Ya hay fechas, etapas y requisitos del nuevo concurso de ascenso y reubicación salarial para docentes del 1278: MEN publicó borrador de resolución para Cohorte 2025
Con el borrador de la resolución que convoca el concurso de ascenso y reubicación salarial de la Cohorte 2025, se conocen el cronograma, los requisitos y los instrumentos de evaluación.
El Ministerio de Educación Nacional publicó el borrador de la resolución que convoca el concurso de ascenso y reubicación salarial en el escalafón docente para la Cohorte 2025, con el fin de recibir observaciones ciudadanas antes de su expedición definitiva.
El documento fija los requisitos, etapas, cronograma e instrumentos de evaluación que deberán cumplir los educadores regidos por el Decreto 1278 interesados en participar.
La resolución estará disponible para observaciones hasta el 12 de septiembre de 2025 en la plataforma SUCOP https://www.sucop.gov.co/entidades/mineducacion/Normativa?IDNorma=22956.
Tras esta fecha, el MEN deberá analizar los comentarios recibidos y expedir la versión final, incorporando los ajustes que considere pertinentes.
El proceso se pondrá en marcha en octubre de 2025 con la publicación de los listados de habilitados y avanzará en varias fases hasta febrero de 2026, cuando se conocerán los resultados definitivos.
Cerca de 46 mil docentes de todo el país esperan participar en esta convocatoria, que hace parte de los acuerdos entre el MEN y Fecode. La norma también define los criterios de participación y los mecanismos de verificación de requisitos.

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Cronograma del concurso de ascenso y reubicación salarial – Cohorte 2025
Algunas de las fechas clave del proceso son las siguientes:
- 6 de octubre de 2025: publicación del listado de habilitados por parte de las Secretarías de Educación.
- 29 de octubre al 20 de noviembre de 2025: etapa de inscripción y formalización de la participación.
- 1 de febrero de 2026: aplicación de la prueba pedagógica.
- 23 de febrero de 2026: publicación de los resultados definitivos.
Cronograma completo del concurso de ascenso y reubicación salarial – Cohorte 2025
| Actividad | Fecha de inicio | Fecha de cierre |
| Publicación de listado de habilitados por ETC | 6 de octubre de 2025 | 6 de octubre de 2025 |
| Recepción de reclamaciones y subsanación del listado de habilitados (ETC) | 6 de octubre de 2025 | 20 de octubre de 2025 |
| Cargue y publicación del listado definitivo de habilitados por parte de la Universidad | 27 de octubre de 2025 | 27 de octubre de 2025 |
| Compra de derechos de participación | 29 de octubre de 2025 | 14 de noviembre de 2025 |
| Formalización de inscripción o modificación de datos por parte de los educadores | 29 de octubre de 2025 | 20 de noviembre de 2025 |
| Presentación, atención y respuesta a PQRS frente a inscripción en plataforma | 29 de octubre de 2025 | 24 de noviembre de 2025 |
| Publicación de listado de educadores que continúan en el proceso (U. de Antioquia – ETC) | 28 de noviembre de 2025 | 28 de noviembre de 2025 |
| Publicación del listado de información de instrumentos de experiencia, movimientos en el escalafón y zona de desempeño (ETC) | 1 de diciembre de 2025 | 1 de diciembre de 2025 |
| Presentación de reclamaciones frente a la información de instrumentos, zona de desempeño y escalafón (ETC) | 1 de diciembre de 2025 | 22 de diciembre de 2025 |
| Publicación definitiva y cargue de información en la plataforma por parte de las ETC | 26 de diciembre de 2025 | 26 de diciembre de 2025 |
| Citación a la prueba | 9 de diciembre de 2025 | 9 de diciembre de 2025 |
| Presentación de la prueba | 1 de febrero de 2026 | 1 de febrero de 2026 |
| Procesamiento de resultados | 2 de febrero de 2026 | 20 de febrero de 2026 |
| Publicación de resultados (MEN y ETC) | 23 de febrero de 2026 | 23 de febrero de 2026 |
¿Cuáles son los requisitos para participar en el concurso de ascenso y reubicación salarial Cohorte 2025?
El Ministerio de Educación definió en la resolución de convocatoria los requisitos que deben cumplir los docentes del 1278 para inscribirse y participar en el concurso de ascenso de grado o reubicación salarial de la Cohorte 2025.
1. Vinculación y carrera:
El aspirante debe estar inscrito en el Escalafón Docente, con derechos de carrera y en ejercicio efectivo del cargo. No pueden participar quienes estén en provisionalidad.
2. Tiempo de servicio:
Se requiere acreditar tres (3) años de servicio efectivo, continuos o no, desde la primera posesión en período de prueba y hasta la fecha de publicación del listado de habilitados.
No se contabilizan tiempos en contratos de prestación de servicios, provisionalidad, cargos de carrera previos con retiro definitivo, suspensiones disciplinarias o penales, comisiones de libre nombramiento, comisiones de estudio ni licencias no remuneradas.
3. Evaluación de desempeño: El docente debe haber obtenido como mínimo un 60% en las dos últimas evaluaciones anuales de desempeño.
Importante: las evaluaciones que ya fueron utilizadas en un proceso de ascenso o reubicación no podrán volver a emplearse.
En consecuencia, los docentes del Decreto 1278 que participaron y superaron el concurso de ascenso y reubicación salarial de 2024 no podrán presentarse en la convocatoria de la Cohorte 2025, ya que no cuentan con dos evaluaciones disponibles para cumplir este requisito. Deberán esperar a la convocatoria 2026, momento en el que podrán acreditar nuevamente dos evaluaciones anuales sin haber sido usadas en procesos anteriores.

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4. Casos especiales:
Docentes en comisión o permiso sindical pueden inscribirse, por el cargo para el cual fueron nombrados.
También se permite la inscripción de quienes estén en comisiones remuneradas para programas oficiales (como PTAFI 3.0).
Si el docente se encuentra cursando un pregrado o posgrado exigido para ascender de grado, podrá presentar la evaluación y:
- Ascender si obtiene y radica el título antes del acto administrativo final.
- Reubicarse en nivel salarial si aprueba la prueba pero no logra acreditar el título a tiempo.
¿Cómo se hace la verificación de requisitos?
La comprobación corresponde a las Entidades Territoriales Certificadas (ETC), quienes lo harán con base en los documentos y actos administrativos que reposen en el expediente de cada docente o en el sistema de registro habilitado.
¿Cuáles son los instrumentos y puntajes del concurso de ascenso y reubicación – Cohorte 2025?
La evaluación voluntaria para ascenso y reubicación salarial de los docentes regidos por el Decreto 1278 se compone de cinco instrumentos. Cada uno aporta un puntaje específico y juntos suman 100 puntos posibles.
1. Prueba pedagógica (0 a 45 puntos)
Es el instrumento central de la evaluación, orientado a valorar conocimientos, reflexiones y prácticas pedagógicas.
Será escrita, diseñada, aplicada y calificada por una IES pública de alta calidad, acreditada por la CNSC.
Habrá cuadernillos diferenciados por cargo: rector/director rural, coordinador, docente (preescolar, primaria, secundaria/media) y orientador.
La IES publicará una cartilla orientadora con marco de referencia, estructura y tipos de preguntas.
Ejes de la prueba (según cargo): contexto, reflexión y planeación, praxis y ambiente escolar.
2. Autoevaluación del desempeño (0 a 5 puntos)
El puntaje lo define cada docente.
3. Valoración de la experiencia (14 a 20 puntos)
Reconoce la trayectoria docente a partir del tiempo de servicio desde la primera posesión en período de prueba.

No se contabilizan periodos fuera del servicio activo (comisiones de estudio, suspensiones, licencias no remuneradas, etc.).
| Años de servicio | Puntaje |
| 15 años o más | 20 puntos |
| 11 a <15 años | 18 puntos |
| 7 a <11 años | 16 puntos |
| 3 a <7 años | 14 puntos |
4. Valoración de zona de desempeño (12 a 15 puntos)
Se reconoce la labor en territorios con mayores desafíos.
| Zona de desempeño | Puntaje |
| Rural de difícil acceso | 15 puntos |
| Rural no difícil acceso | 14 puntos |
| Urbana en municipios no certificados | 13 puntos |
| Urbana en municipios/distritos certificados | 12 puntos |
Si el docente ha trabajado en varias zonas, se asigna la puntuación más alta.
5. Valoración de movimientos en el escalafón docente (7 a 15 puntos)
Este criterio favorece a quienes han tenido menos oportunidades de movilidad salarial en el Decreto 1278.
| Número de movimientos | Puntaje |
| 0 movimientos | 15 puntos |
| 1 movimiento | 13 puntos |
| 2 movimientos | 11 puntos |
| 3 movimientos | 9 puntos |
| 4 movimientos | 7 puntos |
La información será tomada de los sistemas de información de las ETC.
¿Cuál es el puntaje mínimo para ascender o reubicarse?
Para ser candidato a ascenso de grado o reubicación salarial, el docente debe alcanzar más de 80 puntos sobre 100 y cumplir con los demás requisitos (por ejemplo, título académico en caso de ascenso de grado).
Si logra el puntaje y cumple requisitos, la ETC expedirá el acto administrativo correspondiente.