¡Ojo! Subsidios no es lo mismo que pensiones dignas: con reforma, las mujeres siguen en jaque
Helen Rojas
Investigadora y encargada de asuntos de género en Cedetrabajo.
El Ministerio de Hacienda reveló las tablas de conversión para la renta vitalicia del pilar semicontributivo de la reforma pensional. Es escandaloso e incluso podría ser inconstitucional que, quienes con 999 semanas cotizadas, no cumplan el requisito total reciban una renta mucho menor que la definida “vejez digna” por el gobierno, con un máximo de solo $281.000.
Las reformas al sistema pensional colombiano han sido constantes, pero los resultados han sido desiguales. Si bien se ha buscado asegurar la sostenibilidad del sistema, se ha descuidado la necesidad de adaptar el diseño a las realidades de la población, especialmente de las mujeres.
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Corregir los fallos del sistema pensional no es un capricho, es una necesidad imperiosa
Los datos son contundentes, sólo el 13% de las mujeres colombianas consigue acceder a una pensión, en contraste con el 25% de los hombres, según el DANE 2023. Aunque estas cifras reflejan una disminución general en la población que se pensiona en Colombia, la brecha entre hombres y mujeres se debe en gran parte a las desigualdades estructurales que enfrentan las mujeres en el mercado laboral.
En junio de 2024, la tasa de desocupación en Colombia alcanzó el 10,3%, marcando un aumento de 1,0 punto porcentual respecto al 9,3% del mismo mes en 2023, según el DANE. Los datos muestran que las mujeres siguen siendo las más afectadas por el desempleo, con una tasa del 12,9%. Esto se debe en parte a que las mujeres dedican mucho más tiempo a las tareas de cuidado, lo cual limita su disponibilidad para trabajar y cotizar. Además, su alta concentración en ocupaciones de bajos salarios y condiciones laborales precarias, como el servicio doméstico y el comercio, agrava aún más la situación.
Hay más mujeres que hombres en la vejez: para 2024, se estima que en Colombia hay 7.107.914 personas mayores de 60 años, de las cuales el 55,1% son mujeres y el 44,9% son hombres. Dado que las mujeres viven más tiempo, aquellas que no logran pensionarse enfrentarán una vida prolongada en pobreza.
Este desequilibrio evidencia que, aunque las mujeres viven más, no siempre se benefician debido a las fallas en el mercado laboral. Un estudio de la Universidad de los Andes también revela que las mujeres sin pensión suelen tener menos educación, lo que limita sus posibilidades de obtener empleos bien remunerados y ahorrar para su vejez.
Es evidente que el sistema pensional actual no garantiza una vejez digna para las mujeres. Aunque se han dado pasos importantes, como las dos sentencias de la Corte Constitucional que reducen las semanas de cotización y reconocen el tiempo dedicado al cuidado de los hijos, Sin embargo, en el largo plazo debe pensarse en reformas que, además de lo anterior, incentiven la permanencia de las mujeres en el mercado laboral.
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¿Cómo van las mujeres en la reforma pensional?
La Ley 2381, más que una reforma al sistema pensional, establece un nuevo régimen de subsidios. El cambio en el sistema de vejez, invalidez y muerte no se limita a la sustitución del régimen de prima media o del régimen de ahorro individual, que anteriormente se consideraban excluyentes. Ahora, estos regímenes coexistirán, en lugar de ser sistemas separados.
Dentro de los cuatro pilares de la reforma pensional, el primer pilar es el régimen solidario, que está plenamente subsidiado. Su objetivo es garantizar una renta básica para las personas en situación de pobreza extrema. El enfoque de género se evidencia en la diferencia etaria entre hombres y mujeres para acceder a este subsidio, que no es una pensión en sí misma: las mujeres deben tener 60 años, mientras que los hombres deben alcanzar los 65 años.
El régimen semicontributivo, conocido como los Beneficios Económicos Periódicos (BEPS), es un modelo mayoritariamente subsidiado que ofrece una renta básica. Este modelo ya ha sido criticado por sindicatos y la población colombiana, especialmente durante lo que se denominó el «paquetazo de Duque». Aunque se proporciona una renta básica, no se puede considerar una pensión, ya que el monto recibido será siempre inferior al salario mínimo y, por lo tanto, no alcanza el concepto de pensión.
Al igual que en el pilar anterior, el enfoque de género en este régimen también presenta una diferencia etaria: las mujeres deben alcanzar una edad específica para acceder a este subsidio, Es clave entender que, incluso si se han cotizado por ejemplo, 999 semanas (aproximadamente 19 años), el monto de la renta vitalicia tanto para hombres y mujeres será inferior al del pilar solidario, lo que desestimula la cotización.
En el pilar contributivo, las personas podrán cotizar al régimen de prima media administrado por Colpensiones o al régimen de ahorro individual y el de prima media, dependiendo del monto de su ingreso base de cotización. Aunque este pilar no introduce cambios significativos en los requisitos, las mujeres seguirán pudiendo pensionarse a los 57 años y los hombres a los 62.
No obstante, con las recientes sentencias que reducen gradualmente el número de semanas de cotización para las mujeres, el nuevo régimen permitirá que la cantidad mínima de semanas se reduzca progresivamente de 1.300 a 1.000 semanas para 2036. Además, las mujeres podrán descontar hasta 50 semanas por cada hijo, con un máximo de cuatro hijos. Finalmente, en el pilar voluntario, el enfoque de género aún está pendiente de desarrollo en la redacción de la norma.
Luego de analizar los pilares y el enfoque de la reforma pensional en relación con los beneficios para las mujeres, queda claro que los avances significativos se deben más a los fallos de la Corte Constitucional que a la propia reforma. En realidad, esta reforma no es una reforma pensional en sí misma, sino un nuevo régimen de subsidios. Este modelo de pensiones podría considerarse una forma de “esclavitud del siglo XXI”, ya que agudiza la situación de pobreza para las mujeres, que están sobrerrepresentadas en el sector más vulnerable. En lugar de resolver las desigualdades estructurales existentes, este régimen perpetúa y profundiza las dificultades económicas de las mujeres, consolidando un sistema que no aborda adecuadamente sus necesidades y desafíos específicos.