El Concejo de Bogotá aprobó la tributaria en primer debate: los hogares de estratos 4, 5 y 6 pagarán el alumbrado en el predial
El alumbrado se cobraría dentro del impuesto predial, no en un recibo nuevo. Para los hogares de estratos 4, 5 y 6, la tarifa aprobada fue de 0,4 por mil sobre el avalúo.
La Comisión Tercera Permanente de Hacienda y Crédito Público del Concejo de Bogotá aprobó el miércoles 9 de septiembre de 2026, en primer debate, la reforma tributaria distrital, según el boletín del Concejo de esa fecha.
El cobro del alumbrado no sería un recibo nuevo: sería una sobretasa dentro del impuesto predial, expresada por mil sobre el avalúo de cada predio, según el comunicado de Hacienda del 9 de septiembre. Para los estratos 4, 5 y 6 quedó en 0,4 por mil.
El proyecto todavía no es una norma vigente: el articulado pasa a discusión y votación de la plenaria del Concejo, de acuerdo con el boletín de la corporación del 9 de septiembre. Además, el texto aprobado en comisión no estaba publicado al cierre de la información oficial.
¿Qué se aprobó y qué falta?
La Comisión de Hacienda aprobó en primer debate el Proyecto de Acuerdo 724 de 2026, presentado por la Administración Distrital, según la Secretaría Distrital de Hacienda el 9 de septiembre. Falta la discusión y votación definitiva en la plenaria del Concejo, por lo que los nuevos cobros y beneficios aún no están vigentes.
La votación ocurrió el miércoles 9 de septiembre de 2026. El Boletín 165 del Concejo, fechado el jueves 10, es un resumen posterior y no la fecha de aprobación.
El Boletín 165 atribuyó la constancia de votos negativos a Óscar Bastidas, Samir Bedoya, José Cuesta y Ángelo Schiavenato. El Concejo no publicó el registro nominal de la votación final del proyecto, así que ese boletín no permite afirmar un resultado numérico.
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El boletín del Concejo del 8 de septiembre recogió la objeción de José Cuesta: el concejal dijo que el proyecto no democratiza el crecimiento económico ni redistribuye la plusvalía urbana, y cuestionó las exenciones del impuesto de industria y comercio para nuevas inversiones en el Distrito Aeroportuario.
¿Cuánto voy a pagar por el alumbrado?
No hay una suma fija en pesos ni un recibo separado. La Secretaría Distrital de Hacienda informó el 9 de septiembre que la sobretasa iría dentro del impuesto predial y se calcularía por mil sobre el avalúo: el valor concreto dependerá de la tarifa y del avalúo de cada predio.
| Tipo de predio | Sobretasa de alumbrado |
|---|---|
| Estratos 1, 2 y 3 | 0 por mil |
| Estratos 4, 5 y 6 | 0,4 por mil |
| Dotacionales y lotes | 0,8 por mil |
| Comerciales, financieros e industriales | 1 por mil |
El balance del Concejo anterior a la votación, publicado el 7 de septiembre, situó la aplicación de la sobretasa entre 2027 y 2041. Ese periodo todavía depende del trámite pendiente y de lo que finalmente apruebe la plenaria.
Hacienda explicó el 9 de septiembre que el recaudo financiaría la prestación y modernización del alumbrado con telegestión, monitoreo, automatización, análisis de información e internet de las cosas, es decir, dispositivos conectados para detectar fallas y apoyar la seguridad y la movilidad.
¿Qué cambió durante el debate?
El debate redujo varias tarifas frente a lo planteado inicialmente y añadió tratamientos sectoriales, según los boletines del Concejo y Hacienda del 9 de septiembre. El cambio más visible está en el impuesto de industria y comercio, conocido como ICA: bancos, hoteles, restaurantes y edición de libros quedaron con escalas específicas.
| Sector | Antes | Queda en |
|---|---|---|
| Sector financiero | 14 por mil; la Administración propuso 21 por mil | 20 por mil hasta 2027, 19 en 2028 y 18 desde 2029 |
| Hoteles y alojamiento | Tarifa general propuesta | 13 por mil |
| Restaurantes, preparación de alimentos y catering | Tarifa general propuesta | 12 por mil |
| Edición y publicación de libros | Tarifa general propuesta | 4 por mil |
| Alcohol y tabaco | No la precisa el resumen oficial | 19 por mil |
| Vehículos | No la precisa el resumen oficial | 8 por mil eléctricos, 10 híbridos y 11 los demás |
Más Colombia informó que la Alcaldía proponía subir el ICA de los bancos de 14 a 21 por mil. El texto concertado en el debate quedó en 20 por mil hasta 2027, 19 en 2028 y 18 desde 2029, según Hacienda el 9 de septiembre.
Hacienda también informó el 9 de septiembre que se eliminaría la retención del ICA en pagos con tarjetas débito y crédito para negocios con ingresos inferiores a 1.933 unidades de valor tributario (UVT) anuales, la unidad que se usa para expresar valores tributarios, equivalentes aproximadamente a 100 millones de pesos al año.
¿Qué pasa si debo impuestos atrasados?
El texto aprobado ofrece un descuento del 60 % sobre sanciones e intereses si el contribuyente paga el 100 % del capital y el 40 % restante de esos conceptos hasta el 21 de diciembre de 2026, según Hacienda. El beneficio cubriría los principales impuestos, contribuciones y multas de Bogotá.
El boletín del Concejo del 9 de septiembre indicó que el articulado inicial vencía el 18 de diciembre y que el debate añadió tres días. Otro boletín de la corporación de esa fecha señaló que el descuento, pactado inicialmente en 50 %, subió al 60 %.
Las estimaciones oficiales no coinciden: Hacienda afirmó el 9 de septiembre que el alivio beneficiaría a más de 2 millones de ciudadanos, mientras Rolando González, presidente de la Comisión, habló ese día de 1.200.000 contribuyentes. Las fuentes no explican si cuentan personas, contribuyentes u obligaciones.
¿Qué se sabe y qué no se sabe todavía?
Se conocen las tarifas divulgadas en los resúmenes oficiales, pero no el articulado aprobado, porque el Concejo no lo había publicado. Por eso no puede confirmarse si sobrevivieron las excepciones previas para algunos hogares del Sisbén, pequeños comercios y ciertos predios costosos de estratos 1, 2 y 3.
El boletín del Concejo del 7 de septiembre contemplaba tarifa cero para hogares de estratos 4, 5 y 6 clasificados en Sisbén A, B o C y determinados pequeños comercios. También señalaba 0,4 por mil para predios de estratos 1, 2 y 3 con avalúos superiores a 1.000 millones de pesos.
Esas excepciones no aparecen en el resumen posterior de Hacienda del 9 de septiembre. Sin el texto aprobado no se puede confirmar si se conservaron, cambiaron o eliminaron; tampoco se puede calcular en pesos lo que pagaría un hogar concreto sin conocer el avalúo del predio.
Los boletines tampoco coinciden sobre la duración: Rolando González habló el 9 de septiembre de cerca de 90 horas, mientras el Boletín 165 del Concejo, del 10, reportó más de 80 horas, un foro académico y técnico, mesas de trabajo y más de 200 proposiciones.
El Gobierno Distrital proyectó recaudar 1,26 billones de pesos anuales desde 2027, atraer inversiones por 78,3 billones y generar 215.000 empleos en diez años, según el boletín del Concejo del 9 de septiembre. Son proyecciones de la Administración, no resultados medidos ni compromisos exigibles.
La Secretaría Distrital de Hacienda proyectó más de 200.000 empleos en diez años en su comunicado del 9 de septiembre. Esa estimación tampoco es un resultado observado y difiere del cálculo de 215.000 empleos citado por el Concejo.
¿De dónde sale esta información?
La aprobación, el calendario, las tarifas, el alivio y las advertencias proceden de publicaciones oficiales del Concejo de Bogotá y la Secretaría Distrital de Hacienda fechadas entre el 7 y el 10 de septiembre de 2026. Como el articulado aprobado no fue publicado, la reconstrucción se limita a esos resúmenes.
- Aprobación y alivios: Concejo de Bogotá, 9 de septiembre de 2026, y Secretaría Distrital de Hacienda, 9 de septiembre de 2026.
- Cambios sectoriales: Concejo de Bogotá, 9 de septiembre de 2026.
- Sobretasa antes de la votación: Concejo de Bogotá, 7 de septiembre de 2026.
- Resumen posterior y votos negativos: Boletín 165 del Concejo, 10 de septiembre de 2026.
- Objeción de José Cuesta: Concejo de Bogotá, 8 de septiembre de 2026.
- Propuesta inicial para los bancos: Más Colombia, 9 de septiembre de 2026.