viernes, 25 de septiembre de 2026
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Requisitos para viajar a Colombia desde Cuba: visa colombiana y pasaporte vigente

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Los ciudadanos cubanos necesitan visa colombiana para ingresar al país, pero no requieren visa de tránsito aeroportuario directo si permanecen en la zona internacional y viajan a un tercer Estado.

Viajero revisa su pasaporte y documentos en una terminal aérea

Las personas con pasaporte cubano deben solicitar y obtener una visa colombiana antes de viajar a Colombia, porque Cuba no aparece en la lista vigente de países exentos para actividades de corta estancia. Así lo establece el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia (MRE). Los ciudadanos cubanos necesitan visa colombiana para ingresar a Colombia.

Para entrar también deben presentar un documento de viaje válido y vigente, como el pasaporte, acompañado de la visa cuando la nacionalidad o la actividad lo exija. El pasaporte cubano debe estar vigente al momento del ingreso a Colombia.

La principal excepción es el tránsito aeroportuario directo hacia un tercer Estado: en ese caso, los cubanos no necesitan visa de tránsito colombiana si permanecen en la zona internacional de tránsito y cumplen las condiciones aplicables. El tránsito directo no se considera ingreso al territorio colombiano.

¿Cómo solicitan los cubanos la visa para viajar a Colombia?

Para una estancia corta por turismo, negocios o participación en eventos, la persona cubana que no esté cobijada por una excepción debe solicitar una visa de visitante ante el Consulado colombiano más cercano a su lugar de residencia legal. La solicitud de visa de visitante se presenta ante el consulado colombiano correspondiente.

Los documentos específicos que deben adjuntarse a la solicitud de visa de visitante no fue posible confirmarlos con la información oficial consultada. Conviene consultar al Consulado de Colombia antes de reunir los documentos.

El costo exacto de la visa colombiana para nacionales cubanos tampoco fue posible confirmarlo. El valor debe consultarse directamente con el Consulado de Colombia.

La visa es exigible para ingresar a Colombia, salvo que la persona pueda acreditar una excepción prevista en la normativa. La nacionalidad cubana no está incluida en la lista vigente de exentos para corta estancia.

¿Cuánto tarda la visa colombiana para un ciudadano cubano?

Una vez pagado el estudio de la solicitud, la Autoridad de Visas tiene hasta 30 días calendario para responder. El plazo puede extenderse si solicita documentos adicionales o realiza una entrevista. La respuesta de la solicitud puede tardar hasta 30 días calendario.

Si la visa es autorizada, el solicitante tiene máximo 10 días calendario para pagar la tasa de expedición. Si no realiza el pago dentro de ese plazo, la autorización caduca. La autorización de visa caduca si no se paga en máximo 10 días calendario.

Después del pago de los derechos de visa, la autoridad expide y envía la visa electrónica al correo del solicitante dentro de los siguientes 10 días hábiles. La visa electrónica se envía dentro de los 10 días hábiles posteriores al pago.

¿Qué debe presentar un cubano al ingresar a Colombia?

En el control migratorio, según la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, el viajero debe presentar el mismo documento de viaje válido y vigente con el que pretende ingresar, además de la visa colombiana cuando corresponda. El ingreso exige un documento de viaje vigente y la visa que requiera la nacionalidad.

La autoridad migratoria puede exigir un tiquete de viaje de salida y demostrar solvencia económica, según las circunstancias del viaje. Migración Colombia puede solicitar tiquete de salida y prueba de solvencia económica.

Si la persona va a realizar una actividad remunerada en Colombia, necesita visa independientemente de su nacionalidad, salvo las excepciones previstas para tripulantes y titulares de pasaporte diplomático que representan al Estado que los acredita. Toda actividad remunerada en Colombia requiere visa.

Puede consultar los requisitos para viajar a España desde Colombia si también está revisando ese destino. Puede consultar los requisitos para viajar a España desde Colombia.

También puede revisar los requisitos para viajar a México desde Colombia antes de comparar las condiciones de otro viaje. Puede consultar los requisitos para viajar a México desde Colombia.

Si busca información sobre Canadá, consulte la guía de visa Canadá para colombianos. Puede consultar la información sobre visa Canadá para colombianos.

¿Los cubanos necesitan visa de tránsito para pasar por Colombia?

Los cubanos no necesitan visa de tránsito aeroportuario directo cuando viajan hacia un tercer Estado, porque Cuba no aparece en la lista de nacionalidades sujetas a ese requisito. La exención aplica si el tránsito es directo y la persona permanece en la zona internacional. Los cubanos están exentos de visa para el tránsito aeroportuario directo hacia un tercer país.

La llegada y permanencia en la zona internacional de tránsito no se considera ingreso al territorio colombiano para efectos migratorios. Por eso, esta excepción corresponde al tránsito aeroportuario directo y no a una entrada al país. Permanecer en la zona internacional no equivale a ingresar a Colombia.

Las condiciones específicas para permanecer en tránsito internacional y los requisitos de la aerolínea no fue posible confirmarlos. El viajero debe verificar esas condiciones con la aerolínea antes de comprar el itinerario.

Cuando una nacionalidad sí está sujeta a visa de tránsito, esta permite permanecer en la zona aeroportuaria hasta por 24 horas y no autoriza cambiar de aeropuerto. Esa regla no constituye una exigencia aplicable a los cubanos cobijados por la exención. La visa de tránsito exigible a otras nacionalidades dura hasta 24 horas.

¿Qué debe hacer un cubano al salir de Colombia?

Al salir del país, la persona extranjera debe presentar el mismo documento de viaje utilizado para ingresar y encontrarse dentro del tiempo de permanencia otorgado. La salida exige presentar el mismo documento usado para entrar a Colombia.

Migración Colombia recomienda diligenciar el pre-registro migratorio Check-Mig entre 72 horas y una hora antes del viaje de salida. El Check-Mig puede diligenciarse desde 72 horas hasta una hora antes de salir.

El pre-registro Check-Mig no es obligatorio; su uso se recomienda para agilizar los procesos de ingreso y salida. El Check-Mig es recomendado, pero no constituye un requisito obligatorio.

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