El Tribunal de Cundinamarca da tres meses a MinTrabajo para reglar las mascotas en las empresas: el plazo legal venció en junio
La reforma laboral de 2025 deja en manos del empleador admitir perros y gatos. Los animales de apoyo emocional sí deben entrar con certificado de psicólogo o psiquiatra.
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca ordenó al Ministerio del Trabajo y al Ministerio de Salud y Protección Social expedir en tres meses las reglas para tener animales en los lugares de trabajo. El Tribunal divulgó la decisión el 16 de octubre de 2026 en un comunicado.
El fallo resolvió una acción de cumplimiento, la demanda que sirve para obligar a una autoridad a cumplir una ley. La reforma laboral de 2025 les dio a los dos ministerios doce meses para expedir esas reglas, y el plazo venció el 25 de junio de 2026.
Lo que ya rige es la ley, y esta deja a cada empleador decidir si admite perros y gatos. Con los animales de apoyo emocional es distinto: la empresa tiene que recibirlos si el trabajador presenta un certificado.
¿Se pueden llevar mascotas al trabajo en Colombia?
Un perro o un gato entra a la oficina solo si la empresa lo permite dentro de sus políticas de bienestar; el trabajador no puede exigirlo. El artículo 56 de la Ley 2466 de 2025 dice que el empleador «podrá» abrir esos espacios y nombra específicamente a perros y gatos.
Para los animales de asistencia, apoyo emocional o uso terapéutico, la ley cambia el verbo: el empleador «deberá» permitir su ingreso. La condición es que el trabajador presente un certificado que soporte su necesidad de apoyo físico, psicológico o emocional.
Ese certificado tiene que expedirlo un profesional de psicología o de psiquiatría. La norma no menciona otros profesionales ni otro tipo de documento.
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¿Qué tendrán que decir las reglas?
La ley les fija a los dos ministerios cinco temas mínimos, que van de la salud del animal a lo que se hace ante una emergencia o un conflicto. De esos temas saldrá qué le toca a la empresa y qué al trabajador que lleve a su animal.
- Condiciones de salud animal.
- Medidas de bioseguridad.
- Protocolos de convivencia.
- Responsabilidades del empleador y del trabajador.
- Procedimientos ante situaciones de emergencia o conflicto.
Hasta la madrugada de este 17 de octubre no aparecía publicado un borrador de esos lineamientos para comentarios. Ninguno de los dos ministerios se había pronunciado sobre el fallo.
¿Por qué el Tribunal se lo ordenó a los ministerios?
Dos ciudadanos les pidieron por escrito a los dos ministerios, el 26 de junio de 2026, que cumplieran la ley, y no obtuvieron respuesta. Con esa falta de respuesta como prueba, presentaron la demanda el 5 de agosto.
El Ministerio del Trabajo pidió declarar improcedente la demanda porque el cambio de gobierno y de equipos podía alargar el trabajo. También alegó que las reglas son un acto complejo que necesita a varias autoridades. El Ministerio de Salud no respondió durante el proceso.
El Tribunal rechazó que los cambios de gobierno sirvan de excusa para incumplir un plazo fijado por el Congreso. Aceptarlo, escribió, «conduciría al absurdo de que un mandato legal expreso resulte, en la práctica, inexigible».
La Subsección B de la Sección Primera dictó la sentencia de primera instancia el 8 de septiembre de 2026. El magistrado ponente fue Moisés Rodrigo Mazabel Pinzón; los tres magistrados la firmaron el 15 y el 16 de septiembre, y el fallo se conoció un mes después.
¿Desde cuándo corren los tres meses?
Los tres meses se cuentan desde que la sentencia queda en firme, no desde que el Tribunal la divulgó. Así lo dispone el artículo 21 de la Ley 393 de 1997, que regula estas demandas y fija diez días hábiles como regla, salvo que el juez justifique un plazo mayor, como ocurrió aquí.
Una impugnación presentada en los tres días siguientes a la notificación suspende, por regla general, la orden hasta que decida el superior. Pueden presentarla los demandantes, la autoridad que incumplió o el Defensor del Pueblo, según el artículo 26 de esa ley.
Por eso todavía no hay una fecha límite conocida para las nuevas reglas. El comunicado del Tribunal no dice si la sentencia quedó en firme ni si alguna de las partes la impugnó.