Atrás podrían quedar los días en los que empleados públicos, nombrados en cargos de libre nombramiento y remoción, debían darle punto final a su comisión de servicios y regresar a sus cargos de carrera administrativa para evitar perderlos.
En días pasados, se presentó la ponencia positiva al Proyecto de Ley 258 de 2024, que elimina el límite de seis años para ejercer comisiones de servicio. Hasta el momento, los empleados públicos que superen este límite son automáticamente desvinculados de su cargo de carrera administrativa.
El proyecto de ley, liderado por los senadores Ana Paula Agudelo García (Coordinadora ponente) y José Alfredo Marín Lozano (ponente), propone modificar el Artículo 26 de la Ley 909 de 2004, “por la cual se expiden normas que regulan el empleo público, la carrera administrativa, gerencia pública y se dictan otras disposiciones”.
Con ello se busca que los empleados públicos puedan ser nombrados sin aquella restricción temporal para desempeñar empleos de libre nombramiento y remoción o empleos de período, para los cuales hayan sido nombrados o elegidos, ya sea en la misma entidad a la cual se encuentran vinculados o en otra.
Hasta el momento, el proyecto de ley que busca modificar la comisión de servicios está comenzando su trámite legislativo. Para ser aprobado, deberá superar cuatro debates, dos en el Senado y dos en la Cámara de Representantes.
Proyecto de ley busca beneficiar a empleados públicos.
Una nueva regulación sobre la comisión de servicios para empleados públicos
El proyecto de ley que actualmente está siendo discutido en el Senado plantea los siguientes cambios al Artículo 26 de la Ley 909 de 2004:
Se elimina la restricción que impide, en todo caso, que una comisión de servicios o la suma de varias de ellas sea superior a seis años, so pena de ser desvinculado del cargo de carrera administrativa en forma automática.
Se incluye un inciso en el que se señala que, “luego de su reintegro al cargo, al empleado público de carrera administrativa se le podrán conceder nuevas comisiones para desempeñar cargos de libre nombramiento y remoción o de periodo, en las mismas condiciones consagradas en el párrafo primero del presente artículo”.
Es así que, de ser aprobada esta nueva regulación, los servidores públicos podrán recibir comisiones de servicios con las siguientes características:
De tres años, prorrogables por otros tres años, para desempeñar empleos de libre nombramiento y remoción en cualquier entidad pública.
Durante el periodo establecido, para el caso de un empleo de período, cuando haya sido nombrado o elegido, también en cualquier entidad pública.
Podrían ser nombrados, en cualquier momento de su vida laboral en el sector público, en otra comisión de servicios una vez termine la anterior y sea reintegrado a su empleo de carrera administrativa.
Una medida que beneficiará a los empleados públicos del país
De aprobarse, esta medida beneficiará a los diferentes empleados públicos de todos los sectores de la administración pública, pues esta busca:
Permitir que funcionarios de carrera puedan ser nombrados para cargos de período o de libre nombramiento y remoción; sin desmedro o pérdida de su trayectoria como funcionarios de determinada entidad, una vez finalizado el servicio público al que fuesen llamados.
Que su renuncia al cargo de periodo o de libre nombramiento y remoción no resulte en la pérdida de la trayectoria en la carrera administrativa, por medio de la cual haya podido recibir el reconocimiento y la confianza para ejercer dichos encargos.
Mantener las condiciones de calificación de servicios (satisfactoria) para acceder a estos beneficios. Es decir, no podrán ser llamados a encargos contratistas o funcionarios en periodo de prueba que no lo hayan superado o que no hayan cumplido los requisitos para acceder a la carrera administrativa de la respectiva entidad.
Según se lee en su motivación, con este proyecto de ley se contribuye al fortalecimiento de “la identidad institucional, el fortalecimiento y promoción de la función pública; y, además, representa un reconocimiento a los funcionarios que han dedicado su vida a la construcción de nación en servicio de los colombianos”.
En la justificación del mismo, se considera que las restricciones de la normatividad actual que desvincula a los empleados públicos que ejerzan comisiones de servicios más allá de los seis años “resulta en una pérdida valiosa para la entidad y en un freno para la expectativa de crecimiento y desarrollo profesional en el marco de la función pública”.
Este proyecto de ley también busca reconocer los cambios sociales que han evidenciado la tendencia a que el empleado público permanezca más tiempo al servicio del Estado, lo que ha conllevado a un desarrollo normativo como el de la Ley 1821 de 2016 que aumentó la edad máxima para el retiro del cargo de las personas que desempeñen funciones públicas.
De concretarse este cambio legislativo, se espera que los empleados públicos cuenten con mejores garantías para el ejercicio de la función pública al eliminar restricciones que obstaculizan el ejercicio de mayores responsabilidades en el Estado.