen garantizada la atención integral para diversas patologías, incluyendo las de alto costo, y al no tener preexistencias los cotizantes y beneficiarios pueden recibir una atención completa sin importar el tiempo de afiliación. 

Otro punto importante es que con el régimen especial se asegura el suministro adecuado de medicamentos aprobados por el Invima. 

De ser afiliados en una EPS convencional bajo la Ley 100 de 1993, los maestros perderían estas prerrogativas. Si bien aún no se conocen los detalles del nuevo modelo de salud que se está proponiendo, el criterio de la libre elección —con la afiliación individual— apunta a una solución de este tipo o similar. 

Otro escenario se daría si se aprueba la reforma a la salud que se está discutiendo en el Congreso de la República. Aunque no hay claridad sobre lo que ocurriría con el FOMAG y con el servicio de salud de los maestros en este caso, se sabe que en la discusión de la reforma se ha hablado de la necesidad de revisar los regímenes especiales, entre los que se cuenta el del Magisterio. 

Al respecto, la coordinadora ponente del proyecto de reforma a la salud, Martha Alfonso, ha dicho que por ahora no se revisarán los regímenes especiales de salud, pues se le dará prioridad a la reforma general de todo el sistema. 

Sin embargo, también ha dicho que una vez se apruebe la reforma comenzaría la revisión de estos regímenes especiales. De acuerdo con Caracol, la representante a la Cámara por el Pacto Histórico dijo que “hay regímenes muy buenos como el de Ecopetrol y esto está bien. Tenemos que indagar qué hacen para que funcione bien pero hay otros que tienen que ser revisados como el del Magisterio donde existe mayor intermediación financiera que bajo el Sistema normal de la EPS”.

Según el citado medio de comunicación, la congresista dijo que esta revisión podría ocurrir en un año.

Pensiones: ¿cambios en la edad y los montos de pensión?

La Ley 91 de 1989 creó el régimen de prestaciones sociales del magisterio incluida en tema pensional del magisterio. Allí se estableció que el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio – FOMAG es el responsable de reconocer y pagar las pensiones de los afiliados, según las disposiciones especiales establecidas en la Ley. 

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De acuerdo con estas normas, los maestros que se rigen por el Estatuto 2277 de 1979 tienen derecho a recibir una pensión de jubilación luego de cumplir 20 años de servicio y tener al menos 55 años de edad. La pensión equivale al 75% del salario promedio del último año.

Por su parte, a los maestros que se rigen por el Estatuto 1278 de 2002 les aplica el régimen de prima media establecido en la Ley 100 de 1993, con la excepción de que pueden jubilarse a los 57 años de edad, sin importar que sean hombres o mujeres. A la hora de calcular la pensión, a estos maestros se les aplica lo establecido en la Ley 100 de 1993. 

Si —como teme Fecode— los cambios en el FOMAG llevan a que los aportes pensionales de los maestros vayan a Colpensiones y pasen a regirse por la Ley 100 de 1993, que opera para la mayoría de colombianos, esas condiciones sufrirían una desmejora.

En lo que respecta a la edad de jubilación, la Ley 100 establece 57 años para las mujeres y 62 años para los hombres, por lo que los maestros de ambos estatutos tendrían que trabajar más años. 

Y, en lo que se refiere al Ingreso Base de Liquidación (IBL), a partir del cual se calcula el monto de la pensión, la Ley 100 estipula que debe ser el promedio indexado de los últimos 10 años de trabajo o de toda la vida laboral, lo que sea más conveniente para el aportante. 

Debido a factores como la inflación, los ascensos y el crecimiento laboral, estas fórmulas tienden a ser menos convenientes que el cálculo basado únicamente en el último año de trabajo. Así, los docentes del Estatuto más viejo verían afectados sus intereses. 

Un escenario distinto se viviría de aprobarse la reforma pensional que se está discutiendo actualmente en el Congreso de la República. 

Según un concepto de Vera Villamizar Abogados sobre el futuro pensional del magisterio, es muy probable que con la reforma pensional “los docentes, en especial los vinculados con posterioridad al 26 de junio de 2003”, vean un cambio en la forma y los montos en los que se liquidan sus pensiones”. 

Al respecto, la firma señala que la reforma pensional “afectaría en especial a aquellos docentes que perciban más de tres salarios mínimos mensuales legales vigentes como remuneración”, es decir, todos los docentes menos los normalistas de grado 1A y 1B.

De aprobarse la reforma pensional como está planteada, los aportes por los primeros 3 salarios mínimos de ingresos se harían en Colpensiones, bajo el régimen de prima media, mientras que los aportes por los ingresos restantes tendrían que ir a los fondos privados de pensiones. 

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Sobre este tema, el abogado experto en seguridad social, Misael Triana, ha señalado que la reforma pensional no garantiza la proporcionalidad que debe tener cualquier sistema de pensiones.

Para explicar su punto, el jurista ha puesto como ejemplo el caso de un ciudadano que tenga ingresos por 10 millones de pesos mensuales, y, para facilitar los cálculos, ha asumido que el salario mínimo es de 1 millón de pesos (actualmente es de $1.160.000). 

De acuerdo con Triana, por los aportes correspondientes a los primeros 3 millones de pesos de ingresos cotizados en Colpensiones, el ciudadano obtendría una pensión con un retorno de aproximadamente el 70%, que se traduce en $2.100.000 mensuales. 

En contraste, por los aportes correspondientes a los otros 7 millones de pesos de ingresos cotizados en los fondos privados, y luego de cotizar 25 años con ese monto, recibiría máximo $2.200.000 mensuales, es decir, casi lo mismo que obtendría por los 3 millones de pesos en el régimen de prima media. 

Un último punto al que se refiere la firma Vera Villamizar Abogados es el que tiene que ver con el riesgo de que las instancias competentes terminen definiendo que las pensiones de los docentes del Estatuto 1278 de 2002 deben regirse por lo estipulado en la reforma pensional, por estar actualmente supeditados al régimen de prima media. Según indicó, este riesgo es menor si se mantiene el régimen especial y el FOMAG. 

Cesantías: ¿pasarían al Fondo Nacional el Ahorro?

Este es el punto sobre el que hay menor claridad. Fecode ha insistido en el temor de que las cesantías de los maestros vayan a parar al Fondo Nacional del Ahorro, que es una empresa comercial e industrial del Estado, encargada de administrar las cesantías y el ahorro de sus afiliados. 

Si bien es de esperarse que se mantengan las condiciones actuales en términos de los recursos ahorrados por los maestros y de su administración, estos perderían la unidad gremial a la hora de negociar la posible utilización de los dineros en obras de infraestructura, pago de deuda pública y otras destinaciones que se han discutido en Gobiernos anteriores, pero que no han prosperado. 

Actualmente, el FOMAG tiene un superávit de 2,3 billones de pesos, que garantiza el pago oportuno de las prestaciones sociales del Magisterio. 

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