Hacienda propondrá en octubre bajar el 4×1.000 y quitar el impuesto al patrimonio: los colombianos pagaron $16,3 billones en 2025
Todavía no se sabe cuánto ni cuándo bajaría el 4×1.000. Hoy están exentos hasta $18.330.900 mensuales por persona y un cambio requiere aprobación del Congreso.
El Ministerio de Hacienda propondrá en octubre reducir gradualmente el 4×1.000 y desmontar el impuesto al patrimonio mediante una «ley de rescate». Miguel Gómez Martínez lo anunció en entrevista con La República y La FM publicada el 15 de septiembre de 2026 a las 12:04 de la madrugada.
Para ahorradores, pensionados y pequeños comerciantes no hay un cambio inmediato. Las reglas y los cobros actuales seguirán vigentes mientras no se apruebe una reforma.
La propuesta tocaría dos tributos muy distintos: uno se cobra al mover dinero por el sistema financiero y el otro recae sobre patrimonios líquidos altos. La precisión importa porque otro impuesto patrimonial, creado durante la emergencia económica de 2025, ya salió del ordenamiento.
¿Cuánto y cuándo baja el 4×1.000?
No se sabe cuánto bajaría ni en qué fechas. Gómez solo habló de «reducir gradualmente» y advirtió: «no lo podemos eliminar de la noche a la mañana». La tarifa y el calendario dependerán del proyecto que se presente y de lo que apruebe el Congreso, la institución que debate y aprueba las leyes nacionales.
Esa institución recibirá la iniciativa en octubre. Todavía no hay texto del proyecto ni comunicado oficial sobre sus artículos, de modo que no es posible calcular hoy el ahorro para una persona o negocio.
El ministro la describió como una ley fiscal orientada primero a reducir el gasto, aunque incorporaría alivios tributarios para estimular la economía. Otra nota del 15 de septiembre de 2026 explica la propuesta de pasar de 18 a 13 ministerios y recortar $43,4 billones.
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¿Qué es el 4×1.000 y quién lo paga?
El 4×1.000 es el gravamen a los movimientos financieros (GMF), un impuesto equivalente al 0,4 % de cada retiro o transacción gravada. Por cada $1.000 que se mueven, el cobro es de $4. Las entidades financieras lo retienen y lo entregan a la administración tributaria.
Los artículos 870 a 881-1 del Estatuto Tributario, la compilación de las normas fiscales nacionales, regulan la tarifa, los hechos gravados y las exenciones.
Quien declara renta puede deducir el 50 % del GMF pagado, conforme al artículo 115. Es una deducción, que resta de la base sobre la cual se calcula el tributo, y no un descuento directo del impuesto final.
¿Estoy exento del 4×1.000?
Una persona puede retirar o transferir hasta 350 unidades de valor tributario (UVT) al mes desde cuentas de ahorro, depósitos electrónicos o tarjetas prepago sin pagar el gravamen. En 2026, ese límite consolidado equivale a $18.330.900 mensuales. La UVT es la unidad usada para actualizar valores tributarios.
Desde el 13 de diciembre de 2024, el tope se suma entre cuentas y entidades sin exigir que el cliente marque una sola cuenta. El sistema puede no estar plenamente implementado; si una entidad retiene de más, el afectado puede pedir el reintegro.
Para pensionados hay una exención adicional de 41 UVT, equivalentes a $2.147.334, en la cuenta donde reciben la mesada. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), entidad que administra los tributos nacionales, fijó cada UVT de 2026 en $52.374 mediante la Resolución 000238 del 15 de diciembre de 2025.
¿Cuánto recauda y por qué es difícil quitarlo?
El 4×1.000 es difícil de eliminar porque aporta una porción estable de los ingresos tributarios y su recaudo ha crecido cada año desde 2022. Una reducción obligaría a compensar recursos o ajustar el gasto. Esa capacidad explica que Gómez lo calificara como «muy eficaz en términos de recaudo».
Estas son las cifras según la estadística de recaudo anual de la DIAN con corte al 25 de agosto de 2026, calculada por Más Colombia:
| Año | Recaudo del 4×1.000 | Parte del recaudo total de la DIAN |
|---|---|---|
| 2022 | $12,68 billones | 5,6 % |
| 2023 | $14,01 billones | 5,0 % |
| 2024 | $14,89 billones | 5,6 % |
| 2025 | $16,28 billones | 5,5 % |
| enero-julio de 2026 | $10,2 billones | 5,4 % |
En 2025, el recaudo total fue de $294,46 billones. Renta, impuesto al valor agregado (IVA), comercio exterior y GMF concentraron el 94,5 % del recaudo de 2025. Ese cálculo queda medio punto por debajo del 95 % citado por el ministro.
¿Ya intentaron desmontar antes el 4×1.000?
Sí. Cuatro leyes le fijaron una terminación o una ruta de reducción, pero ninguna logró que la tarifa bajara. El cobro nació temporal, se volvió permanente y permanece en cuatro por mil desde 2004, pese a los calendarios aprobados durante más de dos décadas.
- En 1998 nació como una contribución temporal del dos por mil durante la crisis financiera, mediante el Decreto Legislativo 2331 del 16 de noviembre de 1998, publicado por Función Pública.
- La Ley 633 de 2000 lo incorporó de manera permanente al sistema tributario con tarifa del tres por mil desde 2001.
- La Ley 863 de 2003 elevó transitoriamente la tarifa al cuatro por mil entre 2004 y 2007.
- La Ley 1111 de 2006 retiró la fecha de terminación.
- La Ley 1430 de 2010, publicada por la Secretaría del Senado, ordenó bajarlo al dos por mil en 2014 y 2015, al uno por mil en 2016 y 2017, y eliminarlo en 2018.
- La Ley 1694 de 2013 aplazó un año ese cronograma.
- La Ley 1739 de 2014 dispuso otra senda: tres por mil en 2019, dos por mil en 2020, uno por mil en 2021 y eliminación en 2022. Tampoco se cumplió.
¿Cuál impuesto al patrimonio se iría?
Hay dos impuestos al patrimonio recientes y solo uno sigue vivo: el de la Ley 2277 de 2022, publicada por la Secretaría del Senado, la reforma tributaria del gobierno anterior. En 2026 se aplica desde un patrimonio líquido de 72.000 UVT, equivalente a $3.770,9 millones.
Sus tarifas marginales son 0,5 %, 1 % y 1,5 %. La máxima solo rige hasta 2026; desde 2027 el tope queda en 1 %. Este impuesto recaudó $1,24 billones en 2025.
Distinto fue el Decreto Legislativo 1474 del 29 de diciembre de 2025, expedido por la Presidencia. Durante la emergencia económica creó para 2026 otro impuesto patrimonial desde 40.000 UVT, con tarifas de hasta 5 %, y una sobretasa de 15 puntos para entidades financieras y aseguradoras.
La Corte Constitucional suspendió sus efectos el 29 de enero y lo declaró inexequible en su totalidad mediante la sentencia C-079 del 15 de abril de 2026. Esos dos cobros ya no existen, no pueden recaudarse y los anticipos deben devolverse; por tanto, no hay nada que desmontar de esa norma.
¿De dónde saldrá la plata si bajan impuestos?
Gómez no identificó una fuente específica para reemplazar el recaudo que perdería el 4×1.000. Para 2027, dijo que el país necesitará conseguir $150 billones en deuda interna y $88 billones en crédito externo. Esas necesidades de financiación no constituyen todavía el reemplazo definido para el impuesto.
El escenario presupuestal expuesto reduce la proyección de recaudo de $322 billones a $299 billones y eleva el servicio de la deuda de alrededor de $100 billones a $155 billones. Al mismo tiempo, el gasto de funcionamiento subiría de $368 billones a $393 billones y el de personal, de $67 billones a $72 billones.
El ministro también afirmó que un millón de personas salieron del país durante los cuatro años del gobierno Petro, pero no es una cifra oficial de emigrantes.
Migración Colombia, en «¿Es cierto que muchos colombianos se fueron del país en los últimos años?», del 14 de mayo de 2026, aclaró que sus saldos cuentan movimientos de entradas y salidas, no personas únicas ni migración permanente.
La última ley que fijó la desaparición del 4×1.000 es de 2014 y la programaba para 2022; el impuesto cumple 28 años en noviembre.