La DIAN limitará a Cartagena y Bogotá la entrada de maquinaria amarilla: las empresas hoy la importan por cinco puertos y con GPS
La restricción anunciada el 12 de septiembre de 2026 aún no está vigente: falta el acto administrativo. Para los drones ya existe ese control desde el 11 de enero; la maquinaria usada mantiene licencia previa.
El presidente Abelardo De la Espriella y Andrés Felipe Velásquez Reyes, director de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), anunciaron este sábado 12 de septiembre que la maquinaria amarilla, las partes de drones y los precursores químicos solo entrarán por Cartagena y Bogotá, en un video del mandatario en X.
Para quien importa, la consecuencia no es inmediata: la restricción de drones ya rige, la maquinaria amarilla puede ingresar hoy por cinco puertos y los precursores tienen controles previos. El cambio dependerá de una norma futura.
Al cierre de esta nota no había un acto administrativo publicado en la Presidencia, el Diario Oficial, la entidad aduanera o el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo que aplicara la restricción; el Gobierno tampoco dio fecha de vigencia ni partidas arancelarias.
¿Qué se anunció exactamente?
El anuncio plantea concentrar el control aduanero de tres categorías sensibles en dos puntos de ingreso, sin definir cómo se aplicará a cada mercancía. La transcripción publicada por El Espectador el 12 de septiembre de 2026 recoge las declaraciones del director y del jefe de Estado.
Velásquez Reyes dijo: «Mediante acto administrativo se va a restringir los lugares de ingreso en maquinaria amarilla y partes con las cuales puedan fabricar maquinaria amarilla», y que «solo se podrá importar maquinaria amarilla a través de los puertos de Cartagena y Bogotá». El presidente remató: «Se acabó la vagabundería».
La referencia a los puertos es imprecisa: Bogotá no tiene puerto marítimo y, cuando se explica la norma de drones, el punto habilitado es el aeropuerto El Dorado de Bogotá.
Tendencias:
➜ California subirá su salario mínimo a US$17,40 en 2027: el cambio también eleva a US$72.384 el umbral para ciertos empleados
➜ ¿Le faltan semanas para pensionarse? Tres fallos de 2026 aclaran cuándo deben contarlas aunque el empleador no haya pagado
➜ FOMAG alerta por patrones anómalos en incapacidades: qué pasa con más de 340.000 docentes
No se localizó reacción de Fenalco, la Andi, Analdex ni Camacol al cierre.
¿Qué cambia para los drones?
Nada: desde el 11 de enero de 2026 rige la misma regla que se anunció, con declaración de importación anticipada y dos únicos puntos de entrada.
Lo dispuso la Resolución 000242 de 2025 de la autoridad aduanera, expedida el 24 de diciembre, que limita el ingreso de las aeronaves no tripuladas (partida arancelaria 88.06) y de sus partes (88.07) a los puertos de la jurisdicción de Cartagena y al aeropuerto El Dorado.
Las partes solo quedan sometidas al régimen cuando se destinan a esas aeronaves. Además, estas mercancías no pueden ingresar mediante tráfico postal ni envíos urgentes, así que el anuncio del sábado no les añade nada.
El comunicado de la entidad aduanera del 2 de febrero de 2026 explicó que al viajero con un dron se le ordena cambiar a importación ordinaria, siempre que haya entrado por uno de los puntos habilitados.
¿Cómo entra hoy la maquinaria amarilla?
Hoy la maquinaria amarilla tiene un régimen distinto al anunciado: la ruta depende de la clasificación arancelaria y de si el equipo es nuevo o usado. Para constructores, mineros formales e importadores, esto exige verificar antes del embarque el lugar habilitado y, cuando corresponda, cumplir controles de registro, localización y movilización.
La Resolución 046 de 2019 de la entidad aduanera, en su texto consolidado, dispone que la maquinaria y sus partes «únicamente podrán ingresar por los puertos ubicados en las jurisdicciones» de Cartagena, Barranquilla, Buenaventura, Santa Marta y Puerto Bolívar (La Guajira).
Comprende ocho subpartidas: 8429.11.00.00, 8429.19.00.00, 8429.51.00.00, 8429.52.00.00, 8429.59.00.00, 8431.41.00.00, 8431.42.00.00 y 8905.10.00.00. Hay excepciones para zonas francas y proyectos viales.
El Decreto 723 del 10 de abril de 2014 somete la maquinaria usada a licencia previa. Los equipos de las subpartidas 8429 y las dragas 8905.10 deben inscribirse en el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT), llevar GPS permanente antes del registro y contar con guía de movilización.
| Mercancía | Regla vigente hoy | Lo anunciado |
|---|---|---|
| Drones y sus partes | Cartagena y El Dorado, declaración anticipada, desde el 11 de enero de 2026 | Anunciado como restricción, pero ya rige desde enero |
| Maquinaria amarilla y partes | Puertos de Cartagena, Barranquilla, Buenaventura, Santa Marta y Puerto Bolívar; licencia previa para la usada; RUNT y GPS | Solo Cartagena y Bogotá, por acto administrativo pendiente |
| Precursores químicos | CCITE del Ministerio de Justicia y registro en SICOQ | Restricción de lugares de ingreso, sin norma publicada |
¿Qué pasa con los precursores químicos y las criptomonedas?
Quien importa sustancias controladas sigue obligado a tramitar el Certificado de Carencia de Informes por Tráfico de Estupefacientes (CCITE) y a registrar sus movimientos en el sistema SICOQ. Así lo exige el control de sustancias químicas del Ministerio de Justicia, basado en la Resolución 0001 de 2015 del Consejo Nacional de Estupefacientes.
En otro frente, la entidad aduanera abrirá un programa de fiscalización para residentes fiscales que tengan criptoactivos fuera del país y no los declaren.
El control químico cobija también a quienes almacenan, compran, consumen, distribuyen o producen esas sustancias. El anuncio sobre criptoactivos se refiere a obligaciones de residentes fiscales, no a una prohibición general sobre esas inversiones.
¿Qué más viene con las aduanas y la Policía Fiscal?
Las seccionales de puertos y ciudades limítrofes pasarían a manos de oficiales superiores activos, apoyados por un grupo élite contra el contrabando. La Policía Fiscal y Aduanera (Polfa) y ese grupo quedarían dirigidos por mujeres. La operación también tendría apoyo de agencias estadounidenses.
El perfil oficial de la Policía Nacional, consultado el 12 de septiembre de 2026, identifica a la coronel Liliana Andrea Jiménez Falla como directora de esa especialidad.
La cooperación anunciada incluye a la embajada estadounidense, HSI (Investigaciones de Seguridad Nacional de Estados Unidos) y CBP (Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de Estados Unidos).
Los $30.000 millones corresponden a mercancías aprehendidas —una medida cautelar, no un decomiso— y la entidad aduanera no publicó su detalle.
Como referencia parcial, el comunicado 112 de la autoridad tributaria y aduanera, del 25 de agosto de 2026, documentó cigarrillos aprehendidos en Ipiales por más de $6.622 millones.
Los $120 billones de pesos al año son una cifra del presidente sobre lo que el contrabando le quita al Estado, sin metodología publicada.
Antes de embarcar mercancías, importadores y operadores deben revisar la norma aplicable y conservar los soportes de ingreso, registro y movilización.