Reforma Laboral y regulación de plataformas tecnológicas: deben evitar competencia desleal y masacre laboral
Alfredo Castellanos
Empresario de logística y Gerente de Pasar Express SAS.
El MinTrabajo anuncia que, en coordinación con el MinTIC, regulará las que algunos llaman plataformas tecnológicas, que en realidad son empresas de mensajería o entregas a domicilio. Está bien que se revise el asunto para que todas las empresas que realizan esa actividad lo hagan en condiciones de igualdad dentro de la legalidad.
No solo los trabajadores han solicitado insistentemente que las empresas de mensajería y entregas a domicilio formalicen la vinculación de sus colaboradores. También los empresarios formales —legales— reclaman que la cancha esté nivelada para todas las empresas de mensajería y entregas a domicilio, sin discriminación ni excepciones, y que a todas se les exijan las mismas condiciones.
Le puede interesar: Maestros y padres de familia: volvería la educación híbrida con el Plan Nacional de Desarrollo
Lo que se espera del Ministerio del Trabajo y del Ministerio de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones es que la reforma laboral y las demás normas que se anuncian nivelen la cancha, esto es, que todas empresas de mensajería operen bajo las mismas condiciones en materia laboral y demás aspectos legales.
A los empresarios les preocupa que se hable de establecer excepciones laborales a empresas solo porque hábilmente se autodenominan “plataformas tecnológicas”, nombre que en realidad merecen hoy casi todas las empresas del sector de la mensajería, toda vez que la mayoría de las empresas legales operando en Colombia cuenta desde hace varias décadas con esa tecnología.
Ni la reforma laboral ni las normas del MinTIC deben propiciar una masacre laboral ni la competencia desleal entre las empresas de mensajería. Si a unas empresas se les exonera de las obligaciones legales que sí se les exigen a otras de similar actividad, esas serían las consecuencias, pues para nivelar la cancha, el Estado tendría que permitir que las empresas legales despidan a sus empleados actuales para cambiarlos por nuevos con el moquete de “socios” o “aliados de negocio”.
O todas las empresas cumplen con las obligaciones laborales y demás requisitos legales, o a todas las empresas se les exonera de esas responsabilidades.
Le puede interesar: Indemnización por despido: esto dice la reforma laboral
Las actividades de mensajería internacional, nacional y urbana están reguladas por el MinTIC, mediante el Decreto 1078 de 2015 y el Decreto 1064 del 2020, y por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) para el servicio internacional, con el Decreto 1165 del 2019.
La vigilancia y el control lo ejercen la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), con la Ley 1369 de 2009, y la Comisión de Regulación de las Comunicaciones (CRC), con la Resolución 3038 de 2011.
Las empresas de mensajería deben cumplir unos requisitos como capital e infraestructura mínima para solicitar la licencia ante el MinTIC (ver enlace aquí), por la que, de ser aprobada, deben pagar una suma alta.
Parecido ocurre con las licencias para prestar el servicio de mensajería internacional. También deben cumplir ciertos requisitos de capital e infraestructura, contemplados en el Decreto 1165 del 2019, Artículo 96 (ver enlace aquí). Además, para iniciar operaciones es obligatorio contar con un Depósito Habilitado por la DIAN y constituir pólizas que, al igual que las del MinTIC, son altamente costosas y difíciles de conseguir, pues las compañías de seguros son reacias a expedirlas.
Las empresas que tienen licencia, o sea, las legales, pagan al MinTIC y a la CRC un canon aproximado del 3,5 por ciento de sus ingresos brutos por la prestación del servicio. Esto para subsidiar el servicio postal oficial. En conjunto este canon le genera al Estado varios cientos de millones de pesos anualmente.
La mayoría de las empresas de mensajería cuenta con tecnología de punta que usa para controlar su operación y para suministrar información a sus clientes, tal como el rastreo de sus envíos y otros aspectos del servicio.
Además de sus plataformas tecnológicas, las empresas legales cuentan con activos valiosos, instalaciones, flota terrestre y algunas hasta flota aérea. Hay empresas de mensajería que son multinacionales con presencia en más de 200 países y que, establecidas formal y legalmente en Colombia, prestan el servicio tanto internacional como nacional y urbano en el país. Tanto las extranjeras como las principales empresas de mensajería colombianas cuentan con las respectivas licencias y fianzas, y cumplen con los pagos al MinTIC y a la CRC que, como se dijo, no son sumas despreciables.
Lea también: Pensiones de miles de colombianos en Colpensiones podrían subir con la nueva forma de calcularlas
Asunto de la mayor importancia es que las empresas de mensajería son intensivas en uso de mano de obra. En su mayoría, vinculan formalmente a su operación muchos —decenas de miles— empleados cumpliendo con las normas laborales del país, prestaciones sociales, aportes parafiscales, dotaciones, etc.
Algunas de las mal llamadas «plataformas tecnológicas” solo son empresas tercerizadoras cuya inversión es muy menor a la de las empresas formales de mensajería que, como se mencionó, son empresas con inversión mucho mayor en tecnología y activos.
Algunas de esas, insisto, mal llamadas «plataformas tecnológicas», usan como estrategia cambiar de nombre —por «socios» o «aliados de negocio» y otras denominaciones— a sus trabajadores, a fin de desconocer las obligaciones que les imponen el Régimen Laboral colombiano y las citadas normas que ya regulan la actividad. Para el efecto, tienen firmas importantes de abogados rebuscando argumentos, además de cabilderos, periodistas y políticos fletados para que les hagan coro.
Y, como tienen menores costos al no pagar prestaciones sociales a sus trabajadores ni pagar lo que las empresas legales sí le pagan al Estado, salen a competir en forma desleal con las empresas legales y formales de mensajería que sí cumplieron los requisitos para obtener licencia de funcionamiento, pagaron el valor de la licencia, constituyeron las pólizas de cumplimento, pagan cada trimestre el aporte al MinTIC y a la CRC y, sobre todo, vinculan formalmente a sus empleados con reconocimiento de todas sus prestaciones sociales y obligaciones de ley.
Bienvenida la competencia empresarial, pero en igualdad de condiciones, es decir, todos en la cama o todos en el suelo.
Siga leyendo: Ofertas de empleo: todavía se puede aplicar a más de 3.000 cargos públicos