Enel programó cuatro cortes de luz en Bogotá para este domingo: los hogares deben recibir el aviso con 48 horas de anticipación
domingo, 6 de septiembre de 2026
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Enel programó cuatro cortes de luz en Bogotá para este domingo: los hogares deben recibir el aviso con 48 horas de anticipación

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Si el servicio falla, la ley fija un piso de indemnización: nunca menos del consumo de un día por cada día sin luz. La empresa tiene 15 días hábiles para responder un reclamo y, si calla, se entiende resuelto a favor del usuario.

Transformador en un poste de energía frente a edificios residenciales en Bogotá

Este domingo 6 de septiembre de 2026 hay cuatro cortes de luz programados en Bogotá por trabajos de Enel Colombia en las redes de suministro de energía.

Las intervenciones están previstas en los barrios San Diego, en Bosa; Lusitania, en Kennedy; y Los Ejidos y Pensilvania, en Puente Aranda. Los horarios cambian según el sector y se extienden, en conjunto, desde las 7:30 a. m. hasta las 10:00 p. m.

La norma obliga al operador de red a informar un corte programado por un medio de comunicación masivo con 48 horas de anticipación. El aviso debe señalar la hora de inicio y la duración; si afecta cargas industriales, la anticipación mínima es de 72 horas.

Un corte programado y avisado no constituye, por sí solo, una falla en la prestación del servicio. Los derechos asociados a una falla entran en juego si la interrupción se sale de lo anunciado, no fue avisada o se presenta sin programación.

¿Dónde hay cortes de luz hoy en Bogotá y a qué horas?

Este domingo 6 de septiembre están programadas cuatro interrupciones por trabajos de Enel Colombia: una en Bosa, una en Kennedy y dos en Puente Aranda. Los horarios no son iguales: comienzan entre las 7:30 a. m. y las 6:00 p. m., de acuerdo con el sector.

  • Bosa, barrio San Diego: de 7:30 a. m. a 5:00 p. m., de la carrera 79 a la carrera 81, entre la calle 91 sur y la calle 93 sur.
  • Kennedy, barrio Lusitania: de 8:00 a. m. a 5:00 p. m., de la carrera 67 a la carrera 69, entre la calle 9 y la calle 12.
  • Puente Aranda, barrio Los Ejidos: de 6:00 p. m. a 10:00 p. m., de la calle 11 a la calle 13, entre la carrera 36 y la carrera 38.
  • Puente Aranda, barrio Pensilvania: de 7:45 a. m. a 5:30 p. m., de la carrera 30 a la carrera 32, entre la calle 5 y la calle 7.

¿Con cuánta anticipación deben avisarme?

El operador de red debe informar el evento programado con al menos 48 horas de anticipación mediante un medio de comunicación masivo. El anuncio tiene que indicar tanto la hora en que comenzará la interrupción como su duración. Si resultan afectadas cargas industriales, el plazo mínimo del aviso sube a 72 horas.

La obligación está prevista en la regulación de la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG). Que un corte haya sido programado y anunciado en esas condiciones no significa automáticamente que exista una falla del servicio ni que nazca una indemnización.

La situación cambia si la interrupción no fue avisada, ocurre sin programación o se prolonga más allá de lo anunciado. Si hay una controversia sobre la interrupción, la carga de probar lo ocurrido le corresponde al operador de red, que además debe registrar en sus subestaciones todas las interrupciones de circuitos.

¿Me pueden descontar algo de la factura si me dejan sin luz?

Sí, pero no por el solo hecho de que se cumpla un corte programado y avisado. Los efectos económicos previstos por la ley corresponden a una falla en la prestación continua del servicio. Según el caso, pueden incluir el descuento de cargos y una indemnización, sin que exista una tarifa automática para cualquier interrupción.

Si la falla ocurre de forma continua durante 15 días o más dentro del mismo periodo de facturación, la empresa no puede cobrar nada diferente del consumo ni de los bienes y servicios efectivamente recibidos. El descuento del cargo fijo debe aplicarse de oficio: el usuario no tiene que solicitarlo.

Además, cuando existe una falla, el piso de la indemnización de perjuicios nunca puede ser menor al valor del consumo de un día por cada día de falla total. Si la falla duró menos, se calcula en proporción a su duración.

Ese piso no equivale a una suma fija ni permite prometer un pago por un corte normal. El cobro de compensaciones por incumplir los límites de frecuencia y duración del servicio tampoco impide que el usuario reclame los perjuicios adicionales que la falla le haya causado.

¿Y si se me dañó un electrodoméstico?

Puede presentar un reclamo ante la empresa, pero el pago del electrodoméstico no es automático. La responsabilidad es compartida y debe analizarse caso por caso: importan las pruebas, quién incumplió sus obligaciones, si hubo falta de cuidado y si ocurrió un caso fortuito o una situación de fuerza mayor.

La regulación también obliga al usuario a contar con esquemas de protección compatibles con su carga y a instalar equipos que cumplan la Norma IEC 255. Por eso, la empresa no es responsable en todos los casos de los daños sufridos por los aparatos eléctricos.

La empresa puede indemnizar directamente o por medio de la aseguradora con la que tenga contratada la protección por responsabilidad. Si rechaza el reclamo, proceden el recurso de reposición y, en subsidio, el de apelación.

El recurso de reposición debe presentarse dentro de los cinco días siguientes al conocimiento de la decisión. Una vez agotada la vía gubernativa, se puede acudir a la jurisdicción de lo contencioso administrativo.

¿Qué pasa si reclamo y no me responden?

La empresa tiene 15 días hábiles desde la presentación para resolver peticiones, quejas y recursos. Si deja vencer ese plazo, la solicitud se entiende resuelta a favor del usuario por silencio administrativo positivo, salvo que el propio usuario haya auspiciado la demora o que se haya requerido la práctica de pruebas.

Dentro de las 72 horas siguientes al vencimiento del plazo, la empresa debe reconocer los efectos de esa decisión favorable. Si no lo hace, el usuario puede pedir a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (Superservicios) que le imponga sanciones.

Para este trámite, la palabra petición incluye las solicitudes en interés particular, las quejas y los recursos que presente el suscriptor o usuario. En asuntos de facturación, no proceden reclamaciones contra facturas expedidas hace más de cinco meses.

¿Qué puedo hacer para que el corte me afecte menos?

Organice sus actividades con el horario anunciado, desconecte los electrodomésticos durante la intervención y evite abrir la nevera mientras no haya energía. Enel Colombia también recomienda permitir la entrada del personal técnico y verificar su identidad antes de darle acceso al inmueble.


Para validar que una persona trabaja para la empresa, puede llamar al 601 5 115 115 en Bogotá y Cundinamarca.