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Empleados de la Rama Judicial tendrán duro golpe en sus finanzas con la reforma pensional 2024: estas son las cuentas

Con los cambios a la Reforma Pensional 2024 con el umbral de cotización en Colpensiones, los empleados de la Rama Judicial recibirán una mesada aún menor. Calcule cuánto recibirá cada mes cuando se pensiones, con base en la tabla salarial de la Rama Judicial en 2024.
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En el debate sobre la reforma pensional 2024, la plenaria del Senado de la República redujo a 2,3 salarios mínimos mensuales el umbral de cotización en Colpensiones, de manera que los aportantes tendrán que cotizar en un fondo privado por los ingresos superiores a ese monto.

La decisión deja en vilo a los trabajadores de la Rama Judicial que, gracias a sus conocimientos y a la responsabilidad de sus cargos, reciben salarios superiores a ese umbral.

Esto se debe a que su mesada pensional se verá seriamente reducida por las diferencias de retorno entre el Régimen de Prima Media que administra Colpensiones y el Régimen de Ahorro Individual que administran los fondos privados de pensiones.

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Esta decisión se tomó en segundo debate. La Reforma Pensional 2024 continuará en discusión esta semana y, de ser finalmente aprobada en el Senado, pasará a los dos debates restantes en la Cámara de Representantes. ¿Qué les espera a los empleados públicos de la Rama Judicial si se aprueba?

¿Cuál es el impacto del nuevo umbral en la Rama Judicial, según la tabla salarial de 2024?

La importancia de la discusión sobre el umbral de cotización en Colpensiones radica en su impacto sobre las aspiraciones pensionales de los trabajadores, toda vez que la denominada tasa de reemplazo es menor en el Régimen de Ahorro Individual que en el Régimen de Prima Media.

La tasa de reemplazo del Régimen de Prima Media (Colpensiones) puede ser de entre el 65% y el 80% (según las semanas cotizadas) del Ingreso Base de Liquidación (IBL). Este a su vez, corresponde al promedio indexado de los últimos 10 años de trabajo o de toda la vida laboral, lo que sea más conveniente para el aportante.

En contraste, y si bien el Régimen de Ahorro Individual no cuenta con una tasa de reemplazo como tal, pues lo que reciben de pensión los afiliados depende de sus ahorros individuales más los rendimientos, en la práctica esta es de alrededor del 35%. Incluso, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) señaló que, para enero de 2024, esta fue del 28%.

Esto significa que la mayoría de los trabajadores de la Rama Judicial recibirán una mesada proporcionalmente menor por los ingresos superiores a 2,3 salarios mínimos mensuales, de la siguiente manera:

  1. Por sus primeros 2,3 salarios mínimos mensuales de ingresos: recibirán entre el 65% y 80% del IBL, según las semanas que hayan cotizado.
  2. Por los ingresos superiores a 2,3 salarios mínimos mensuales: recibirán alrededor del 35% del IBL, según lo que logren ahorrar en los fondos privados de pensiones más los rendimientos, que varían cada año y pueden ser positivos o negativos.

Para tener una idea del impacto que tendrá la reforma pensional 2024 en el bolsillo de quienes ganen más de 2,3 salarios mínimos mensuales, Nicolás Yemail, líder de la unidad de consultoría de Scola Abogados S.A.S. y experto en seguridad social, y María Alejandra Lara Lizcano, abogada de la misma firma, pusieron como ejemplo a una persona que haya tenido ingresos de $10.000.000 en los últimos 10 años de vida laboral y que haya cotizado el mínimo legal de 1.300 semanas.

Según los juristas, si esa persona estuviera afiliada en Colpensiones actualmente accedería a una tasa de reemplazo del 65% y recibiría cada mes una pensión de $6.500.000.

En contraste, con la reforma pensional 2024, y asumiendo una tasa de reemplazo de los fondos privados del 35%, esa persona recibiría una pensión de $4.397.000 mensuales, es decir, $2.103.000 menos de lo que recibiría con el régimen actual.

Además, y a pesar de que en Colpensiones solo cotizaría por $2.990.000 (correspondientes a 2,3 salarios mínimos) y en el fondo privado por $7.010.000, lo que recibiría en ambos componentes es similar: $ 1.943.500 en Colpensiones y $2.453.500 en el fondo privado. Es decir, a pesar de que en el fondo privado cotizaría por el 71% de sus ingresos, solo el 55,8% de su mesada provendría de allí.

Reforma pensional 2024. Imagen de referencia

Yemail y Lara también calcularon el escenario de una tasa de reemplazo del 28% en los fondos privados, como la que según la OIT se presentó en enero de este año.

En ese caso, la reducción en la mesada pensional sería aún mayor, y lo que recibiría el pensionado cada mes por parte de Colpensiones sería prácticamente idéntico a lo que recibiría por parte del fondo privado: De Colpensiones recibiría $1.943.500 mensuales y del fondo privado $1.962.800, para recibir un total de $3.906.300 al mes, es decir, $2.593.700 menos que lo que recibiría hoy en día con el régimen actual.

En este escenario, pese a que el fondo privado recibiría las cotizaciones por el 71% de los ingresos, su aporte a la mesada pensional bajaría al 50,2%.

Ingresos de $10.000.000
 Tasa de reemplazoMesada pensional
En Colpensiones con el régimen actual65%$ 6.500.000
Con reforma pensional 35%$ 4.397.000
Con reforma pensional 28%$ 3.906.300
Mesada pensional con el régimen actual y con reforma pensional 2024

Reforma pensional 2024: haga cuentas

Por factores como su nivel de formación académica, experiencia y responsabilidad del cargo, buena parte de los trabajadores de la Rama Judicial reciben ingresos superiores a los 2,3 salarios mínimos mensuales.

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Para calcular con base en la siguiente tabla salarial cómo le quedaría su pensión con el régimen actual y con la reforma pensional 2024, tenga en cuenta las bonificaciones y demás ingresos que se suman en el Ingreso Base de Cotización para la seguridad social:

DESCRIPCION CARGOSUELDO BÁSICO 2024BONIFICACIÓN JUDICIAL 2024TOTAL 2024
ABOGADO ASESOR GRADO 238.360.1604.169.87812.530.039
SECRETARIO DEL TRIBUNAL Y CONSEJO SECCIONAL7.681.7784.363.92312.045.701
RELATOR DEL TRIBUNAL7.681.7784.363.92312.045.701
ASISTENTE JURÍDICO GRADO 196.787.2784.409.26811.196.546
ASISTENTE SOCIAL JUZGADO DE EJECUCIÓN Y P 186.154.1464.248.63310.402.780
PROFESIONAL UNIVERSITARIO. G145.988.6054.183.18510.171.790
PROFESIONAL UNIVERSITARIO GRADO 165.572.4264.106.7829.679.209
ASISTENTE SOCIAL GRADO 15.266.9304.070.0599.336.989
AUXILIAR JUDICIAL GRADO 15.255.9723.755.5499.011.521
PROFESIONAL UNIVERSITARIO. G125.061.0853.777.3188.838.403
OFICIAL MAYOR NOMINADO DEL TRIBUNAL4.947.6513.722.1808.669.831
AUXILIAR JUDICIAL GRADO 24.947.6513.722.1808.669.831
PROFESIONAL UNIVERSITARIO GRADO 144.929.4053.617.3678.546.772
SECRETARIO DEL CIRCUITO4.923.7493.614.3588.538.107
PROFESIONAL UNIVERSITARIO. G114.767.5243.465.6898.233.213
SECRETARIO MUNICIPAL4.452.4913.318.8637.771.354
PROFESIONAL UNIVERSITARIO GRADO 124.358.1503.059.6947.417.845
PROFESIONAL UNIVERSITARIO G 124.358.1503.059.6947.417.845
ASISTENTE ADMINISTRATIVO GRADO 124.357.3123.059.6947.417.006
OFICIAL MAYOR O SUSTANCIADOR DEL CTO4.278.9693.031.8537.310.822
TÉCNICO EN SISTEMAS4.028.9832.510.1306.539.113
AUXILIAR JUDICIAL GRADO 44.028.9832.510.1306.539.113
AUXILIAR DE SISTEMAS GRADO 114.028.9832.510.1306.539.113
OFICIAL MAYOR O SUSTANCIADOR MUNICIPAL3.803.7532.496.0206.299.772
PROFESIONAL UNIVERSITARIO. G93.790.0962.391.1486.181.244
ASISTENTE ADMINISTRATIVO G93.790.0872.273.3866.063.473
ESCRIBIENTE NOMINADO DEL TRIBUNAL3.569.8162.294.1605.863.975
ASISTENTE ADMINISTRATIVO G73.478.2252.251.7335.729.959
ESCRIBIENTE NOMINADO DE CTO3.439.6692.159.2505.598.919
ASISTENTE ADMINISTRATIVO G62.827.9502.229.8385.057.788
ASISTENTE ADMINISTRATIVO G52.554.2591.916.7794.471.038
ESCRIBIENTE MUNICIPAL2.534.0231.808.4514.342.474
CITADOR GRADO 4 DEL TRIBUNAL2.515.8601.699.0264.214.886
CITADOR DE CTO GRADO 42.515.8601.699.0264.214.886
ASISTENTE ADMINISTRATIVO GRADO 62.515.4851.677.9244.193.409
CITADOR GRADO 32.348.8591.732.5114.081.369
ASISTENTE ADMINISTRATIVO G42.012.832903.3772.916.208
AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES1.880.216880.1932.760.409
AUXILIAR ADTVO G31.713.796851.9482.565.745
CONDUCTOR °31.590.275845.2452.435.521
Rama Judicial 2024. Tabla salarial 2024

También sirve de referencia la siguiente tabla salarial de trabajadores de la Fiscalía General de la Nación:

DENOMINACIÓNREMUNERACIÓN
DIRECTIVO
DIRECTOR NACIONAL I25.791.568
DIRECTOR NACIONAL II30.010.306
DELEGADO30.010.306
DIRECTOR ESTRATÉGICO I25.791.568
DIRECTOR ESTRATÉGICO 1130.010.306
DIRECTOR EJECUTIVO30.010.306
DIRECTOR ESPECIALIZADO25.791.568
DIRECTOR SECCIONAL DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN21.192.260
JEFE DE DEPARTAMENTO11.774.949
SUBDIRECTOR NACIONAL21.192.260
SUBDIRECTOR REGIONAL17.413.504
ASESOR
ASESOR I10.512.752
ASESOR II11.712.189
ASESOR III17.413.504
ASESOR DE DESPACHO20.997.835
ASESOR EXPERTO25.791.568
PROFESIONAL
FISCAL DELEGADO ANTE JUECES MUNICIPALES Y PROMISCUOS9.207.442
FISCAL DELEGADO ANTE JUECES DE CIRCUITO11.847.932
FISCAL DELEGADO ANTE JUECES PENALES DE CIRCUITO ESPECIALIZADOS13.201.264
FISCAL DELEGADO ANTE TRIBUNAL DEL DISTRITO16.700.972
FISCAL AUXILIAR ANTE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA16.700.972
PROFESIONAL DE GESTIÓN I4.591.328
PROFESIONAL DE GESTIÓN II5.266.937
PROFESIONAL DE GESTIÓN III6.447.649
PROFESIONAL ESPECIALIZADO I8.025.999
PROFESIONAL ESPECIALIZADO II9.923.984
PROFESIONAL EXPERTO15.654.081
PROFESIONAL INVESTIGADOR I5.540.187
PROFESIONAL INVESTIGADOR 117.200.329
PROFESIONAL INVESTIGADOR 1119.072.868
INVESTIGADOR EXPERTO15.654.081
TÉCNICO
AGENTE DE PROTECCIÓN Y SEGURIDAD I2.883.567
AGENTE DE PROTECCIÓN Y SEGURIDAD II3.439.677
AGENTE DE PROTECCIÓN Y SEGURIDAD 1114.067.348
AGENTE DE PROTECCIÓN Y SEGURIDAD IV4.671.818
ASISTENTE DE FISCAL I4.067.348
ASISTENTE DE FISCAL 114.278.976
ASISTENTE DE FISCAL 1114.452.499
ASISTENTE DE FISCAL IV4.923.754
SECRETARIO EJECUTIVO4.067.348
TÉCNICO I3.439.677
TÉCNICO II4.067.348
TÉCNICO III5.266.937
TÉCNICO INVESTIGADOR I3.503.012
TÉCNICO INVESTIGADOR II4.295.698
TÉCNICO INVESTIGADOR III4.923.754
TÉCNICO INVESTIGADOR IV5.389.821
ASISTENCIAL
ASISTENTE I2.463.712
ASISTENTE II3.439.677
AUXILIAR I2.124.088
AUXILIAR II2.578.344
CONDUCTOR I2.351.002
CONDUCTOR II3.376.445
CONDUCTOR III3.503.012
SECRETARIO ADMINISTRATIVO I2.889.929
SECRETARIO ADMINISTRATIVO II3.439.677
SECRETARIO ADMINISTRATIVO II4.067.348
Fiscalía. Tabla salarial 2024

¿Cómo ha sido la discusión sobre el umbral de cotización en Colpensiones en Reforma Pensional 2024?

Vale recordar que el Gobierno Nacional estableció como un elemento esencial de su reforma pensional 2024 que los trabajadores que hagan parte del Pilar Contributivo deberán cotizar de manera obligatoria una parte de sus ingresos en Colpensiones y otra parte en los fondos privados de pensiones.

Uno de los puntos centrales de la discusión sobre la reforma pensional 2024 es el establecimiento de un umbral que define hasta qué monto las cotizaciones se irán al Componente de Prima Media, entendiendo que el resto de las cotizaciones se irán al  Componente Complementario de Ahorro Individual en el Pilar Contributivo.

La propuesta inicial del gobierno había sido establecer en 3 salarios mínimos el umbral para cotizar en Colpensiones, con lo que las cotizaciones por los ingresos superiores a ese valor se irían a los fondos privados.

Durante el segundo debate de este proyecto de ley en la Plenaria de Senado se presentaron tres propuestas sobre este umbral:

  • Umbral: 3 salarios mínimos.
  • Umbral: 1.5 salarios mínimos.
  • Umbral: 1 salario mínimo.

Finalmente, el Gobierno Nacional acordó con senadores del Partido de la U y del Partido Liberal bajar el umbral a 2,3 salarios mínimos para lograr las mayorías parlamentarias en la votación de dicho proyecto de ley, como quedó ratificado en la votación del pasado miércoles, 17 de abril.

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