Ojo, todos podrán ahorrar hasta 10 millones en la declaración de renta: la desconocida medida que aprobó la reforma tributaria
Cuando adquiera algún producto o servicio recuerde pedir la factura electrónica, así podrá deducir un monto importante en la declaración de renta. Le contamos cómo solicitar este documento y los datos que NO debe entregar.

La reforma tributaria trae un importante beneficio para los ciudadanos que deben hacer su declaración de renta el próximo año. El artículo 336 de la Ley 2277 de 2022 (reforma tributaria) señala que las personas naturales pueden deducir del impuesto de renta el 1% del valor total de las compras de bienes o servicios, siempre y cuando estén soportados con factura electrónica.
Le puede interesa: Reforma laboral plantea que todos los inmigrantes tengan las mismas garantías laborales que los colombianos
Ese descuento en la declaración de renta no podrá exceder las 240 UVT (Unidad de Valor Tributario) que, a valor de 2023 ($42.412), equivalen a $10.178.800. El numeral 5.2 del artículo 336 de la Ley 2277 dicta:
“Que la adquisición del bien y/o del servicio esté soportada con factura electrónica de venta con validación previa, en donde se identifique el adquirente con nombres y apellidos y el número de identificación tributaria -NIT o número de documento de identificación, y con el cumplimiento de todos los demás requisitos exigibles para este sistema de facturación”.
Además, a partir del 1° de junio de este año, el comercio está obligado a expedir la factura electrónica por transacciones iguales o superiores a 5 UVT, que para 2023 equivale a $212.060. Sin embargo, el consumidor podrá pedir la emisión de este documento sin importar el monto de la transacción
De acuerdo con el Estatuto Tributario, la factura electrónica debe dar cuenta de tan solo 3 datos del ciudadano, persona natural, que adquiere dichos bienes y servicios: 1. Nombres y apellidos, 2. Número de documento de identificación y 3. Correo electrónico.
Quiénes deben hacer la declaración de renta en 2024
La declaración de renta en 2024 debe ser realizada por toda persona natural con ingresos anuales superiores a las 1.400 UVT ($59.376.800 con la UVT de 2023), esto es un monto cercano a los 5 millones de pesos mensuales. Sin embargo, declarar no significa pagar el impuesto de renta.
Las personas que deben pagar esta obligación tributaria son quienes tienen ingresos mensuales que superan los 10 millones de pesos. Según cifras del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, en Colombia tan solo 250 mil personas tienen este tipo de ingresos, es decir, menos del 0,5% del total de la población.
Entonces, el beneficio para la declaración de renta por deducibilidad de los gastos soportados por factura electrónica empezará a aplicarse desde el próximo año, cuando entre en vigencia este beneficio. Así, los contribuyentes tendrán que hacer su declaración de renta del año gravable 2023.
Le puede interesar también: Feria EVA 2023: Le contamos todos los detalles, lugar, costos y algunas de las 400 marcas que harán parte
Al momento de pedir la factura electrónica para su declaración de renta, tenga en cuenta lo siguiente
A pesar de que la normativa de la factura electrónica viene desde 2015, y desde 2023 el comercio está obligado a expedirla, todavía hay varias deficiencias al momento de su expedición.
En primer lugar, en muchas ocasiones el comercio no emite la factura electrónica si el contribuyente no la solicita, lo que representa una barrera para el cumplimiento de la transparencia fiscal que busca el sistema.
En segundo lugar, cuando el ciudadano solicita la factura electrónica, en algunas ocasiones los establecimientos se exceden al solicitar documentos que no exige la ley, como la copia del RUT (Registro Único Tributario), responsabilidades tributarias del contribuyente o si el sujeto está obligado a declarar el IVA, entre otras.
Si el ciudadano no entrega estos documentos, el comercio no emite la factura electrónica y, por lo tanto, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) no podrá centralizar ni hacer el seguimiento al monto de la transacción.
En cuanto al ciudadano, pierde los beneficios que le otorga la ley, como la deducibilidad en su declaración de renta.
Pero el contribuyente no solo está expuesto a la situación descrita, sino que también sus datos personales sensibles empiezan a caer en muchas manos, debido a que los proveedores de factura electrónica de varios establecimientos exigen información personal que el reglamento tributario de Colombia no necesita.
- Aún conociendo esto, el comercio insiste en exigirle al ciudadano datos como el número de teléfono, dirección de residencia, e incluso, la autorización “voluntaria” del tratamiento de los datos de acuerdo con la política del proveedor de la factura. Si el ciudadano no entrega esta información, el establecimiento no emite la factura electrónica.
Sanciones por no emitir la factura electrónica
Ante las barreras para emitir la factura electrónica, que terminan por afectar al ciudadano en su declaración de renta, la ley tributaria colombiana señala como sanciones el cierre del establecimiento hasta por 3 días o el pago de una multa para el comercio que no entregue la factura electrónica, o que la entregue sin los requisitos mínimos que este documento debe cumplir.
El artículo 652-1 del Estatuto Tributario señala:
“Quienes estando obligados a expedir facturas no lo hagan, podrán ser objeto de sanción de clausura o cierre del establecimiento de comercio, oficina o consultorio, o sitio donde se ejerza la actividad, profesión u oficio de conformidad con lo dispuesto en los artículos 657 y 658 del Estatuto”.
Por su parte, la factura debe tener información como la siguiente:
- Apellidos y nombre o razón y NIT del vendedor o de quien presta el servicio.
- Apellidos y nombre o razón social y NIT del adquirente de los bienes o servicios
- La discriminación del IVA pagado.
- Número que corresponda a un sistema de numeración consecutiva de facturas de venta.
- Fecha de expedición.
- Descripción específica o genérica de los artículos vendidos o servicios prestados.
- Valor total de la operación.
Además del cierre del establecimiento, en algunos casos la infracción también da lugar al pago de una multa correspondiente al 10% de los ingresos del mes anterior, como lo señala el artículo 657 parágrafo 6.
Así que recuerde antes de declarar renta el próximo año, pedir su factura electrónica de acuerdo con lo que exige la ley, y si encuentra barreras como las que describimos en este artículo, puede denunciar las irregularidades ante la DIAN en la línea de WhatsApp 3108728457.
Siga leyendo: Más de 300 millonarios, economistas y líderes globales se unen por más impuestos a los más ricos