miércoles, 9 de septiembre de 2026
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El senador Luis Carlos Rúa pide 150 kilómetros entre peajes para los conductores: los vecinos pagarían tarifa diferencial

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Los peajes no cambian hoy por esta propuesta. El Senado la anunció el 8 de septiembre; el alivio para vecinos sigue sin debate ni aprobación.

Conductores esperan y pagan en una estación de peaje de una carretera montañosa colombiana.

Según el comunicado del Senado del 8 de septiembre de 2026, lo anunciado por el senador Luis Carlos Rúa es una propuesta de 150 kilómetros entre peajes y tarifas diferenciales para vecinos; hoy no cambia nada para los conductores.

El Ministerio de Transporte respondió la pregunta sobre la separación en el concepto 20251340405991 del 3 de abril de 2025: la Circular 20181400303461 del 3 de agosto de 2018 no fija una distancia mínima entre estaciones ubicadas en una misma área de influencia.

Según el mismo concepto ministerial del 3 de abril de 2025, eso no equivale a una ausencia total de reglas: se requiere un concepto vinculante previo del ministro de Transporte y un estudio de viabilidad técnica, operativa, económica, social y financiera.

Como el comunicado del Senado del 8 de septiembre de 2026 presenta una iniciativa que apenas se impulsa, sin debates ni aprobación reportados, sus 150 kilómetros y beneficios para residentes son propuestas, no cobros, descuentos ni derechos vigentes.

¿Qué propone el proyecto?

Una separación mínima de 150 kilómetros, un inventario nacional de peajes, un fondo para ciertos recaudos administrados por el Instituto Nacional de Vías (Invías) y tarifas diferenciales para comunidades vecinas son los cuatro componentes del proyecto, según el comunicado del Senado del 8 de septiembre de 2026.

Lo que propone el proyecto Lo que rige hoy
Distancia mínima de 150 kilómetros entre estaciones de peaje. La Circular 20181400303461 de 2018 no fija una distancia mínima, según el concepto 20251340405991 del Ministerio de Transporte del 3 de abril de 2025; sí exige un estudio de viabilidad y existe concepto vinculante previo del ministro.
Inventario nacional de peajes antes de autorizar nuevos puntos de recaudo. No hay norma equivalente verificada.
Fondo independiente en Invías para invertir en las mismas vías los recaudos de peajes que reviertan a esa entidad. El artículo 21 de la Ley 105 de 1993 ordena destinar el recaudo exclusivamente al respectivo modo de transporte. No hay norma equivalente verificada que cree el fondo propuesto.
Tarifas diferenciales para comunidades que viven cerca y cruzan con frecuencia. El literal d del artículo 21 de la Ley 105 de 1993 usa “diferenciales” para tarifas proporcionales al recorrido y al tipo de vehículo. No hay norma equivalente verificada para el alivio vecinal propuesto.

Rúa afirmó, según el comunicado del Senado del 8 de septiembre de 2026, que en Colombia no hay regulación sobre distancia mínima y citó los peajes alrededor de Chinchiná y los de El Escobero y Las Palmas, en Envigado, como ejemplos de estaciones cercanas atribuidas a entidades diferentes.

Esos ejemplos son afirmaciones del senador recogidas por la prensa del Senado el 8 de septiembre de 2026; no están verificados de manera independiente. Además, Más Colombia confirmó al 9 de septiembre de 2026 que Las Palmas pasó de la antigua concesión vial Devimed al Invías el 1 de agosto de 2026.

Según esa verificación de Más Colombia al 9 de septiembre de 2026, hoy Las Palmas no puede describirse como un peaje de una concesión. La transferencia actualiza el contexto del ejemplo, pero no modifica el contenido de la propuesta divulgado por el Senado el 8 de septiembre de 2026.

¿Hoy hay alguna distancia mínima entre peajes?

No hay una distancia mínima fijada en la circular que regula los estudios para nuevas estaciones: el concepto 20251340405991 del Ministerio de Transporte, fechado el 3 de abril de 2025, respondió que la Circular 20181400303461 del 3 de agosto de 2018 no se pronuncia sobre esa separación.

El concepto ministerial del 3 de abril de 2025 se refería exactamente a la distancia mínima permitida entre un peaje y otro dentro de una misma área de influencia. La precisión es que no existe allí un umbral en kilómetros, no que cualquier estación pueda instalarse sin requisitos.

El artículo 21 de la Ley 105 de 1993, consultado por Más Colombia el 9 de septiembre de 2026, tampoco contiene la palabra kilómetro ni una regla de separación. Según esa revisión, su mención a las distancias aparece al definir cómo deben diferenciarse las tarifas.

Entonces, ¿quién decide dónde va un peaje?

La ubicación no queda sin control: el numeral 6.14 del artículo 6 del Decreto 087 de 2011 exige el concepto vinculante previo del ministro de Transporte para peajes en vías nacionales y territoriales, según el concepto ministerial del 3 de abril de 2025.

La Circular 20181400303461 del 3 de agosto de 2018 también exige justificar una estación nueva mediante un estudio de viabilidad técnica, operativa, económica, social y financiera, según el concepto 20251340405991 del Ministerio de Transporte.

Según el concepto ministerial del 3 de abril de 2025, ese estudio debe evaluar impactos y externalidades, mientras su componente socioeconómico debe establecer el efecto sobre comunidades vecinas y usuarios cuando haya peajes dentro de una misma zona de influencia.

¿Qué significa que las tarifas sean diferenciales?

La expresión tiene dos sentidos: según el literal d del artículo 21 de la Ley 105 de 1993, significa cobrar en proporción a la distancia recorrida y al tipo de vehículo; según el comunicado del Senado del 8 de septiembre de 2026, el proyecto la usa como alivio para residentes cercanos.

El literal d del artículo 21 de la Ley 105 de 1993 también incluye las características vehiculares y sus costos de operación. El literal e de ese artículo añade que, para definir peajes y tasas de valorización en vías nacionales, debe considerarse un criterio de equidad fiscal.

El beneficio vecinal que Rúa propone sería para quienes atraviesan el peaje con frecuencia por trabajo o atención médica, según el comunicado del Senado del 8 de septiembre de 2026. Conforme a esa publicación, es una propuesta y no un descuento vigente.

Rúa afirmó en ese comunicado del Senado que hay comunidades que pagarían “más de un salario mínimo al mes” para movilizarse. La cifra es una declaración suya publicada el 8 de septiembre de 2026 y no una medición independiente ni una tarifa oficial aplicable a todos los vecinos.

¿Qué pasaría con la plata que recaudan los peajes?

Según el comunicado del Senado del 8 de septiembre de 2026, el proyecto crearía un fondo independiente en Invías para manejar el recaudo de los peajes que recibe esa entidad al terminar las concesiones, invertirlo en las mismas vías y conservar allí esos recursos.

Rúa sostiene, en el comunicado del Senado del 8 de septiembre de 2026, que hoy esos recursos van directamente a la Nación. Esa afirmación es del senador; las fuentes oficiales citadas no ofrecen un consolidado nacional del recaudo ni permiten calcular un monto anual.

El artículo 21 de la Ley 105 de 1993 contiene la regla general verificable: los recursos provenientes de peajes, tarifas y tasas deben utilizarse exclusivamente en el modo de transporte correspondiente. Según el Senado, el proyecto añadiría el fondo y la destinación territorial.

¿Cuánto subieron los peajes este año?

Los peajes a cargo de la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) aumentaron 5,10 % desde el 16 de enero de 2026, según su comunicado del 10 de enero. Ese comunicado limita el dato a los peajes de la ANI y advierte que hubo excepciones con incrementos mayores.

El comunicado de la ANI del 10 de enero de 2026 precisa las excepciones: 15 peajes sumaron un incremento complementario por la normalización del Decreto 050, mientras Amagá y Laberinto añadieron un porcentaje gradual por la entrega de unidades funcionales de sus concesiones.

Por eso, 5,10 % fue el ajuste general de los peajes administrados bajo proyectos de la ANI, con casos que subieron más, según esa entidad. No existe en las fuentes oficiales consultadas un porcentaje único que describa todos los peajes colombianos durante 2026.

¿Qué se sabe y qué no se sabe todavía?

Se conocen los cuatro ejes anunciados por el Senado el 8 de septiembre de 2026, pero no una ley aprobada ni beneficios exigibles. El comunicado no publica el número del proyecto, y Más Colombia no pudo confirmarlo en la ficha oficial del Congreso al 9 de septiembre de 2026.

El comunicado del Senado del 8 de septiembre de 2026 presenta un proyecto que apenas se impulsa, sin debates ni aprobación reportados. Por eso, presentar los 150 kilómetros, el fondo o el beneficio vecinal como una decisión oficial excedería lo publicado.

Las fuentes oficiales citadas no ofrecen un consolidado nacional que permita afirmar cuántos peajes hay o cuánto recaudan al año. Más Colombia constató al 9 de septiembre de 2026 que las reversiones de concesiones de 2026 cambiaron el reparto de estaciones entre Invías y la ANI.

Lo confirmado es más acotado: según el concepto del Ministerio de Transporte del 3 de abril de 2025, no hay una distancia mínima en la circular, pero sí controles previos. Según el Senado, los 150 kilómetros, el fondo, el inventario y el alivio vecinal siguen siendo propuestas.

¿De dónde sale esta información?

La propuesta y las declaraciones de Rúa provienen del comunicado del Senado del 8 de septiembre de 2026. Las reglas actuales se contrastaron con la Ley 105 de 1993 y con el concepto 20251340405991 del Ministerio de Transporte del 3 de abril de 2025.

Sobre la propuesta: el comunicado de la Oficina de Información y Prensa del Senado, publicado el 8 de septiembre de 2026, presenta los cuatro componentes y recoge las declaraciones del senador.

Sobre ubicación y estudios: el concepto 20251340405991 del Ministerio de Transporte, del 3 de abril de 2025, reproduce la respuesta sobre distancia mínima y cita el Decreto 087 de 2011 y la Circular 20181400303461 de 2018.

Sobre tarifas y destino del recaudo: el artículo 21 de la Ley 105 de 1993 en el Gestor Normativo de Función Pública contiene los criterios diferenciales y el uso exclusivo de los recursos para el modo de transporte correspondiente.

Sobre el aumento de 2026: el comunicado de la Agencia Nacional de Infraestructura, publicado el 10 de enero de 2026, fija el ajuste desde el 16 de enero y detalla los peajes con incrementos adicionales.

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