Aranceles al acero anulados: la CAN desestima la medida de Colombia contra importaciones de Perú
La CAN invalidó los aranceles al acero impuestos por Colombia, argumentando que no se probó un daño grave a la industria nacional ni un aumento desproporcionado en las importaciones desde Perú.

El Gobierno de Colombia impuso aranceles al acero en las importaciones de barras de hierro o acero corrugadas para refuerzo de concreto, clasificadas bajo la subpartida arancelaria 7214.20.00.00. Esta medida se oficializó mediante el Decreto 1227 del 3 de octubre de 2024, el cual entró en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial.
La medida establece un contingente anual de 29.529,03 toneladas que pueden importarse sin arancel desde los países miembros de la Comunidad Andina. Las importaciones que excedan este cupo están sujetas a un gravamen del 14,5%. Esta salvaguardia tiene una vigencia de dos años a partir de su implementación.
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La decisión se basó en una investigación del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo que evidenció un incremento del 19% en las importaciones desde la CAN y una disminución del 7% en el precio por tonelada, lo que afectó negativamente a la industria nacional, cuyas ventas se redujeron en un 13,1%.
Sin embargo, la Secretaría General de la Comunidad Andina evaluó la medida y concluyó que no cumplía con los criterios necesarios para su implementación. El organismo determinó que no hubo un incremento súbito ni desproporcionado en las importaciones y que la contracción de la producción nacional estaba relacionada con factores internos, como la desaceleración del sector construcción y el aumento en los costos de insumos. Por ello, ordenó la suspensión inmediata de los aranceles al acero y la devolución de los montos cobrados durante su vigencia.
La Cámara Colombiana de Productores de Acero de la ANDI expresó su desacuerdo con esta decisión, argumentando que desprotege la producción local y que la evaluación de la CAN presentó fallas metodológicas y desconoció principios básicos de defensa comercial reconocidos por la Organización Mundial del Comercio (OMC).

¿Por qué la CAN decidió invalidar los aranceles al acero?
La decisión de la Comunidad Andina (CAN) de invalidar los aranceles al acero impuestos por Colombia se basó en varios factores técnicos y jurídicos relacionados con las normas del comercio intrarregional. Los principales argumentos que sustentaron esta decisión fueron:
- Falta de evidencia de un incremento súbito y desproporcionado en las importaciones:
La Secretaría General de la CAN concluyó que el aumento del 19% en las importaciones de acero desde los países andinos no era lo suficientemente brusco ni significativo para justificar la aplicación de una salvaguardia. Según las normas de la CAN (Decisión 425), una salvaguardia solo es válida si se demuestra que hay un incremento inusual que cause o amenace causar un daño grave a la industria nacional. - Ausencia de un nexo causal claro entre las importaciones y el daño a la industria local:
El organismo determinó que la caída en la producción de acero en Colombia no estaba directamente relacionada con las importaciones provenientes de la CAN. Argumentaron que la reducción de las ventas del sector siderúrgico colombiano obedecía a factores internos, como la desaceleración del sector de la construcción y el incremento en los costos de producción, y no a una competencia desleal o al aumento desmedido de las importaciones. - Incompatibilidad con las normas comunitarias:
La CAN consideró que Colombia no cumplió con los procedimientos adecuados para justificar la salvaguardia. Las medidas proteccionistas dentro del bloque andino solo se permiten en circunstancias excepcionales y con pruebas concluyentes de daño grave, condiciones que la investigación del Ministerio de Comercio de Colombia no habría acreditado de manera suficiente. - Afectación a la libre circulación de bienes dentro de la CAN:
La imposición de aranceles al acero contradice el principio de libre comercio establecido en el marco de la Comunidad Andina. Este principio busca garantizar que los productos puedan circular sin restricciones arancelarias entre los países miembros (Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú) para fomentar la integración económica. - Protección de los intereses de otros miembros:
La medida adoptada por Colombia afectaba principalmente a Perú, que es el mayor exportador de acero corrugado a Colombia dentro de la CAN.

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Respuesta colombiana
La respuesta de Colombia ante la decisión de la Comunidad Andina (CAN) de invalidar los aranceles al acero se ha centrado en la reacción de la industria siderúrgica nacional, representada por la Cámara Colombiana de Productores de Acero de la Asociación Nacional de Empresarios de Colombia (ANDI).
El gremio ha expresado su preocupación y desacuerdo con la resolución de la CAN, argumentando que la medida desprotege la producción local y que la evaluación realizada por la CAN presenta fallas metodológicas. Por ello, han solicitado al Gobierno colombiano que presente un recurso de reconsideración contra la decisión de la CAN.

Señalaron que en 2023 las importaciones de barras de acero corrugadas desde la CAN alcanzaron 33.654 toneladas, de las cuales el 99,4% provinieron de Perú, lo que habría desplazado la producción local y generado pérdidas en la industria nacional.
Hasta el momento, no se ha informado oficialmente sobre la posición o acciones específicas que el Gobierno colombiano planea tomar en respuesta a la decisión de la CAN. Se espera que en los próximos días las autoridades competentes analicen la situación y determinen los pasos a seguir para defender los intereses de la industria nacional.