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Ojo: miles aún no reciben la dotación laboral en diciembre 2025 y el plazo está por vencer

Miles de empleados aún esperan la entrega obligatoria de la dotación laboral de diciembre. La ley fija un plazo estricto y estas son las reglas que todo trabajador debe conocer.

dotación laboral. Funcionario ofrece declaraciones a varios medios de comunicación mientras sostiene una rueda de prensa, rodeado de micrófonos de diferentes cadenas.

La cuenta regresiva empezó: la dotación laboral de fin de año debe entregarse antes del 20 de diciembre.

Si su empresa no cumple a tiempo, podría estar vulnerando un derecho que la ley protege expresamente. Aquí le explicamos quién tiene derecho, qué deben entregarle y qué hacer si llegan a incumplir.

¿Qué es la dotación laboral y quién tiene derecho a recibirla?

La dotación laboral es una prestación social compuesta por un par de zapatos y una muda de ropa adecuada para la labor que desempeña el trabajador. Su finalidad es garantizar condiciones mínimas de seguridad y comodidad en el ejercicio del trabajo. Esta obligación está reglamentada en los artículos 230 a 234 del Código Sustantivo del Trabajo y aplica exclusivamente para quienes tienen contrato laboral, no para contratistas o prestadores de servicios.

Tienen derecho a recibirla quienes lleven más de tres meses de servicio continuo y ganen hasta dos salarios mínimos mensuales. Si cumples estas dos condiciones, la empresa debe entregarte la dotación en las tres fechas del año, incluida la más esperada: la de diciembre.

¿Se puede entregar la dotación laboral mediante bonos?

Aunque está prohibido pagar la dotación en dinero, el empleador sí puede entregarla mediante bonos siempre que cumplan con los requisitos fijados por el Ministerio del Trabajo. Estos bonos deben ser intransferibles, no negociables, no representar valor monetario directo y estar destinados exclusivamente a la compra del calzado y vestuario necesarios para el trabajo.

El Concepto 23920 de 2025 ratifica que los bonos son válidos siempre que se mantenga su propósito original: garantizar que el trabajador reciba su dotación laboral diciembre sin convertirla en un beneficio monetario. Si un bono permite adquirir productos ajenos al uniforme o al calzado exigido para la labor, la empresa estaría incumpliendo la normativa.

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¿Cuándo el empleador no está obligado a entregar la dotación?

Hay tres situaciones específicas en las que la empresa no tiene la obligación de entregar la dotación. La primera ocurre cuando el trabajador no utiliza la dotación previamente entregada. Si la empresa prueba que el uniforme o el calzado no fueron usados durante el cuatrimestre anterior, puede negarse a entregar la dotación del periodo siguiente. 

La segunda corresponde a los contratos por prestación de servicios, pues este beneficio aplica únicamente para trabajadores vinculados mediante contrato laboral. 

La tercera excepción se presenta cuando el empleado devenga más de dos salarios mínimos, salvo que el contrato estipule expresamente la entrega de uniformes o vestuario especial.

¿Debes devolver la dotación si renuncias o te despiden?

La regla general es que no. Una vez entregada, la dotación se convierte en propiedad del trabajador y no debe devolverse al finalizar la relación laboral, independientemente del motivo de la desvinculación. La única excepción está en el sector de vigilancia privada, donde el Decreto 356 de 1994 exige que la dotación sea devuelta al terminar el contrato debido al carácter especial del material utilizado.

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¿Qué hacer si el empleador no entrega la dotación antes del 20 de diciembre?

Si llega el 20 de diciembre y la empresa no ha entregado la dotación laboral diciembre, el primer paso recomendado es solicitar una explicación o plantear la queja directamente con Recursos Humanos. En muchos casos, la falta de entrega responde a retrasos operativos y puede resolverse con una solicitud clara.

Si la empresa no actúa, el trabajador puede acudir a un Inspector del Trabajo. Las Inspecciones, las Casas de Justicia, las personerías municipales y la Defensoría del Pueblo tienen competencia para atender casos de incumplimiento y pueden requerir formalmente al empleador. 

Cuando no hay respuesta o se identifica reincidencia, es posible presentar una denuncia ante el Ministerio del Trabajo a través de la línea nacional 018000 112518 o marcando 120 desde cualquier celular. Estas autoridades pueden exigir la entrega inmediata y, cuando haya méritos, imponer sanciones.

¿Por qué la dotación laboral de diciembre es importante para los trabajadores?

La entrega de diciembre es la más relevante del año porque concentra la mayor cantidad de quejas e incumplimientos. También coincide con incrementos en las cargas laborales, especialmente en comercio, logística, alimentación, transporte y vigilancia. 

Para miles de trabajadores, esta dotación es esencial para afrontar los turnos y demandas del fin de año. Además, muchos empleados que ingresan en septiembre u octubre apenas cumplen los tres meses reglamentarios justo antes de la fecha límite.

¿Cómo saber si puede recibirla este año?

La fórmula es sencilla: si devenga hasta dos salarios mínimos, y cumple más de tres meses en la empresa y no existe una causa válida de excepción, entonces debe recibir la dotación laboral diciembre antes del 20 de diciembre. 

Tiene derecho a recibirla completa, en especie o mediante bonos válidos, sin excusas, sin compensación en dinero y sin que la empresa pueda argumentar retrasos administrativos.

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