Estados Unidos bajaría a 6,47 % el arancel antidumping a las bolsas de papel de la colombiana Ditar: hoy sus envíos pagan 11,16 %
viernes, 16 de octubre de 2026
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Estados Unidos bajaría a 6,47 % el arancel antidumping a las bolsas de papel de la colombiana Ditar: hoy sus envíos pagan 11,16 %

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El 6,47 % todavía no se cobra: regiría solo si lo confirma la decisión final, que debe salir a más tardar el 4 de febrero de 2027. Las demás fábricas colombianas sin tasa propia siguen en 11,16 %.

Dos operarios revisan bolsas de papel kraft que salen de una máquina en una planta de empaques.

El Departamento de Comercio de Estados Unidos calculó un margen preliminar de dumping de 6,47 % para Ditar S.A., la única exportadora colombiana revisada, por sus ventas de bolsas de papel entre el 3 de enero de 2024 y el 30 de junio de 2025.

Lo publicó el 7 de octubre de 2026 en el Federal Register, el diario oficial del Gobierno de Estados Unidos. El arancel antidumping es el cobro extra que ese país impone cuando concluye que un producto se vende allá por debajo de su precio normal.

Hoy cada envío de bolsas de Ditar deposita 11,16 % al entrar a Estados Unidos. Si el cálculo se confirma, entrarían con un recargo 4,69 puntos porcentuales menor que el actual.

¿Qué es un arancel antidumping y quién lo paga?

El arancel antidumping lo deposita el importador en Estados Unidos cuando la mercancía entra al país. Se calcula como un porcentaje del valor con que la mercancía entra a la aduana, así que el recargo se suma al costo de las bolsas colombianas para quien las importa.

Antes de que la aduana liquide cada importación, el importador debe certificar que el exportador no le devolvió ese dinero. Si no presenta ese certificado, la autoridad puede presumir que hubo reembolso y cobrarle el arancel antidumping doble.

¿Cuándo empezaría a regir el 6,47 %?

El 6,47 % solo regiría si queda en firme en los resultados finales de la revisión. El depósito nuevo se aplicaría a las bolsas que entren desde la publicación de esa decisión; mientras tanto, cada envío sigue con el depósito actual y nada cambia en la aduana.

Las partes interesadas pueden presentar alegatos hasta el 28 de octubre, réplicas hasta el 2 de noviembre y pedir audiencia hasta el 6 de noviembre de 2026. Son fechas calculadas por Más Colombia con los plazos en días que fija el documento.

La decisión final debe salir a más tardar el 4 de febrero de 2027, salvo que el Departamento de Comercio prorrogue el plazo. Las instrucciones de cobro para el periodo revisado saldrían no antes de 35 días después.

Con esa decisión, el Departamento de Comercio fijará cuánto se cobra por lo que entró en el periodo revisado, y Aduanas y Protección Fronteriza (CBP), la aduana de Estados Unidos, lo liquidará. Si lo depositado resulta mayor que el arancel definitivo, la ley ordena devolverle la diferencia al importador.

Lo establece la sección 1673f del Código de Estados Unidos, que además suma intereses para lo que entró después de la decisión de daño de julio de 2024. Si lo depositado resulta menor, la diferencia solo se cobra sobre lo que entró después de esa decisión.

Si el margen final bajara de 0,50 %, se consideraría mínimo y el depósito de Ditar quedaría en cero.

Y ya viene otro cálculo: el 4 de septiembre de 2026, el Departamento de Comercio abrió una nueva revisión administrativa con Ditar como empresa revisada. Esa segunda revisión cubre las ventas del 1 de julio de 2025 al 30 de junio de 2026.

¿Qué pasa con las demás fábricas colombianas de bolsas de papel?

Las fábricas colombianas sin tasa propia siguen con la tasa general, que no cambia aunque cambie la de Ditar. En la orden antidumping del 18 de julio de 2024, Industria Colombiana de Papeles (Incolpa) y Fábrica de Bolsas de Papel (Unibol) quedaron con 56,14 %, que el ajuste de mayo de 2026 no tocó.

Esas dos tasas se fijaron con «hechos disponibles con inferencias adversas». La ley de aranceles de Estados Unidos usa los hechos disponibles cuando falta información y permite que la inferencia sea adversa si la empresa no cooperó lo mejor que podía. Los avisos del Federal Register no detallan el caso de cada una.

Como esas dos quedaron con tasas por información adversa, la determinación preliminar de enero de 2024 usó la de Ditar como tasa para todos los demás. Por eso la tasa general colombiana se movió junto con la de Ditar en mayo de 2026.

La orden cubre bolsas de papel para compras con asas, impresas o no y de cualquier color. Suelen ser de papel kraft, de menos de 300 gramos por metro cuadrado y de al menos 4,5 pulgadas de ancho y 2,5 de fondo.

  • Incluye asas de papel torcido, papel plano, hilo, cinta, cuerda, plástico o troqueladas.
  • Excluye ciertas bolsas tamaño barril con asas planas o troqueladas.
  • También excluye bolsas con asas hechas solo de cinta tejida que llevan el borde doblado o las asas sujetas con nudos o pasadores.
  • Entran por las subpartidas 4819.30.0040 y 4819.40.0040 del arancel de Estados Unidos.

¿Cómo queda Colombia frente a Vietnam, India y los demás países?

Ditar quedó por debajo de las empresas revisadas en Vietnam y Camboya, y por encima de las de India, Malasia y Taiwán. Cada porcentaje es de la empresa examinada en esta misma ronda, no de todo su país; el de Vietnam se publicó el 14 de octubre de 2026.

  • Vietnam: International Packaging Limited Company, 28,52 %.
  • Camboya: Nice Packaging, Brandart y TB Packaging, 20,08 %; UUPak, 73,30 % con información adversa.
  • India: Ckaari Packaging, 1,23 %; Velvin, 3,01 %; empresas no seleccionadas, 2,44 %.
  • Malasia: Hexachase Packaging, 2,16 %.
  • Taiwán: Haur Tyi Paper Bag no vendió por debajo del valor normal, es decir, no tuvo dumping en el periodo.
  • Portugal: la revisión se canceló el 11 de junio de 2026.

¿Por qué Estados Unidos les cobra este arancel a las bolsas colombianas?

El arancel lo pidieron la empresa Novolex Holdings y el sindicato estadounidense de trabajadores del acero, el papel y el sector forestal. En julio de 2024, la Comisión de Comercio Internacional de Estados Unidos (USITC), que decide si una importación daña a la industria local, concluyó que las de ocho países la dañaban.

La orden del 18 de julio de 2024 le fijó a Ditar un margen de 11,06 %. En octubre de 2025, el Tribunal de Comercio Internacional de Estados Unidos ordenó revisar si una venta de Ditar debía contarse como venta en Colombia o en Estados Unidos.

El Departamento de Comercio la contó como venta a Estados Unidos y recalculó. Con el ajuste publicado el 26 de mayo de 2026, la tasa de Ditar y la general de las fábricas colombianas sin tasa propia subieron a 11,16 % desde el 23 de abril de 2026.

Los documentos del Federal Register no dicen cuántas bolsas vende Ditar en Estados Unidos ni cuánto se ha depositado por ellas.