Tribunal suspende dos convenios de pasaportes, pero protege el servicio: citas, tiempos y precios no cambian
El Tribunal suspendió temporalmente dos instrumentos del nuevo modelo de pasaportes, pero fue explícito: la medida no puede interrumpir, limitar ni suspender el acceso de los ciudadanos al servicio.
Si tiene una cita para sacar el pasaporte, manténgala. La decisión del Tribunal no cancela citas, no cambia los tiempos oficiales de entrega y no modifica las tarifas.
El auto del Tribunal Administrativo de Cundinamarca del 2 de septiembre de 2026 lo ordena sin rodeos: «En ningún caso la ejecución de esta medida cautelar podrá traducirse en la interrupción, limitación o suspensión del acceso de los ciudadanos al referido servicio público».
La medida cautelar, una decisión temporal mientras se resuelve el proceso, suspendió dos instrumentos del nuevo modelo. No suspendió todos los convenios ni resolvió definitivamente la discusión.
La orden busca que se aclare cómo está funcionando la producción. Aunque jurídicamente opera el modelo de la Imprenta Nacional con apoyo portugués, datos incorporados al proceso señalan que Thomas Greg & Sons todavía produjo el 60,1 % de los documentos de mayo.
¿Me van a dar mi pasaporte si ya tengo cita?
Sí: la orden dispone que el servicio siga disponible para los ciudadanos. No cancela citas ni trámites en curso y tampoco ordena cambiar los plazos o las tarifas. Por eso, quien tenga una cita debe acudir según lo programado y seguir las condiciones habituales del trámite.
La frase decisiva del auto no es una recomendación: establece que la ejecución de la suspensión no puede interrumpir, limitar ni suspender el acceso al servicio público.
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Esto tampoco garantiza un resultado particular para cada solicitud. Significa que esta decisión judicial no ordenó cerrar el servicio ni frenar la expedición de pasaportes.
¿Qué fue exactamente lo que suspendió el Tribunal?
El Tribunal suspendió provisionalmente el Convenio Interadministrativo Específico 001 de 2025, el Contrato Interadministrativo CI-005 de 2026 y los instrumentos derivados de ambos. En cambio, dejó por fuera el Convenio Marco 007 de 2025 y el Convenio de Cooperación Internacional 010 de 2025 con Portugal.
Un convenio interadministrativo, acuerdo entre entidades públicas para cumplir funciones comunes, vinculó en el 001 de 2025 al Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores, dependencia que administra recursos y contratos de la Cancillería, con la Imprenta Nacional, empresa estatal encargada de servicios gráficos y editoriales.
Ese convenio fue firmado el 18 de julio de 2025 para unir esfuerzos en el suministro, la personalización, la custodia y la entrega de pasaportes y etiquetas de visa. Llegaba hasta el 31 de diciembre de 2034 y no tenía erogación presupuestal, es decir, una salida de recursos con cargo al presupuesto.
El CI-005 de 2026, firmado entre las mismas entidades, contrató la producción, personalización, custodia y distribución de las libretas. Comprometió $185.374.493.464 y su ejecución iba hasta el 31 de diciembre de 2026, según el boletín oficial que describió ese contrato.
La distinción es clave: el alcance concreto de la suspensión provisional no incluye el Convenio Marco 007 de 2025 ni el acuerdo 010 de 2025 con Portugal. También quedó por fuera el convenio 006 de 2024, que ya estaba liquidado.
¿Por qué suspendió esos dos instrumentos?
El Tribunal encontró cronogramas incumplidos, informes institucionales contradictorios y falta de soportes verificables sobre infraestructura, personal y avance de la operación. También señaló que no estaba acreditado el cumplimiento de requisitos presupuestales y consideró más riesgoso mantener un esquema incierto mientras se garantiza la continuidad del servicio.
La decisión surgió dentro de una acción popular, proceso para proteger derechos e intereses colectivos, promovida por Nicolás Dupont Bernal contra el Fondo Rotatorio y la Imprenta Nacional.
El demandante alegó amenazas a la moralidad administrativa, el patrimonio público, la seguridad y confianza en la gestión pública, y el acceso eficiente y oportuno a los servicios públicos.
Según los motivos citados por el Tribunal para adoptar la cautela, la incertidumbre podía comprometer el suministro de libretas y exponer a los usuarios a una eventual paralización.
Esto no significa que los convenios hayan sido declarados ilegales, que las alegaciones ya estén probadas o que exista una decisión de fondo. El proceso sigue en trámite y la suspensión es provisional.
¿Esto no lo habían mantenido en firme en julio?
En julio hubo otra decisión, pero correspondía a un proceso distinto y a otro demandante. El 27 de julio, el Tribunal negó una medida cautelar solicitada por la Procuraduría en una controversia contractual sobre el convenio con Portugal; el auto del 2 de septiembre sí concedió una cautela en la acción popular de Dupont.
Por eso no hay contradicción entre decir que en julio el modelo fue mantenido en firme y explicar que ahora se suspendieron dos instrumentos. La primera decisión se refería al convenio con Portugal; la segunda afecta el 001 de 2025 y el CI-005 de 2026.
El comunicado del 28 de julio sobre la decisión anterior permite identificar esa diferencia de procesos y objetos.
¿Quién está haciendo hoy los pasaportes?
No está completamente claro quién participa hoy en cada etapa de la producción, y el Tribunal ordenó precisarlo. Thomas Greg & Sons, la empresa que fue el operador contractual anterior, terminó ese papel el 30 de abril de 2026, pero datos incorporados al proceso indican que produjo el 60,1 % de los documentos de mayo.
Desde mayo, jurídicamente opera el modelo contratado con la Imprenta Nacional y apoyado por la Casa da Moeda de Portugal, imprenta estatal portuguesa que apoya el nuevo modelo. La Cancillería informó más de 190.000 pasaportes del nuevo modelo con corte al 4 de julio.
Sin embargo, esa descripción jurídica no permite afirmar que la Imprenta Nacional y Portugal estén produciendo por sí solas todos los documentos. La participación registrada en mayo es precisamente una de las razones por las que se debe esclarecer quién interviene realmente en cada fase.
La información sobre la producción de mayo y la orden de aclararla no atribuye responsabilidad a ninguna empresa.
¿Cambian los tiempos de entrega o el precio?
No. La providencia no ordena modificar los tiempos de entrega ni las tarifas. Los plazos oficiales siguen en 24 horas hábiles en las sedes Bogotá Centro y Norte, 48 horas en la Red de Centros de Atención Distrital Especializados (CADE) y gobernaciones, y ocho días hábiles en consulados.
En Bogotá, el pasaporte ordinario cuesta $195.600: $116.600 de tasa y $79.000 de timbre. El ejecutivo cuesta $335.400 y el de emergencia, $201.700.
Fuera de Bogotá se suman impuestos departamentales que varían. La Cancillería mantiene publicados los tiempos oficiales de entrega por lugar y los costos vigentes y medios de pago.
¿Hasta cuándo dura la suspensión?
La suspensión rige desde la notificación y no tiene una fecha final fija. Continuará hasta que se demuestren de manera objetiva y verificable el avance real del modelo, la existencia y ubicación de las libretas, la seguridad de su custodia y personalización, y la participación de terceros en la operación.
Las entidades tienen 20 días hábiles para entregar informes sobre la ejecución, el cronograma, los soportes y la cadena completa de producción. Esa entrega de información no equivale por sí sola a que termine la medida: el Tribunal deberá verificar las condiciones que estableció.
La decisión es preventiva y el proceso continúa. A la consulta del 3 de septiembre de 2026, no aparecía en la sala de prensa de la Cancillería un pronunciamiento sobre el auto del día anterior.
¿Ya había alertas sobre el nuevo modelo?
Sí, distintas entidades de control habían advertido riesgos, pero esas alertas no prueban por sí mismas irregularidades. La Contraloría inició seguimiento permanente en julio de 2025 y, en enero de 2026, emitió un control de advertencia, alerta preventiva de la entidad fiscal sobre riesgos financieros, operativos y de planeación.
La Contraloría General de la República, entidad que vigila el uso de recursos públicos, había declarado ajustada a la ley la urgencia manifiesta antes de emitir la nueva alerta.
Por su parte, la Procuraduría General de la Nación, entidad que vigila la conducta de servidores públicos, documentó en agosto de 2025 respuestas contradictorias, ausencia de soportes y posibles compromisos superiores a $1,3 billones sin autorizaciones presupuestales.
Después pidió la nulidad absoluta del convenio con Portugal; esa demanda sigue en trámite. La respuesta oficial al control de advertencia y el boletín de la Procuraduría sobre sus hallazgos muestran antecedentes, no una decisión definitiva.
Hay un tramo procesal que explica por qué esta acción popular siguió viva. El Consejo de Estado amparó inicialmente al Fondo Rotatorio el 22 de abril de 2026 y dejó sin efectos actuaciones del Tribunal. Pero en segunda instancia, el 18 de junio, revocó esa protección y declaró improcedente la tutela, de modo que el proceso continuó su curso.