A los profesores les harán hasta 7 descuentos de ley en el pago del retroactivo salarial docente 2025: conozca cuáles son y haga cuentas, porque suman buena plata
En unos días los docentes recibirán el pago del retroactivo salarial docente 2025, pero no les llegará completo. Conozca los descuentos de ley obligatorios y voluntarios más relevantes.
Con el pago del retroactivo salarial docente 2025, se aplican en la nómina diversos descuentos —unos son obligatorios y otros opcionales— , que reducen considerablemente el dinero que reciben los educadores.
Entre los descuentos de ley obligatorios se encuentran los aportes a salud, pensión, el Fondo de Solidaridad Pensional (cuando el salario supera ciertos umbrales) y el aporte al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio (FOMAG). Además, puede aplicar la retención en la fuente, según lo establecido en el artículo 383 del Estatuto Tributario, dependiendo del nivel de ingresos del docente.
Por otro lado, entre los descuentos opcionales figuran las libranzas, que corresponden a créditos adquiridos con bancos, cooperativas o fondos, así como los aportes voluntarios a cooperativas, asociaciones profesionales o sindicatos, según la afiliación de cada educador.

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A continuación, enumeramos y explicamos los descuentos más frecuentes que pueden afectar el ingreso mensual y el retroactivo de los docentes del sector oficial, y hacemos énfasis en la retención en la fuente (como se establece en el artículo 383 del Estatuto Tributario):
¿Cuáles son los descuentos de ley que aplican al pago del retroactivo salarial docente 2025?
Muchos docentes se sorprenden al recibir un valor inferior al esperado, especialmente por descuentos como los que se mencionan a continuación:
1. “Aporte de la tercera parte” al FOMAG (obligatorio)
Uno de los descuentos de ley que más inquietud genera es el conocido como “aporte de la tercera parte” al Fondo Prestacional, el cual equivale al 33,33% del incremento salarial decretado entre 2024 y 2025.
Este descuento no se aplica de forma mensual ni recurrente, sino una sola vez, generalmente con el pago del retroactivo salarial docente 2025, y corresponde a un requerimiento establecido en el artículo 8 de la Ley 91 de 1989.
Dicha norma señala que los docentes deben hacer un aporte personal al Fondo del Magisterio en dos casos específicos: cuando son nombrados por primera vez (o tras una interrupción laboral mayor a quince días); y, cuando reciben un aumento salarial por ley, ascenso en el escalafón, reubicación o acreditación de estudios. En este último caso, el descuento equivale a una tercera parte del valor del incremento salarial recibido.
El aporte personal al Fondo del Magisterio aplica de manera distinta según la situación del docente:
- Docentes nuevos o provisionales: Se realiza un descuento en el primer salario mensual aproximado del 33% para la afiliación al Fomag
- Docentes antiguos (en planta): Cuando hay un incremento salarial, se aplica un descuento por única vez equivalente al 33,33% del aumento. Este descuento tiene soporte legal en el artículo 8 de la Ley 91 de 1989.
Además, aplica cuando hay:.
- Reubicación salarial.
- Ascenso en el escalafón.
- Mejoramiento por especialización, maestría, etc.
2. Aportes a seguridad social (obligatorio)
Otro de los descuentos de ley que aparecen en todas las nóminas incluidas en las del pago del retroactivo salarial docente 2025 y aplican para todos los docentes, sin excepción son:
- Aportes para salud: El docente aporta el 4% de su salario base mensual a su EPS.
- Aportes para pensión pensión: Se descuenta el 4% del salario para el fondo de pensiones, ya sea Colpensiones o un fondo privado.
3. Aporte al Fondo de Solidaridad Pensional (FSP) (obligatorio si se supera un umbral salarial mensual)
Este descuento tiene como finalidad ayudar a financiar pensiones para personas en condición de vulnerabilidad.
Aplica solo si el salario mensual supera 4 salarios mínimos legales vigentes (SMLMV); en cuyo caso es de carácter obligatorio.
- Entre 4 y 16 SMLMV: Se descuenta un 1% adicional.
4. Cuota sindical (voluntario)
Aplica solo si el docente está afiliado a un sindicato (por ejemplo, ADE, SUTEV, etc.):
- Puede oscilar entre el 0,5% y el 1% del salario mensual.
- Es un descuento voluntario.

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5. Libranzas o descuentos por convenios (opcionales)
Estos descuentos se aplican cuando el docente ha autorizado un débito por préstamos u obligaciones con terceros:
- Créditos con bancos, cooperativas, fondos, etc.
- Pólizas, seguros, planes exequiales, etc.
- Se descuenta automáticamente mes a mes desde la nómina.
6. Aportes a cooperativas o fondos de empleados (opcionales)
- Si el docente está afiliado a una cooperativa o fondo, se descuenta una cuota mensual.
- El porcentaje depende de la entidad y del acuerdo firmado.
7. Retención en la fuente en el pago del retroactivo salarial docente 2025
Una de las inquietudes más comunes entre los docentes es: ¿qué descuentos pueden aplicarse si en junio o julio reciben simultáneamente el salario mensual, la prima de servicios y el pago del retroactivo del aumento salarial docente 2025?
Uno de los descuentos más relevantes es la retención en la fuente, regulada por el artículo 383 del Estatuto Tributario. En la siguiente sección le explicamos todo lo que debe tener en cuenta sobre este descuento.
¿Qué establece el artículo 383 del Estatuto Tributario sobre la retención en la fuente?
Este artículo dispone que los pagos laborales que excedan ciertos umbrales están sujetos a retención en la fuente, como forma de recaudo anticipado del impuesto de renta.
Para el año 2025, este umbral se ubica en 95 UVT, lo que equivale a $4.730.905 mensuales (según el valor de la UVT fijado por la DIAN en $49.799).
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¿Cómo afecta esto a los docentes?
Cuando un docente recibe en un solo mes su salario, la prima de servicios y el retroactivo (que puede corresponder a varios meses), su ingreso mensual se eleva significativamente. Esto puede tener las siguientes implicaciones:
- Incremento en la base de retención: al aumentar el ingreso mensual, es probable que se supere el umbral de 95 UVT, lo que activará la retención en la fuente.
- Aplicación de una tarifa más alta: con un ingreso mensual elevado, se podría ubicar en un rango superior de la tabla de retención, lo que implica una mayor tarifa de retención.
- Reducción del ingreso neto: al aplicarse una mayor retención, el monto neto recibido en junio podría ser menor al esperado.

¿Cuáles son las deducciones permitidas para docentes?
Los docentes pueden aplicar algunas deducciones para reducir la base sobre la cual se calcula la retención en la fuente:
- Deducción por dependientes: hasta el 10% de los ingresos brutos, con un límite de 32 UVT mensuales, equivalentes a $1.593.568 en 2025.
- Intereses por créditos hipotecarios: los intereses pagados por préstamos para adquisición de vivienda pueden ser deducidos, según lo establecido en el artículo 387 del Estatuto Tributario.
- Pagos por salud prepagada: hasta 16 UVT mensuales, equivalentes a $796.784 en 2025, siempre que el beneficiario sea el contribuyente, su cónyuge o hijos.
- Aportes voluntarios a fondos de pensiones y cuentas AFC: estos aportes pueden ser deducidos, con ciertos límites y condiciones.
Es importante destacar que la suma total de deducciones y rentas exentas no puede superar el 40% del ingreso neto del contribuyente.
Este descuento aplica cuando el salario del docente supera el umbral definido por la DIAN, y varía según los ingresos, cargas familiares y deducciones legales.
- Es un descuento proporcional según la tabla de retención en la fuente.
- No aplica a todos los docentes; depende del nivel salarial.