Actualizar RUT 2023: qué es, cómo se obtiene una copia y cuándo aplica
Luis Carlos Reyes, director de la DIAN, aclaró que actualizar el RUT (Registro Único Tributario) no siempre es necesario, pues es un documento de carácter permanente.
Reyes señaló que es necesario actualizar el RUT solamente cuando hay cambios en la ubicación, las actividades, nuevas responsabilidades, reformas, cambios de representante, socios, miembros de junta directiva, contador y/o revisor fiscal. Si nada de eso ha cambiado, está vigente y actualizado.
El Registro Único Tributario cuenta con dos fechas. La primera hace alusión al momento en el que se descargó la copia del documento, y está ubicada en la parte inferior derecha. La segunda corresponde a la fecha de inscripción o de actualización del documento.
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Si sus datos no han cambiado, cuando le solicitan una copia del documento la fecha que debe aparecer actualizada, en el sentido de ser inferior a seis meses, es la primera (la de la descarga).
“Al descargar una copia del RUT, usted acredita que la información al momento de la descarga está vigente. Si no tiene cambios en sus datos, no necesita actualizar el RUT, exactamente del mismo modo que no necesita ‘actualizar’ su cédula de ciudadanía si no ha cambiado de nombre”, señaló el funcionario.
Ante las explicaciones del director de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), varios internautas le solicitaron emitir una circular al respecto y hacerla llegar a las oficinas de recursos humanos, ya que es frecuente que empresas privadas y entidades públicas les exijan a los ciudadanos entregar una copia actualizada del RUT a la hora de pagar una cuenta de cobro, registrarlos como proveedores o contratar personal.
¿Qué es el RUT?
El Registro Único Tributario es el mecanismo para la identificación, ubicación y clasificación de las personas naturales, jurídicas y demás sujetos que posean obligaciones administradas por la DIAN.
De acuerdo con el portal Actualícese, “constituye el mecanismo único para identificar, ubicar y clasificar las personas y entidades que tengan la calidad de contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta y no contribuyentes declarantes de ingresos y patrimonio, responsables del IVA (antiguo régimen común), no responsables del IVA (antiguo régimen simplificado), agentes de retención, importadores, exportadores, usuarios aduaneros y demás sujetos a obligaciones administradas por la Dian” (al respecto, puede consultar el artículo 555-2 de Estatuto Tributario).
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La inscripción en el RUT debe ocurrir antes del inicio de la actividad económica. Las personas naturales que vayan a declarar por primera vez, tienen plazo para inscribirse hasta la fecha de vencimiento prevista para presentar la declaración de renta.
Actualizar el RUT: ¿cómo se obtiene una copia actualizada?
Quienes ya han sacado el RUT con anterioridad pueden obtener una copia sin tener que solicitar una cita. Para ello, deben ingresar a la página web de la DIAN, www.dian.gov.co, y realizar los siguientes pasos:
- En el costado izquierdo, seleccionar la opción “Usuario Registrado”
- Ingresar el NIT o número de cédula y contraseña para ingresar.
- Al acceder a la cuenta virtual, dirigirse a la sección “Favoritos”, donde se encontrará el link para descargar la copia del RUT.
Otra opción es seguir los pasos señalados en Urna de Cristal, una iniciativa del Estado colombiano para promover la participación ciudadana en medios digitales y la transparencia gubernamental:
- Regístrarse en la Carpeta Ciudadana Digital en el portal www.gov.co
- Ingresar a “Mis categorías”.
- Buscar la categoría “Identidad, registros”.
- Seleccionar “Copia Registro Único Tributario (RUT)
- Descargar la copia del documento.
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