Ministerio de Salud expidió nueva resolución sobre promoción, publicidad y comercialización de medicamentos

Zuleima Vega Mendoza
Abogada de la Universidad Católica de Colombia, actualmente se desempeña como Coordinadora del departamento de consumo y competencia en Muñoz Abogados.
El Ministerio de Salud expidió la Resolución No. 1896 de 2023 sobre promoción, publicidad y comercialización de Medicamentos, productos fitoterapéuticos y homeopáticos, la cual entrará en vigencia el 1 de enero de 2024.
El pasado 23 de noviembre de 2023, el Ministerio de Salud expidió la Resolución No. 1896 de 2023 por medio de la cual se regula la promoción, publicidad y comercialización de medicamentos, entre otras disposiciones.
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La resolución fue expedida con el objetivo de depurar algunos trámites que actualmente se encuentran represados en el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima) y prevenir el desabastecimiento de medicamentos.
Se esperaba que la mencionada regulación fuera expedida para principios de 2024, como parte de las regulaciones que se emitirán como complementación al Decreto 334. Sin embargo, el Ministerio fue mucho más ágil en su expedición.
Dentro de los varios cambios introducidos por la Resolución 1896 tenemos que algunos trámites que requerían aprobación previa por parte del Invima ya no serán necesarios, sin embargo, sí será necesario informar a la citada entidad, como ente encargado de la vigilancia y control, aunque ya no habrá que esperar la expedición de una resolución de aprobación.
Teniendo en cuenta que uno de los objetivos de expedir la Resolución 1896 es el de depurar algunos trámites que se surten ante el Invima, se infiere del artículo 44 que todos aquellos trámites referentes a las solicitudes de autorización de publicidad de medicamentos y productos fitoterapéuticos y homeopáticos que se encontraban en estudio para aprobación previo a la entrada en vigencia de la resolución (el 1 de enero de 2024) se entenderán aprobados.
Esto nos indica que a partir del 1 de enero de 2024, el Invima ya no tramitará solicitudes de autorización de publicidad para medicamentos y productos fitoterapéuticos y homeopáticos, lo cual no implica que no se pueda realizar dicha publicidad, al contrario, mediante esta resolución se fijan los parámetros establecidos para que se pueda realizar la publicidad de este tipo de productos sin requerir una autorización previa por parte del Invima, lo cual supone un mayor grado de responsabilidad para productores y distribuidores en el momento de desarrollar las pautas publicitarias
Es importante resaltar que el Invima continuará con sus funciones de vigilancia y control, en el marco de estas podrá realizar control posterior de las actuaciones que se realicen con ocasión a la implementación de la resolución 1896, lo cual indica que de no llevarse a cabo la promoción, publicidad y comercialización de estos productos de acuerdo con los parámetros que establece la normatividad, el Invima podría iniciar los procesos administrativos sancionatorios correspondientes.
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Otro de los grandes cambios que incluye la Resolución 1896 es la la responsabilidad de los influenciadores, en un mundo que ha tomado bastante auge en la publicidad de todo tipo de productos.
En estos casos, y dependiendo el tipo de publicidad, en el evento de una posible infracción a las disposiciones vigentes, incluyendo la citada resolución, los influenciadores también podrían llegar a ser encontrados responsables junto con el titular del registro sanitario, en este sentido, frente a la infracción y su eventual sanción, tanto titular como influenciador son sujetos pasivos, no sólo del cumplimiento de las obligaciones que la norma sanitaria consagra en materia de promoción y publicidad de productos farmacéuticos, fitoterapéuticos y homeopáticos, sino también de las sanciones que contempla la norma en caso de incumplimiento.
Así las cosas, es de vital importancia que se realice un análisis minucioso de la regulación por parte de las empresas titulares de registros sanitarios de medicamentos y productos fitoterapéuticos y homeopáticos, así como de todos aquellos que intervienen en la publicidad y comercialización de los mismos, para que se realicen las adecuaciones necesarias a efectos de implementar los cambios que se requieran para dar cumplimiento a la normatividad actual.
La Resolución 1896 entra en vigencia el 1 de enero de 2024, por lo tanto los cambios que sean necesarios deberán implementarse a partir de esta fecha, así que no se deje coger ventaja y, antes de empezar a gozar de las festividades decembrinas, realice los ajustes pertinente para que el 2024 no llegué con sorpresas sancionatorias.